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Aeade publica su nuevo reglamento, vigente desde el 1 de marzo
publicado el 11 de MARZO de 2010

• El texto, homogéneo a los de las principales instituciones españolas, sigue los criterios y recomendaciones del Club Español del Arbitraje, y apuesta por atraer más arbitrajes internacionales

• Habrá mayor flexibilidad y menor coste, como consecuencia del arbitraje on line y del modelo abreviado para procedimientos de hasta 100.000 euros

• La reducción de las tarifas de hasta un 60%, la apuesta por la especialización a través de la creación de comités, la labor de la secretaría y la internacionalización son algunas de las novedades

Reglamento de Asociación Europea de ArbitrajeLa Asociación Europea de Arbitraje, Aeade, publica su nuevo reglamento, vigente desde el pasado 1 de marzo, y al que se puede acceder en su nueva página web (www.aeade.org).
En el texto se han seguido las recomendaciones del Club Español del Arbitraje para homogeneizar los reglamentos de las principales cortes arbitrales españolas. Otro de los objetivos ha sido el de dar respuesta a las necesidades de empresas, usuarios, abogados y árbitros de encontrar en la institución arbitral una respuesta profesional, ágil y de calidad a cualquier cuestión que se suscite en el ámbito de un procedimiento.

Internacionalización
En la redacción del nuevo Reglamento, Aeade ha contado además con profesionales y expertos de referencia nacional e internacional, que han aportado su experiencia incorporando rigor al desarrollo de esta ordenanza.
A través de la apuesta por la especialización con la constitución de comités especializados, la rapidez en la administración de arbitrajes, la flexibilidad del propio procedimiento, el papel relevante de la Secretaría de Arbitrajes, la transparencia en la designación de los árbitros y la reducción de las tarifas, entre otras características, Aeade pretende responder a las exigencias reales de todos los usuarios del arbitraje.
Según Javier Íscar, secretario general de Aeade: ‘Estamos convencidos de que España, y en concreto Madrid, como sede de arbitrajes internacionales, puede ser competencia de París, Miami, Londres o Suiza. Debemos aprovechar nuestra Ley, nuestros jueces y nuestro idioma de cara a mercados como el asiático y Latinoamérica, y sus conexiones con Europa’. Con referencia a la bajada de las tarifas, Íscar añade que ‘el arbitraje de calidad puede ser más barato y adaptarse a la complejidad del asunto. En tiempos de crisis, una institución arbitral debe estar a la altura de las circunstancias y acomodarse a los problemas de las partes”.

Apuesta por el arbitraje on line
Al trabajo diario de la Asociación que dedica todos sus medios personales y materiales a buscar la excelencia y la flexibilidad en el arbitraje, así como a promoverlo y difundirlo en eventos y actividades en los ámbitos interno e internacional, se une la apuesta por las nuevas tecnologías, que, en palabras de su secretario general, ‘deben ser utilizadas en beneficio del arbitraje y del abaratamiento de los costes’.

El papel de la Secretaría de Aeade
Otro de los aspectos relevantes del nuevo reglamento es el papel esencial de la secretaría. Además de dotar a cada procedimiento de un profesional en calidad de secretario, y de los medios materiales de grabación de audio y video y, en su caso, transcripción, toda la labor burocrática de cada procedimiento arbitral la realiza la propia secretaría, desde la notificación de escritos, alegaciones, diligencias y órdenes procesales, del laudo y de aclaraciones a las partes y al árbitro, hasta la citación y emplazamiento de testigos y peritos.
Según Íscar: ‘El árbitro es quien dota de calidad al arbitraje y la institución arbitral debe ocuparse de todo aquello que facilite su labor. El tiempo que dedique un árbitro a temas burocráticos va en detrimento de la calidad del arbitraje. No hay arbitraje de calidad sin árbitro experto, pero tampoco sin una institución especializada que facilite su labor’.

Procedimiento abreviado para arbitrajes de menos de 100.000 euros
El nuevo reglamento de la Asociación Europea de Arbitraje también contempla la administración de un procedimiento abreviado para asuntos de menos de 100.000 euros, a través del que los plazos no podrán exceder de cuatro meses.
 


 
 

 

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