Gemma Reinón Tardaguila · Abogada · Català Reinón Abogados
Un informe de prevención que declara a una persona no apta para su puesto no autoriza a extinguir automáticamente su contrato. Cuando las limitaciones se vinculan con una discapacidad, la empresa debe examinar las posibilidades reales de conservar el empleo mediante ajustes razonables o un puesto compatible.
El artículo 52.a del Estatuto de los Trabajadores regula la ineptitud sobrevenida. Su aplicación debe coordinarse con el artículo 5 de la Directiva 2000/78/CE y las obligaciones de adaptación. La seguridad del trabajador exige evitar tareas incompatibles con sus limitaciones; de ello no se deduce que la única respuesta posible sea el despido.
En el análisis con abogados en Madrid, importa conocer las funciones esenciales del puesto, las restricciones concretas y las alternativas estudiadas. Una conclusión genérica de no aptitud no explica por sí sola por qué resulta inviable adaptar las tareas o acceder a una vacante adecuada. Tampoco puede darse por supuesta una obligación de crear un puesto inexistente.
Las SSTS 1284/2025 y 1285/2025, ambas de 22 de diciembre, recursos 3965/2024 y 4968/2024, respectivamente, precisan esa carga empresarial. En los supuestos examinados, la empresa debía acreditar actuaciones de adaptación o recolocación, o justificar que supondrían una carga excesiva. La falta de esa acreditación determinó la improcedencia de los despidos.
Esta consecuencia merece atención: ambas resoluciones declararon improcedencia, no nulidad. Al consultar con abogados en Barcelona, deben separarse la insuficiencia de la causa objetiva y la vulneración del derecho a no sufrir discriminación. Confundirlas puede llevar a plantear una pretensión sin desarrollar los hechos y fundamentos que necesita.
La STS 94/2025, de 4 de febrero, recurso 2725/2024, dejó firme una nulidad apreciada por el tribunal de origen ante una enfermedad equiparable a discapacidad y la ausencia de adaptación. Sin embargo, el Supremo desestimó el recurso por falta de contradicción. El distinto resultado exige atender al supuesto y al alcance procesal de cada resolución.
La documentación preventiva y organizativa permite comprobar si las alternativas se estudiaron de verdad. Quien solicita asesoramiento a abogados en Sabadell debería reunir el informe de aptitud, la descripción del puesto y las propuestas intercambiadas. Para la empresa, documentar las medidas valoradas y los obstáculos concretos resulta esencial. Para la persona trabajadora, identificar una adaptación viable puede ser decisivo para defender la continuidad de su empleo.