La Ley española sobre transparencia es acorde, en líneas generales, al Convenio del Consejo de Europa sobre el acceso a los documentos públicos, según concluye el grupo de expertos que supervisa su aplicación (el Grupo de Acceso a la Información) en un informe publicado ayer. En el informe se recomienda que las autoridades españolas reduzcan el tiempo necesario para tramitar las solicitudes de acceso y permitan el acceso a los documentos auxiliares.
El Grupo de Acceso a la Información señala que la Ley española sobre transparencia abarca todos los organismos públicos incluidos en el ámbito de aplicación del convenio. La mayoría de las limitaciones que establece relativas al derecho de acceso están en consonancia con las permitidas por el Convenio.
En el informe se acoge favorablemente el requisito de una evaluación caso por caso para determinar si el interés público superior justifica la divulgación de la información solicitada. También se destaca la ausencia de excesivas formalidades para la presentación de solicitudes de documentos oficiales.
No obstante, el Grupo de Acceso a la Información recomienda que España reconsidere las disposiciones legales específicas que facultan a las autoridades a denegar solicitudes de acceso a información considerada auxiliar, como borradores de documentos, documentos de opinión, comunicaciones, informes o intercambios entre órganos administrativos.
En cuanto a las reservas de España al tratado —concretamente en relación con el secreto estadístico, la información con trascendencia tributaria y algunos documentos de la Seguridad Social—, el Grupo de Acceso a la Información subraya que los objetivos de las reservas podrían lograrse plenamente mediante la aplicación regular del artículo 3 del Convenio. Por consiguiente, invita a España a reflexionar sobre la necesidad de estas reservas y, en función de sus conclusiones, considerar su retirada.
Actualmente, las autoridades españolas tienen hasta un mes de plazo para decidir sobre las solicitudes de acceso. Dado que esto deja margen a la discrecionalidad, el Grupo de Acceso a la Información recomienda a España que acorte este plazo. Si las autoridades no tienen previsto denegar el acceso, deberían tomar una decisión y actuar con la mayor celeridad razonable.
