Certificado de últimas voluntades: Cómo solicitarlo

Publicado el martes, 19 abril 2022

Cuando una persona fallece, además de tener que lidiar con la pérdida, sus familiares o personas más cercanas se ven inmersas en una serie de procesos burocráticos y legales importantes. Entre ellos está la tramitación del certificado de últimas voluntades.

Es algo por lo que se suele acudir a más de un abogado herencias profesional, ya que brinda la ayuda adecuada para entender qué clase de documento es y cómo se debe proceder con él. Sin embargo, para todas aquellas personas que quieran estar bien preparadas de antemano, aquí vamos a repasar todo lo que se debe saber sobre estos papeles tan importantes de cara a las ultimas voluntades de una persona.

Certificado de últimas voluntades: qué es y cómo solicitarlo

El certificado ultimas voluntades es un documento que permite a los familiares de un fallecido saber si este ha hecho un testamento o no. Se limita a eso, pero es clave para saber si había algún tipo de herencia organizada y cómo esta se iría a repartir entre las personas indicadas por el difunto.

Solicitar y tramitar este documento es sumamente importante, porque es clave para la tramitación del testamento. Cabe la posibilidad de que los familiares tuvieran una copia de dicho testamento, que supieran dónde y cómo se firmó, sin embargo, cabe también la posibilidad de que hubiera modificaciones posteriores, y la única forma de saberlo, de tener claro cuál es el testamento válido y cómo se aplica es con el certificado. Es necesario incluso si nunca se hizo testamento.

Cómo y cuándo se tramita

El certificado de últimas voluntades se presenta 15 días hábiles tras el fallecimiento de la persona, lo que puede llevar hasta 3 semanas naturales de espera, al no contar ni fines de semana, ni festivos. En cuanto a la tramitación, se puede llevar a cabo de diferentes maneras:

  • Por correo electrónico: solicita el Modelo 790 en la , o la oficina de atención de la comunidad autónoma, rellénalo y acompaña con el Certificado Literal de Defunción y el Justificante del abono de la tasa.
  • Con certificado electrónico: en caso de fallecimiento posterior a 2009, la solicitud se puede llevar a cabo en la web del gobierno (Ministerio de Justicia) usando el certificado electrónico.
  • Por correo ordinario o de forma presencial.

La emisión del CUV (Certificado de Últimas Voluntades) se lleva a cabo en un plazo de 5 días en caso de solicitarse por vía telemática. Si es por correo postal, el tiempo se puede duplicar. Por otra parte, cabe mencionar que lo puede solicitar cualquier persona que tenga la documentación exigida para ello, sin importar su grado de relación con la persona fallecida.

Ciertamente, el proceso es bastante simple y, desde hace ya más de 10 años, se ha simplificado todavía más gracias a las soluciones digitales. Vaya por delante que el uso del Certificado Digital es fundamental para agilizar el proceso, aunque este cada vez se ha vuelto más necesario para trámites habituales con la Administración, así que es rara la persona, sobre todo joven, que no cuenta con él en la actualidad.

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