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Después de haberse reunido con representantes del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) y con los sindicatos, el Ministerio de Trabajo ha suavizado el Real Decreto que regulará las relaciones entre los abogados y los bufetes. La aplicación de un convenio colectivo propio, las indemnizaciones por clientela aportada, la regulación de los contratos en practicas y las indemnizaciones por despido son algunos aspectos consensuados entre los diferentes actores del sector. Tanto sindicatos como CGAE han acogido con optimismo el nuevo borrador de la regulación laboral en los despachos de abogados. Carlos Carnicer, presidente del CGAE, se felicitó por haber podido introducir varios cambios sustanciales en el borrador inicial.
Grandes Novedades El texto que el Ministerio de Trabajo remite al Consejo de Estado recoge varias novedades. Los despachos de abogados se regirán por un convenio “específico” y no estarán sujetos al convenio de despachos y oficinas. Tanto los colegios como los consejos de abogacía tendrán que buscar un papel neutral en las negociaciones laborales al representar tanto empleados como empleadores. Los abogados que no perciben “periódicamente unos ingresos mínimos del despacho”, se quedarán fuera de la aplicación del convenio, igual que los socios de un despacho que participan en el capital social del bufete. El plazo de preaviso para rescindir un contrato laboral se ha fijado en 45 días tanto para el empleado como para el empleador. Los empleados contratados serán asimismo indemnizados sólo por los clientes aportados al inicio de su relación laboral.Los jóvenes abogados con contratos de practicas estarán también sujetos al convenio colectivo del sector.
Sindicatos y patronales Según Carlos Carnicer, los sindicatos y patronal del sector de la abogacía “surgirá de forma natural” una vez aplicado el Real Decreto. Expertos creen sin embargo que será casi imposible contar con una única patronal dado la diversidad de los bufetes, podría ocurrir como en otros sectores que para diferentes tamaños de bufetes se creasen las patronales respectivas. Una patronal ha de contar con al menos el 10% de los despachos asociados en el marco geográfico que ha establecido para su convenio y además tendrá que aglutinar por lo menos el 10 % de los abogados empleados. Los bufetes deberán hacerse a la idea de formar un comité de empresa y prepararse para las elecciones de sus miembros. Hasta la fecha en pocos bufetes se cuenta ya con un comité de empresa, por lo cual las experiencias de funcionamiento son bastante escasas.
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