José Montero, CEO de Montero de Cisneros Abogados
En España, el conflicto por la vivienda ha dejado de ser una cuestión abstracta para convertirse en una escena cotidiana: la comisión judicial que llega al portal, la cinta adhesiva en la puerta, la mudanza improvisada en cuestión de horas. Detrás de cada lanzamiento hay un expediente, sí, pero sobre todo hay biografías truncadas. Lo llamamos “procedimiento de desahucio” porque suena técnico, higiénico. Lo que ocurre de verdad es que un hogar se deshace en bolsas de basura.
Que el Parlamento discuta hoy los límites a la compra masiva de vivienda por parte de fondos de inversión y sociedades especializadas no es un simple gesto simbólico. Es la constatación de que el modelo que hemos construido en las últimas décadas chirría por todos los lados. Hemos tratado la vivienda como un activo financiero más —con vehículos societarios que disfrutan de un trato fiscal privilegiado— mientras recordábamos, casi a pie de página, que la Constitución reconoce el derecho a una vivienda digna. Ese desequilibrio no se corrige solo con grandes declaraciones en la tribuna del Congreso; también exige que los tribunales se pregunten qué significa impartir justicia en medio de esta crisis.
Ahí es donde entran en juego los recursos de amparo y las estrategias procesales que algunos despachos y entidades sociales empiezan a articular. No se trata de inventar un atajo ni de forzar la máquina. Se trata de recordar algo elemental: los jueces no resuelven en el vacío. Sus decisiones se inscriben en un contexto político, económico y social que hoy, en materia de vivienda, está claramente en revisión. Si el propio legislador admite que el sistema presenta fallos graves —desde la fiscalidad de determinados operadores hasta la opacidad en la gestión de grandes carteras de pisos—, aplicar la ley como si nada estuviera cambiando equivale, en la práctica, a tomar partido por el statu quo.
Un lanzamiento que afecta a una familia con menores, con personas dependientes o sin alternativa habitacional no es un mero ajuste contable entre acreedor y deudor. Es una fractura que atraviesa la vida de esas personas durante años. Cambiar de barrio implica perder redes de apoyo, colegios, médicos, referencias emocionales. Reducirlo todo a un conflicto privado entre partes, como si estuviéramos ante una compraventa ordinaria que ha salido mal, es una forma de simplificar hasta la caricatura lo que está en juego. La Justicia, en una sociedad democrática, tiene la obligación de mirar de frente esa complejidad.
Quienes defienden un uso más decidido de los recursos de amparo no están proponiendo una insurrección jurídica. Están pidiendo algo bastante más modesto y, al mismo tiempo, mucho más incómodo: que la judicatura asuma que la vivienda no puede tratarse igual que un coche o un electrodoméstico. Que, cuando el resultado del procedimiento es la pérdida del hogar, la ponderación de los derechos debe ser más exigente. Que la función social de la propiedad no es una coletilla constitucional para adornar discursos, sino un criterio interpretativo que debería hacerse visible en las resoluciones.
Es cierto que la seguridad jurídica importa. Importa para los inversores, para los pequeños propietarios y para los inquilinos. Pero conviene revisar qué entendemos por seguridad jurídica. No es sinónimo de que todo siga igual, por muy injusto que sea el punto de partida. Es, más bien, la garantía de que las reglas del juego son claras, comprensibles y coherentes con los valores que decimos defender. Cuando el Parlamento discute si es razonable que determinadas sociedades tributen a tipos cercanos a cero mientras acumulan miles de viviendas, ¿qué mensaje transmitimos si, al mismo tiempo, los tribunales continúan ejecutando lanzamientos con criterios que ignoran por completo ese debate?
La objeción clásica a esta línea de pensamiento es que “los jueces no están para hacer política”. Es una frase cómoda, pero tramposa. Nadie propone que los tribunales sustituyan al legislador. Lo que se les pide es que asuman su papel en un sistema de equilibrios, en el que las normas no se aplican en abstracto, sino interpretando principios y valores superiores. El derecho a la tutela judicial efectiva, la protección de la infancia, la dignidad de la persona, la función social de la propiedad: todo esto forma parte del mismo texto constitucional que protege la propiedad privada. Elegir cómo se armonizan esos mandatos también es una decisión de alcance político, aunque se vista con toga.
En esa tensión se abre un espacio legítimo para el recurso de amparo. No como un comodín que todo lo resuelve, sino como una llamada de atención: aquí hay algo que no encaja entre la letra fría de la ley procesal y la realidad que tenemos delante. Admitir un recurso, acordar una medida cautelar, suspender un lanzamiento mientras se examina con mayor detenimiento la situación de una familia no es dinamitar el sistema, sino precisamente lo contrario: demostrar que el sistema tiene mecanismos para corregir sus propias rigideces.
Por supuesto, no todos los casos serán iguales. No se trata de proteger abusos ni de negar la existencia de obligaciones contractuales. Habrá situaciones en las que, pese a la dureza del desenlace, la decisión de ejecutar un lanzamiento sea jurídicamente sólida y socialmente inevitable. Pero si algo hemos aprendido en estos años de crisis es que el automatismo nos lleva a errores demasiado costosos. Y que esos errores no se miden solamente en estadísticas de morosidad, sino en vidas colocadas al borde del abismo.
El debate que se abre ahora, a las puertas de los juzgados, es tan importante como el que se da en el hemiciclo. Nos obliga a preguntarnos qué significa proteger derechos en serio, más allá de los discursos. Y nos recuerda que la Justicia no se agota en aplicar normas: también consiste en asumir la responsabilidad de decidir, con todos los matices y contradicciones que eso implica, qué vidas queremos dejar caer cuando el engranaje del mercado aprieta demasiado fuerte.
Quizá dentro de unos años miremos atrás y nos parezca evidente que los tribunales debían haber actuado con más prudencia antes de lanzar a tantas familias a la intemperie. Si ese es el futuro que intuimos, más vale empezar a corregir el rumbo ahora. El recurso de amparo no es la solución definitiva al problema de la vivienda, pero puede ser, al menos, la manera de ganar tiempo y humanidad en un sistema que, demasiadas veces, ha olvidado que la palabra “hogar” no cabe en un expediente.
