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VIDA COLEGIAL
“España pierde cada año más de 1.200 millones de euros al año por delitos de fraude fiscal, en concreto, a través de la estafa denominada “carrusel”, según expuso el Inspector de Hacienda de la Unión Regional de Inspección de Málaga, Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Andalucía, Ceuta y Melilla, Juan Carlos Gómez Ferrón, en la Jornada sobre Derecho Tributario y Prevención del Fraude Fiscal que tuvo lugar en el Salón de Actos de la sede Colegial el jueves, 31 de mayo. Gómez Ferrón indicó también que entre los años 2004 y 2005 “se ha incrementado” este tipo de fraude fiscal en España que se estima “aproximadamente en el 10% del volumen de operaciones”. Además, señaló que el fraude carrusel “se está desplazando de Inglaterra, Dinamarca, etc., a España y últimamente, lo hace a los países de nueva incorporación a la Unión Europea”. En las jornadas organizadas por la Comisión de Formación del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga se abordaron otros asuntos como las novedades en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) por la modificación del Artículo 108 de la Ley de Mercado de Valores, y sobre la Tributación en la Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TOP) en la cesión de derechos de contratos de compraventa de inmuebles por particulares. En este sentido, el Jefe del Servicio de Atención al ciudadano del Departamento de Economía y Hacienda en Málaga de la Junta de Andalucía, Ángel Ruiz Solanes, señaló los mecanismos existentes para eludir los tributos de cesión, como el hecho de adquirir participaciones sociales de una sociedad que tiene inmuebles ya que dicha transmisión está exenta, o constituyendo un “negocio simulado” en el que la sociedad A aporta el inmueble y el socio B el dinero y con posterioridad se disuelve adjudicándose B el inmueble y A el dinero tributando así al 1%. Con la modificación de la Ley 36/2006 la base imponible será la parte proporcional sobre el valor real del total de las partidas del activo que deba computarse como inmueble, y que debe corresponderse con el porcentaje de participación que se tenga en el momento que se obtiene el control o, una vez obtenido, al porcentaje en el que aumenta la cuota de participación. Sobre la nueva regulación de las operaciones vinculadas al Impuesto de Sociedades (IS) y al Impuesto de Valor Añadido (IVA), el Jefe de la Dependencia de Gestión de la Delegación en Málaga de la AEAT, Fernando Marcos Gómez trató las características de la nueva regulación que ahora se coordina con criterios contables, se convierte en una norma de valoración, en ella se mejoran los supuestos de vinculación, establece un procedimiento para evitar tratar simultáneamente con varios contribuyentes y se regula un nuevo régimen sancionador.
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