Diego Fierro Rodríguez

Diego Fierro Rodríguez
La declaración de nulidad del Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, por parte de la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala III) 1975/2024, de 17 de diciembre, ha generado un profundo impacto en el ámbito de dos profesiones jurídicas muy relevantes. Esta norma, que buscaba actualizar los criterios de acceso a las profesiones de abogacía y procura conforme a lo dispuesto en la Ley 34/2006, de 30 de octubre, ha sido cuestionada por no cumplir con los requisitos legales y procedimentales establecidos para su elaboración. El presente análisis tiene como objetivo explorar en profundidad las causas de su nulidad, los errores detectados en su proceso de elaboración, las implicaciones inmediatas y a largo plazo para las profesiones jurídicas y el sistema de justicia, así como las lecciones y oportunidades que surgen de esta resolución judicial.
El Real Decreto 64/2023 se planteó como una herramienta para perfeccionar el marco regulador de la Ley 34/2006. Esta ley estableció la obligación de superar una formación especializada y un examen de acceso como requisitos imprescindibles para el ejercicio de las profesiones de abogado y procurador. Sin embargo, la aplicación práctica de la norma había dejado entrever una serie de carencias, especialmente en lo relativo a la coordinación entre los órganos implicados y la claridad en los criterios de evaluación. La intención del Real Decreto 64/2023 era subsanar estas deficiencias, pero el proceso de elaboración estuvo marcado por fallos estructurales que acabaron desvirtuando sus objetivos.
La normativa requería un equilibrio entre la protección de los intereses públicos y la garantía de derechos individuales, particularmente el acceso a una profesión tan fundamental como la abogacía. No obstante, el Real Decreto 64/2023 fracasó al no respetar principios esenciales de buena regulación, establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dichos principios incluyen la necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. La ausencia de una correcta aplicación de estos principios derivó en una normativa que carecía de una base sólida y, en consecuencia, fue declarada nula.
Uno de los aspectos más destacados en la sentencia del Tribunal Supremo es la falta de informes preceptivos que avalaran la legalidad y viabilidad del Real Decreto 64/2023. Entre estos informes destaca el del Consejo General del Poder Judicial (en adelante, CGPJ), cuyo papel es crucial en cualquier normativa que afecte al ámbito judicial. La ausencia de este informe representa no solo un incumplimiento formal, sino también una violación del principio de separación de poderes. Este hecho pone en evidencia una preocupante desatención hacia la participación de órganos consultivos imprescindibles en el proceso legislativo.
Además, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, CNMC) tampoco fue consultada, lo que resulta especialmente problemático si se considera que las normas que afectan a las profesiones reguladas deben someterse a un «test de proporcionalidad». Este análisis, regulado en el Real Decreto 931/2017, tiene como objetivo garantizar que cualquier restricción impuesta sea necesaria y proporcionada para cumplir con un objetivo de interés general. La falta de este test revela la carencia de una perspectiva económica y social en la elaboración del Real Decreto, dejando de lado el impacto que podría tener en la competitividad del sector jurídico.
Otro elemento crucial es la debilidad de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (en adelante, MAIN). Este documento es esencial para evaluar las implicaciones de una normativa antes de su aprobación. En el caso del Real Decreto 64/2023, la MAIN presentada carecía de un análisis detallado sobre los efectos de las medidas propuestas, especialmente en relación con el acceso al mercado laboral de los nuevos profesionales. El Tribunal Supremo consideró que esta deficiencia no era un simple defecto formal, sino una vulneración grave de los principios de seguridad jurídica y transparencia.
La anulación del Real Decreto 64/2023 deja a los aspirantes a las profesiones de abogado y procurador en una situación de incertidumbre. Sin un marco normativo actualizado, las universidades, los colegios profesionales y los propios estudiantes enfrentan dificultades para planificar sus actividades. Esta situación también afecta al sistema de justicia en su conjunto, ya que la falta de claridad en los criterios de acceso podría retrasar la incorporación de nuevos profesionales al mercado laboral, generando un efecto cascada en la prestación de servicios jurídicos.
Desde una perspectiva más amplia, la sentencia del Tribunal Supremo refuerza la importancia de garantizar que las normas se elaboren respetando todos los procedimientos establecidos. Este fallo podría tener un efecto disuasorio sobre futuras normativas mal fundamentadas, al recordar a los poderes públicos que el respeto a los principios de buena regulación no es opcional, sino una obligación fundamental en un Estado de derecho.
La declaración de nulidad del Real Decreto 64/2023 también ofrece una oportunidad para reflexionar sobre cómo mejorar el proceso de elaboración normativa en España. Una de las principales lecciones que se pueden extraer de este caso es la importancia de fomentar la participación activa de los actores implicados en las primeras fases del diseño normativo. Ello incluye no solo a órganos consultivos como el CGPJ y la CNMC, sino también a los colectivos profesionales afectados, como los colegios de abogados y procuradores.
Además, es fundamental reforzar la calidad de la MAIN, dotándola de herramientas analíticas más sofisticadas que permitan evaluar de manera rigurosa el impacto económico, social y territorial de las medidas propuestas. Ello podría lograrse mediante la integración de metodologías avanzadas de análisis de datos y la consulta a expertos independientes que puedan ofrecer perspectivas objetivas.
Finalmente, es necesario promover una cultura de transparencia y rendición de cuentas en el proceso legislativo. Ello incluye la publicación de todos los documentos relacionados con la elaboración normativa, así como la realización de consultas públicas que permitan a los ciudadanos expresar sus opiniones sobre las medidas propuestas. Estas acciones no solo aumentarían la legitimidad de las normas, sino que también contribuirían a evitar futuros conflictos legales.
El caso del Real Decreto 64/2023 pone de manifiesto la necesidad de adoptar un enfoque más riguroso y participativo en la elaboración de normas que afecten a sectores esenciales como el de las profesiones jurídicas. Si bien la declaración de nulidad de esta norma genera incertidumbre a corto plazo, también abre la puerta a un debate necesario sobre cómo mejorar el sistema regulador en España. Solo a través de un compromiso genuino con los principios de buena regulación y la participación efectiva de todos los actores implicados será posible construir un marco normativo que garantice tanto la seguridad jurídica como la equidad en el acceso a las profesiones reguladas.