El Tribunal de Instancia de Xàtiva (Sección Civil nº 2) ha dictado una relevante sentencia que condena al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) a reintegrar 7.905 euros a una clienta que fue víctima de una sofisticada estafa interconectada de phishing, spoofing y vishing. El fallo, con fecha de 17 de junio de 2026, impone además a la entidad el pago de los intereses legales y las costas procesales.
Los hechos se remontan a abril de 2025, cuando la demandante recibió un mensaje de texto (SMS) en el mismo hilo de conversación oficial que el banco utiliza habitualmente para sus comunicaciones legítimas (spoofing). El mensaje alertaba de una supuesta limitación en su cuenta e instaba a pulsar un enlace para actualizar datos.
Posteriormente, la víctima recibió llamadas de una persona que se identificó como «gestora del BBVA», utilizando un tono profesional idéntico al de su oficina habitual. Bajo este engaño, y en un momento de especial vulnerabilidad personal —mientras cuidaba de su nieta y su hija sufría complicaciones graves en un embarazo—, la clienta siguió las instrucciones creyendo que trasladaba sus fondos a una «cuenta segura» de su propia titularidad para protegerlos. En realidad, el dinero fue transferido a una cuenta de los estafadores.
La Letrada que ha defendido los intereses de los consumidores es Magdalena Rico Palao quien dice que la condena se basa en el Real Decreto Ley 19/2018 de Servicios de Pago, que establece una responsabilidad cuasi-objetiva para bancos. Según dicha letrada, corresponde al banco demostrar no solo que la operación se registró, sino que el usuario actuó con negligencia grave, algo que no ha quedado acreditado en este caso.
La sentencia subraya que el método utilizado por los delincuentes fue de una «complejidad y grado de perfección difícilmente detectable» por un cliente medio. El hecho de que el SMS fraudulento se insertara en el canal oficial del banco generó una «apariencia de oficialidad» que exonera a la usuaria de cualquier falta cualificada de cuidado. Asimismo, el tribunal critica que BBVA no implementara filtros suficientes para bloquear estos mensajes ni detectara una transferencia de un importe tan elevado y sospechoso.
La letrada Magdalena Rico Palao, especialista en derecho bancario mantiene que «Esta sentencia es fundamental porque reconoce que la carga de la seguridad recae en el banco, quien debe dotarse de tecnologías que garanticen la identidad real del ordenante antes de ejecutar cualquier pago», señala la defensa.
