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El responsable de la Unidad de Valoración Integral del Instituto de Medicina Legal de Valencia, Jorge Mayans, afirma que en 2009 esta unidad efectuó, a petición de los juzgados de Violencia Doméstica y de Instrucción, un total de 401 reconocimientos. De ellos, 290 fueron informes médico forenses, 244 a mujeres. La mayoría de ellas tenía entre 19 y 39 años. Ana Mª Palomar, fiscal de Violencia Doméstica de Valencia, señala que la Unidad de Valoración Integral es fundamental para probar delitos de violencia psicológica, violencia habitual o violencia hacia menores hijos de mujeres maltratadas. El responsable de la Unidad de Valoración Integral del Instituto de Medicina Legal de Valencia, Jorge Mayans, ha afirmado en la 6ª sesión del VIII Curso de Violencia Doméstica del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) que en el año 2009 esta unidad realizó, a petición de los Juzgados de Violencia Doméstica y de Instrucción, un total de 401 reconocimientos. De este número, 290 fueron informes médico forenses, y de ellos 244 fueron realizados a mujeres, la mayoría de las cuales tenían entre 19 y 39 años. Jorge Mayans ha añadido que, de los informes médico forenses, 123 fueron sobre lesiones, 6 sobre valoraciones psicológicas, 1 sobre una agresión sexual, 3 sobre casos de alcoholismo y estupefacientes, 3 sobre fármacos en imputados de violencia doméstica y otros 3 sobre valoración de secuelas. Uno de los problemas apuntados por el responsable de la Unidad de Valoración Integral es la disparidad de criterios a la hora de solicitar el informe por parte de las unidades judiciales. “Necesitamos que se especifique claramente qué tipo de prueba pericial se precisa cuando se nos remite la solicitud reconocimiento. En ocasiones, se solicita una valoración médica general y tenemos que contactar con el juzgado correspondiente para averiguar si es psicológica, de lesiones, de secuelas… Esto dilata innecesariamente el proceso”, explica Jorge Mayans. En la sesión ha estado presente también la psicóloga de la Unidad de Valoración Integral del Instituto de Medicina Legal de Valencia, Francisca Savall, quien ha explicado los criterios y metodología para la elaboración de los informes psicológicos y sociales. A este respecto, Francisca Savall ha subrayado que el objetivo de los informes psicológicos es constatar la existencia de un supuesto maltrato, verificar las secuelas psicológicas existentes y establecer un nexo de causa-efecto entre el testimonio de la denunciante y el posible daño psicológico que se está valorando. La psicólogo afirma que se realizan también valoraciones a los propios imputados (para detectar posibles trastornos mentales o simplemente para valorar su estado emocional) o también a los menores hijos de las mujeres víctimas del maltrato (únicamente en procedimientos penales, cuando las madres ya han denunciado). Francisca Savall ha explicado, por otra parte, que las secuelas más frecuentes del maltrato psicológico constante son cuadros de ansiedad y depresión, pérdida de autoestima y sentimiento de culpa (bien por creer que la conducta propia es la que causa el problema, o bien por las acciones que deben hacer para encubrir a su agresor, como mentir o mantener relaciones sexuales a su pesar), así como aislamiento social, provocado por la vergüenza respecto a la situación que viven o por los propios límites que marca el agresor. Según señala esta experta, en ocasiones las pacientes presentan incluso trastornos psicosomáticos y sexuales, como insomnio, caída del cabello, pérdida del apetito o inapetencia sexual. “Estas mujeres suelen acudir frecuentemente al médico de cabecera por síntomas físicos, cuando lo que hay detrás es un cuadro de maltrato psicológico con diferentes secuelas”, subraya Francisca Savall. Derecho a no declarar La fiscal de Violencia Doméstica de la Fiscalía de Valencia Ana Mª Palomar ha centrado su exposición en la valoración de las pruebas en los procesos judiciales sobre violencia doméstica, distinguiendo entre pruebas testificales y periciales. Respecto a las primeras, y concretamente sobre el derecho a no declarar contra la pareja que asiste a las uniones matrimoniales y análogas al matrimonio, la fiscal ha explicado que la Fiscalía General del Estado va a proponer una modificación legislativa para que la mujer que ya haya denunciado no pueda acogerse a este derecho, ya que es incoherente con la denuncia ya presentada. “Por el contrario, en el caso de la mujer que no ha denunciado, y que han sido otros quienes lo han hecho por ella, sí podría acogerse a la dispensa de declarar”, explica Ana Mª Palomar. Por otro lado, esta experta apunta que la Fiscalía persigue “delitos, no faltas”, ya que la Ley Integral sobre Violencia de Género no hace distinción y prevé la instrucción de estos casos por la vía penal. Finalmente, respecto a las pruebas periciales, la fiscal ha apuntado que la Unidad de Valoración Integral del Instituto de Medicina Legal “es fundamental para probar delitos de violencia psicológica, violencia habitual o violencia hacia menores hijos de mujeres maltratadas”..
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