El ICAM concede amparo colegial a una letrada que sufría acoso y vejaciones continuadas por parte de su cliente

Publicado el martes, 19 marzo 2024

sede ICAM

La Junta de Gobierno del ICAM, en su reunión de ayer martes 18 de marzo, acordó conceder amparo colegial a una letrada que sufría acoso y vejaciones continuadas por parte de su cliente, a fin de proteger su libertad, prestigio e independencia profesional.

La abogada, designada por Turno de Oficio para defender los intereses de su representado en un procedimiento laboral. Según la letrada, las dificultades e intromisiones de su cliente en su función técnica fuero continúas y constantes desde el inicio de la relación, hasta el punto de recibir “alrededor de 6 horas de grabaciones mediante audios enviados por correo electrónico y WhatsApp, más de 50 correos electrónicos y multitud de llamadas y WhatsApp”.

Además, en el contenido de los mensajes recibidos, se alude constantemente a su “supuesta inutilidad y faltándome el respeto de manera continuada”, todo ello por discrepar con la línea de defensa y estrategia letrada.

En la fecha en la que estaba señalada la celebración del juicio, antes de entrar en Sala, su cliente se dirigía a ella con gritos y con una “actitud amenazante”. Posteriormente en la sala de vistas “vertió constantemente comentarios vejatorios” aludiendo a una supuesta “falta de interés e incapacidad para realizar mi trabajo, faltando el respeto también al resto de letrados, así como a la Sala, de manera constante y a pesar de las llamadas al orden de su Señoría.”

La Junta de Gobierno del ICAM, una vez analizados los hechos, entiende que “esta conducta acosadora de su cliente perturba y atenta contra su libertad e independencia como letrada, menoscabando el ejercicio de su quehacer profesional”.

Según los datos del reciente estudio del ICAM sobre situación de la abogacía más del 70% de los letrados/as sufren vulneración de sus derechos. Sin embargo, hasta ahora, casi ninguno (el 87%) lo reporta al Colegio.

Para atajar esta situación el ICAM ha puesto en marcha una campaña informativa en todas las sedes judiciales y en redes sociales, basada en casos reales, para impulsar la figura del amparo colegial.

Amparo colegial

El amparo colegial, regulado en el artículo 58 del Estatuto General de la Abogacía y el artículo 27.3 de los Estatutos del Colegio de la Abogacía de Madrid, busca proteger la dignidad, independencia y libertad del abogado en su práctica profesional ante acciones de autoridades o tribunales que puedan afectarlas. Este amparo incluye también medidas ante acoso, amenazas o agresiones, incluso si estas provienen de clientes o terceros. Sin embargo, no se aplica para resolver disputas de derecho procesal o sustantivo, las cuales deben dirimirse judicialmente, respetando la igualdad y neutralidad institucional en confrontaciones procesales.

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