La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la nulidad de una cláusula multidivisa en yenes japoneses, de un contrato de préstamo de 128.400 euros, al ser condición de abusiva por falta de transparencia.
El dictamen desestima el recurso de apelación presentado por la entidad bancaria y mantiene que se produjo un incumplimiento de la buena praxis bancaria por parte de Kutxabank, S.A. al no existir folletos informativos, oferta vinculante ni explicación del funcionamiento de la cláusula multidivisa.
Las meras explicaciones verbales de los empleados de la entidad bancaria que comercializaron el producto no son suficientes justificar transparencia de la entidad bancaria.
Sigue la Sentencia diciendo que es precisa la constancia documental de que existió la información a los consumidores. Especial importancia tienen las simulaciones de escenarios, en las que se reflejen con la claridad suficiente para personas no doctas en la materia económica, los distintos escenarios que podrían darse en atención a la posible evolución de la divisa a la que se referencia la hipoteca.
Para la letrada que ha llevado la defensa de los intereses del consumidor, Magdalena Rico Palao, de la plataforma www.eliminarhipotecamultidivisa.es, la sentencia produce una gran satisfacción por las consecuencias directas que ello tiene en el patrimonio del cliente, pues la deuda con el Banco resultaba inviable para esa economía familiar, por los cambios de valor del capital pendiente por la fluctuación de la divisa. Además, añade la letrada Sra. Rico, en el presente caso llegaron a deber más de lo que habían contratado inicialmente (a pesar de haber pagado religiosamente durante 10 años), por lo que, la Sentencia supone un gran alivio económico para esta familia.
