Pocos
profesionales
de
la
Universidad
actual
son
tan
críticos
con
nuestra
justicia
como
es
Andrés
de
la
Oliva,
Catedrático
de
Derecho
Procesal
de
la
Universidad
Complutense
y un
estudioso
de
la
legalidad
desde
todas
sus
vertientes.
Recientemente
ha
leído
su
discurso
de
ingreso
en
la
Real
Academia
de
Jurisprudencia
y
Legislación.
Con
sus
manuales
de
Derecho
Procesal
se
han
formado
miles
de
profesionales
del
Derecho.
Ahora,
su
perfil
de
intelectual
comprometido
se
ha
abierto
al
gran
público
como
detractor
de
la
Ley
de
Tasas
del
2012.
Su
blog
Por
Derecho
se
ha
convertido
en
un
punto
de
referencia
del
movimiento
antitasas
en
este
país
gracias
a la
difusión
de
las
redes
sociales
y su
relación
con
la #BrigadaTuitera:
“Las
tasas
no
han
desaparecido.
Se
han
ingresado
en
la
caja
común.
Y
queda
claro
que
la
tasa
no
se
vincula
a la
administración
de
Justicia.
Vamos,
que
no
tienen
que
gastarse
los
512
millones
en
la
justicia
española
y ni
siquiera
conforme
al
artículo
11
que
habla
de
la
Justicia
Gratuita
como
destinatario
del
dinero”;
aclara.
Hemos
aprovechado
su
gran
conocimiento
de
la
justicia,
pues
no
en
vano
fue
vocal
del
CGPJ
en
el
periodo
1990-96
y
durante
bastantes
años
abogado
ejerciente,
para
profundizar
en
la
situación
actual
de
nuestra
justicia.
Es
claro
y
contundente
en
sus
juicios
y
aporta
muchos
datos
sobre
un
panorama
complejo
como
es
el
de
las
reformas
que
el
Ministro
Catalá
quiere
impulsar.
En
primera
persona
“Solo
puedo
hablarle
de
las
reformas
que
ha
comentado
ya
el
Ministro
Catalá.
Creo
que
es
un
Ministro
de
transición,
de
ruptura
con
su
antecesor,
Ruiz-Gallardón,
de
perfil
muy
especial
que
impulso
ciertos
proyectos
de
corte
mesiánico-faraónico
y
algunos
de
corte
político.
“Con el nuevo CGPJ se ha hecho una jibarización y existen vocales de primera y de segunda. Pero lo realmente disparatado es que estos vocales últimos, que no tienen dedicación” |
Entre
estas
últimas
reformas
se
puede
hablar
del
cambio
en
el
CGPJ,
convertido
ahora
en
un
microorganismo.
Creo
que
hubiera
sido
más
acertado
si
hubiera
tenido
diez
miembros
y no
los
veintiuno
de
la
actualidad,
pero
ése
es
el
resultado
de
lo
que
refleja
la
Constitución.
Siempre
fue
un
órgano
colegiado,
así
lo
viví
en
la
época
que
fui
vocal
siendo
presidente
Pascual
Sala.
Los
temas
se
solucionaba
en
Pleno
y
cada
uno
de
nosotros
tenía
un
voto.
Con
el
nuevo
CGPJ
se
ha
hecho
una
jibarización
y
existen
vocales
de
primera
y de
segunda.
Pero
lo
realmente
disparatado
es
que
estos
vocales
últimos,
que
no
tienen
dedicación
exclusiva,
sigan
con
sus
quehaceres
profesionales.
No
lo
entiendo:
pueden
aparecer
conflictos
de
intereses
claros
y
los
mecanismos
de
la
abstención
o
recusación
no
son
idóneos
en
estas
situaciones.
Se
habla
de
la
reforma
constitucional
pero
no
se
llega
a
ningún
acuerdo
entre
las
fuerzas
políticas.
Y
estoy
seguro
de
que
ponerse
hoy
a
hacer
una
nueva
Constitución
o a
reformarla
con
amplitud
conduciría
a un
texto
mucho
peor
que
el
de
1978.
Y
eso
que
fui
muy
crítico
con
la
actual
Carta
Magna
pues
muchas
de
las
cosas
que
se
reflejan
no
eran
de
mi
agrado,
lo
que
hizo
que
publicará
artículos
sobre
este
tema
publicados
con
mi
firma.
Hay
que
darse
cuenta
de
que
todos
los
sistemas
pueden
corromperse
si
no
están
servidos
por
las
personas
adecuadas
y
honradas.
No
hay
ningún
sistema
que
evite
por
sí
solo
la
corrupción
o la
decadencia.”
Sr.
de
la
Oliva,
habla
usted
de
corrupción
y al
hilo
de
la
misma
empiezan
a
conocerse
movimientos
interesantes
en
la
sociedad
civil.
A la
hora
de
responderle
tengo
que
diferenciar
la
corrupción
que
la
Justicia
“procesa”
a
diario
con
escasos
medios
y
que
dice
mucho
en
su
favor,
de
la
corrupción
en
la
justicia,
donde
creo
que
solo
se
puede
hablar
de
casos
aislados.
Nuestra
justicia
es
honrada,
por
encima
de
todo.
Si
ponemos
ejemplos
de
países
con
corrupción
judicial,
España
no
está
entre
ellos.
Estoy
convencido
que
los
jueces
españoles
son
independientes
la
gran
mayoría.
Tienen
mecanismos
para
serlo
si
quieren.
Para
amparar
esa
independencia
judicial,
¿son
necesarios
los
cambios
procesales
que
se
vislumbran
en
la
LECrim?
Habrá
que
ver
qué
cambios.
La
fijación
legal
de
la
duración
de
los
procesos
de
instrucción
creo
que
no
va a
servir
para
nada.
Lo
que
se
debe
estudiar
es
porqué
determinadas
instrucciones
se
alargan
demasiado
en
el
tiempo.
En
muchas
de
ellas
la
investigación
es
muy
prolongada
porque
se
van
añadiendo
nuevas
conductas
como
objetos
del
mismo
proceso.
Eso
se
ha
de
hacer
si
los
delitos
son
conexos,
a
tenor
de
los
artículos
300
y 17
de
la
LECrim.
Dediqué
el
segundo
de
mis
libros
a
analizar
el
tema
de
la
conexión
en
el
proceso
penal.
Ahí
ya
sugería
que
lo
dispuesto
no
era
muy
completo
y
que
se
tendría
que
contar
con
otros
factores
para
ver
si
debía
operar
la
conexión.
En
nuestro
país
vemos
macrosumarios
con
muchas
piezas
separadas
y
uno
se
pregunta
si
estas
piezas
no
deberían
ser
procesos
diferentes
con
jueces
distintos:
los
que
correspondiesen
según
las
normas
de
competencia
y
reparto.
Además,
es
terrible
que
cuando
se
acaba
la
fase
de
instrucción
y
arranca
la
de
juicio
oral
haya
que
buscar
un
pabellón
ferial
para
organizar
la
vista,
que
durará
meses
al
haber
docenas
o
incluso
cientos
de
imputados
cada
uno
con
su
abogado
y
sus
pruebas.

Se
intentó
también
que
en
esta
reforma
de
la
LECrim
la
instrucción
pasara
al
fiscal
pero
al
final
no
se
ha
logrado.
Ese
sería
un
cambio
de
sistema
muy
serio.
Ahora
se
ha
aparcado
hasta
la
próxima
legislatura
al
menos,
pese
a
que
en
los
últimos
años
se
han
barajado
varios
borradores.
En
la
última
Comisión
ministerial
se
gestó
un
documento
que
no
gustó
a
parte
de
nuestros
fiscales
y al
propio
Eduardo
Torres-Dulce,
por
aquel
entonces
FGE.
Curiosamente
su
punto
de
vista
cambia
de
forma
radical,
porque
antes
de
su
nombramiento
rechaza
rotundamente
ese
cambio
y
cuando
es
nombrado
FGE
es
partidario
que
los
fiscales
dirijan
la
instrucción.
“Siempre comenté que no era tanto una tasa como una trampa para obstruir el acceso a la Justicia. Es el único impuesto que no se puede aplazar o fraccionar” |
Yo
siempre
me
he
opuesto
a
este
cambio
tan
sustancial.
La
investigación
la
hace
en
todas
las
partes
la
policía.
Lo
importante
es
ver
quién
la
dirige.
Desde
mi
punto
de
vista,
es
mejor
que
lo
haga
un
servidor
del
Estado
que
goza
de
independencia,
como
el
juez
instructor.
No
es
sano
que
quien
tiene
encomendado
acusar
sea
también
el
que
dirige
la
investigación.
Por
lo
demás,
pienso
que
ese
cambio,
que
llevan
manejando
tirios
y
troyanos,
busca
un
control
político
de
la
justicia
penal
de
cara
a
ver
que
se
persigue
realmente.
Como
Alonso
Martínez
en
su
magistral
Exposición
de
Motivos
de
la
LECrim,
yo
no
quiero
que
el
proceso
penal
esté
en
manos
de
los
fiscales.
Creo,
además,
que
es
materialmente
imposible
hacer
que
funcione
esta
iniciativa
a
corto
y
medio
plazo.
El
Ministerio
Fiscal
no
tiene
“efectivos”
suficientes
para
seguir
con
su
trabajo
habitual
y
ocuparse
además
de
la
dirección
de
la
investigación
en
el
proceso
penal.
No
es
fácil
aumentar
la
plantilla
de
fiscales,
porque
hay
que
hacer
procesos
de
selección
rigurosos
que
duran
mucho
tiempo.
Otro
cambio
que
se
quiere
plantear
es
la
reducción
de
la
acusación
popular,
casi
a la
mínima
expresión.
Creo
que
es
otro
gran
error
con
trasfondo
político.
Los
abusos
de
la
acción
popular
hay
que
tenerlos
en
cuenta
y
afrontarlos
como
tales.
La
acción
popular
es
el
vehículo
por
el
que
históricamente
se
ha
entendido
en
España
que
el
pueblo
podía
participar
en
la
administración
de
justicia.
En
un
momento
en
que
están
ocurriendo
las
cosas
que
ocurren
no
se
puede
intentar
reducir
la
acción
popular.
El
precepto
constitucional
que
habla
de
la
acción
popular
luego
habla
del
jurado
en
el
mismo
párrafo.
Se
habla
del
jurado
para
los
procesos
penales
que
la
ley
determine
mientras
que
de
la
acción
popular
no
se
alude
a
límites
legales.
No
los
menciona
porque
quiere
respetar
la
configuración
tradicional
vigente
en
ese
momento.
En
ese
escenario
aparecen
las
llamadas
doctrinas
Botín
y
Atutxa.
Muy
discutibles
ambas.
Eso
hizo
que
escribiera
un
artículo
en
la
tercera
página
de
ABC
señalando
el
disparate
de
la
llamada
doctrina
Botín
y
afirmé
que
el
Tribunal
Supremo
debía
rectificar.
La
idea
surgió
en
su
momento
de
la
Audiencia
Nacional
donde
se
hablaba
de
no
abrir
juicio
oral
al
no
haber
acusación
particular
ni
del
fiscal.
Pero
se
olvidaba
que
cuando
la
LECrim
habla
de
acusación
particular
se
habla
tanto
de
los
ofendidos
por
el
delito
como
la
de
cualquiera
no
ofendido
ni
perjudicado.
Y en
ninguna
de
las
reformas
de
la
LECrim
se
planteó
modificar
el
concepto
y
alcance
de
la
acusación
particular.
La
terminología
acusación
popular
no
existe.
La
ley
siempre
utiliza
acusación
particular
y
hay
preceptos
que
subrayan
cómo
comprende
a
los
perjudicados
o no
por
el
delito.
Las
distinciones
de
esas
“doctrinas”
no
tienen
nada
que
ver
con
lo
que
la
ley
establece.
Hablemos
ahora
de
las
tasas
judiciales,
usted
desde
el
primer
momento
se
ha
posicionado
en
contra
de
esta
medida,
defendida
en
su
blog
con
varios
contundentes
posts.
Es
cierto,
mi
último
post
ha
sido
muy
visto
en
redes
sociales.
En
los
tres
primeros
días
superó
las
10.000
visitas
http://andresdelaoliva.blogspot.com.es/.
Nunca
entendí
que
el
Ministro
Catalá
hablase
de
estudiar
las
tasas
judiciales
actuales.
Estaban
archiestudiadas.
En
ese
último
post
aproveché
para
hablar
de
cosas
que
ya
había
dicho.
Utilicé
el
texto
de
una
ponencia
de
un
Congreso
al
que
asistí
en
Bari
(Italia)
sobre
acceso
a la
justicia.
En
ese
escenario
hablé
de
la
Ley
de
Tasas
Judiciales
española.
He
de
decir
que
mis
colegas
extranjeros
se
quedaron
asombrados
de
la
cuantía
de
las
tasas.
Siempre
comenté
que
no
era
tanto
una
tasa
como
una
trampa
para
obstruir
el
acceso
a la
Justicia.
De
hecho,
en
el
principio
del
conflicto
la
Defensora
del
Pueblo
actual,
que
no
es
partidaria
de
usar
su
prerrogativa
de
recurrir
leyes
al
Constitucional,
recibió
muchas
quejas
sobre
este
tema.
Su
informe
muy
crítico
generó
un
Decreto-Ley
que
reducía
la
cuantía
de
la
parte
variable
de
las
propias
tasas.
Fue
una
rebaja
que
no
se
notó
apenas.
Oficialmente
se
alegó
desde
el
Ministerio
que
se
lograba
con
la
parte
fija
de
la
tasa
más
del
95
por
ciento
de
los
ingresos.
Pero
eso
significaba
no
justificar
por
qué
se
había
implantó
la
parte
variable.
Al
mismo
tiempo,
como
un
jurista
ha
señalado
en
mi
blog,
se
dice
de
forma
lamentable
que
el
hecho
imponible
es
“el
ejercicio
de
la
potestad
jurisdiccional”.
Si
fuera
así,
tendrían
que
cobrar
esas
tasas
a
los
jueces
que
son
los
únicos
que
ejercitan
esa
potestad.
“La idea de los tribunales de instancia del Ministro Gallardón en su momento como una iniciativa para resolver el problema organizativo de nuestra justicia es una mayúscula falta de seriedad” |
Llama
la
atención
que
tras
dos
meses
de
la
puesta
en
marcha
de
la
Ley
de
Transparencia
sepamos
que
hay
512
millones
“perdidos”
que
proceden
de
las
tasas.
No
se
han
perdido
ni
han
desaparecido.
Se
han
ingresado
en
la
caja
común.
Así
queda
claro
que
la
tasa
no
se
vincula
a la
administración
de
Justicia.
Vamos,
que
no
tienen
que
gastarse
los
512
millones
en
la
justicia
española
y ni
siquiera
conforme
al
artículo
11
que
habla
de
la
Justicia
Gratuita
como
destino
preferente
del
dinero.
El
dinero
va
al
Tesoro
y a
los
Presupuestos
Generales
del
Estado
y es
el
Ministro
de
Hacienda
quien
decide
sobre
esos
ingresos.
Pueden,
por
ejemplo,
utilizar
el
dinero
que
se
va
cobrando
por
las
tasas
para
pagos
urgentes
que
tengan
que
hacer
de
cualquier
asunto.
Quizás
lo
más
sencillo
hubiera
sido
interrumpir
la
vigencia
de
las
tasas
mientras
el
Ministro
Catalá
estudiaba
la
forma
de
ajustar
las
tasas.
Carecemos
de
instrumentos
normativos
en
nuestro
país
para
hacer
este
tipo
de
interrupciones.
Solo
había
un
instrumento
indirecto,
que
el
Tribunal
Constitucional
se
ocupara
seriamente
del
asunto.
A
este
respecto
se
ha
dicho
que
el
Tribunal
Constitucional
pudiera
estar
trabajando
en
contestar
a
alguno
de
los
recursos
planteados.
Se
ha
sabido
que
el
Alto
Tribunal
ya
había
puesto
el
tema
sobre
la
mesa
con
ponencia
sobre
la
constitucionalidad
de
la
Ley
de
Tasas.
Y se
ha
rumoreado,
no
sé
con
qué
fundamento,
que
hubiera
podido
haber
una
estimación
de
los
recursos
y
cuestiones,
al
menos
parcial.
La
inconstitucionalidad
de
esa
Ley
de
tasas
no
me
ofrece
dudas,
entre
otras
razones,
porque
impone
un
tributo
a
los
ciudadanos
con
independencia
de
su
capacidad
económica
y
eso
está
en
contra
del
artículo
31.1
CE,
que
habla
de
los
tributos.
Sin
embargo
la
declaración
inicial
del
Ministro
Catalá
de
estudiar
las
tasas
y
ver
su
ajuste
frenó
la
actividad
del
Tribunal
Constitucional.
Han
pasado
cinco
meses
y no
se
ha
hecho
nada
aún.
¿Cree
que
este
es
un
asunto
que
debería
haber
analizado
ya
el
Tribunal
Constitucional?
Sin
ninguna
duda.
Creo
que
la
inactividad
del
Tribunal
Constitucional
en
este
tema
le
está
haciendo
perder
prestigio.
Desde
fuera,
el
ciudadano
ve
que
hay
prisa
para
ciertos
asuntos
y
para
otros
la
demora
es
importante.
Políticamente,
puede
tener
un
alto
coste
mantener
las
tasas.
Personalmente
no
entiendo
que
el
Gobierno
defienda
una
ley
atribuida
al
ex
Ministro
Ruiz
Gallardón.
A
usted
le
hemos
visto
muy
identificado
con
la
Brigada
tuitera,
formada
por
abogados
de
toda
España
de a
pie,
unidos
a
través
de
las
redes
sociales.
Yo
no
tengo
ni
voy
a
tener
Twitter.
Pero
los
impulsores
de
la
Brigada
están
siendo
ejemplares.
Ellos
sí
que
son
sociedad
civil.
Personas
que
se
movilizan
con
sus
recursos
y su
tiempo,
robándoselo
al
sueño.
Su
actividad
y
generosidad
es
impresionante.
Me
llama
la
atención
que
los
Colegios
sean
menos
activos
exteriormente
que
los
propios
brigadistas.
Se
habla
de
una
supresión
exclusiva
de
las
tasas
a
las
personas
físicas.
De
eso
se
habla
en
los
últimos
días.
Tanto
para
muchos
otros
como
para
la
Brigada
Tuitera
me
parece
que
es
insuficiente.
Creo
que
también
deben
suprimirse
las
tasas
a
las
pymes.
Ahora
parece
que,
tras
tanto
estudio,
el
Ministró
Catalá
y el
Gobierno
podrían
decidir
la
supresión
también
para
las
pymes.
Esperemos
a
ver
qué
hace
realmente.
Llevamos
veinte
años
hablando
de
justicia
pero
las
reformas
se
quedan
en
el
camino
¿Qué
es
lo
que
está
pasando?
En
la
revista
del
Instituto
Internacional
de
Derecho
Procesal
publiqué,
en
su
primer
número,
hace
cuatro
años,
un
informe
documentado
sobre
la
calidad
en
la
justicia
en
España.
Los
datos
en
aquel
momento
no
eran
nada
malos
en
cuanto
a
duración
de
los
procedimientos
y
otros
factores.
Se
hicieron
muchas
cosas
en
la
primera
legislatura
de
Aznar
y
años
posteriores.
Se
dota
de
más
medios
a la
justicia
y se
redacta
la
actual
Ley
de
Enjuiciamiento
Civil,
que
se
considera
una
buena
ley,
aunque
puede
parecer
mal
que
yo
lo
diga,
puesto
que
tuve
alguna
participación
en
esa
ley.
Es
el
periodo
de
1996
a
2000,
en
que
es
Ministra
Margarita
Mariscal
de
Gante,
una
profesional
de
la
justicia.
Le
pongo
un
pequeño
ejemplo:
en
la
nueva
LEC
se
dispone
que
se
graben
en
audio
y
video
todas
las
audiencias.
Pues
cuando
arrancó
la
ley
todos
los
juzgados
disponían
de
esos
medios.
Y
entonces
se
hace
el
Pacto
de
Estado
por
la
Justicia.
En
ese
momento
a
Aznar
le
interesa
mucho
más
la
imagen
que
la
realidad
de
la
justicia.
Resulta
que
la
justicia
no
da
votos
y,
como
pasa
ahora,
se
habla
de
los
problemas
de
la
justicia,
de
su
lentitud
sobre
todo,
como
si
los
políticos
no
tuvieran
que
ver
con
esos
problemas.
En
buena
medida
utilizan
males
reales
o
supuestos
de
la
Justicia
para
desviar
la
atención
de
sus
propios
males
y
problemas.
De
la
crisis
real
de
la
justicia
he
escrito
en
varias
ocasiones.
Y de
ella
los
políticos
tienen
mucha
culpa.
En
ese
contexto
de
crisis
llega
Gallardón
al
Ministerio
de
Justicia.
Puso
en
contra
con
su
forma
de
ver
la
justicia
a
todos
los
operadores
jurídicos.
Hay
que
darse
cuenta
que
la
situación
es
grave
como
la
de
un
paciente
con
varias
dolencias
serias
y
hay
que
saber
diagnosticarlas
bien
y
decidir
prudentemente
qué
hacer,
ante
todo,
para
aliviar
a
ese
paciente.
La
idea
de
los
tribunales
de
instancia
como
una
iniciativa
para
resolver
el
problema
organizativo
es
una
mayúscula
falta
de
seriedad.
Planteado
un
problema
importante
de
personas
y
medios
materiales,
se
les
ocurre
la
idea
de
desmantelar
los
juzgados
de
instrucción
y
primera
instancia
de
partidos
judiciales
y
agrupar
todo
eso
en
la
provincia.
¿Es
eso
“acercar
la
justicia
al
justiciable”?.
Todo
lo
contrario,
se
trata
de
recorrer
entre
80 y
100
km.,
en
vez
de
10 o
varios
minutos
de
autobús.
Ahora
se
dice
que
se
mantendrán
las
sedes
judiciales.
Hay
que
evitar
estas
peregrinas
ocurrencias
en
la
situación
actual.
¿Qué
papel
juegan
las
nuevas
tecnologías
en
este
cambio
a
mejor?
Cuando
llegué
al
CGPJ
como
vocal
a
fines
de
1991
advertí
que
se
tenían
muy
pocos
conocimientos
había
sobre
la
materia.
Yo
era
el
único
que
utilizaba
desde
hace
tiempo
un
ordenador
y
sabía
cómo
funcionaba
un
fax.
De
manera
que
soy
muy
antiguo
fan
de
la
informática.
Pero
la
llamada
informatización
de
los
Juzgados
y
Tribunales
la
han
utilizado
varios
Ministros
como
si
fuese
la
panacea
para
todos
los
males.
Y
han
derrochado
mucho
dinero
sin
resultados.
El
caso
de
la
publicitada
digitalización
de
la
Audiencia
Nacional
es
de
traca.
Pienso
que
el
problema
de
la
informatización
judicial
es
que
los
diversos
programas
utilizados
aquí
y
allá
no
eran
compatibles
entre
sí y
se
intentó
el
disparate
intentar
de
que
lo
fuesen.
Da
la
sensación
que
la
gestión
del
sistema
entre
Ministerio,
CGPJ
y
CCAA
con
competencias
transferidas
no
funciona
bien.
Cualquier
actividad
que
dependa
de
tres
centros
de
decisión
va a
encontrarse
con
muchos
problemas.
Pero,
para
más
inri,
tras
la
reforma
derivada
del
Pacto
de
la
Justicia
un
juzgado
no
tiene
un
jefe
único;
el
secretario
judicial
es
responsable
de
la
parte
procesal
mientras
que
el
juez
ya
no
tiene
la
superior
dirección
del
personal
del
juzgado
o
tribunal
y
está
como
aislado
al
final
de
un
pasillo.
Al
mismo
tiempo
el
sistema
retributivo
de
los
jueces
por
productividad
genera
muchas
disfunciones.
Entre
otras,
me
constan
casos
de
retrasos
de
la
publicación
y
notificación
de
sentencias,
ya
votadas
y
deliberadas,
porque
interesaba
colocarlas
en
el
trimestre
próximo
a
efectos
de
la
productividad.
Contar
con
una
inspección
que
realmente
funcione
es
suficiente
para
que
se
trabaje
lo
que
se
debe
trabajar.
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