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Los letrados se quejan de su limitado poder de participación en las ejecuciones de las medidas sancionadoras al menor, así como en la exploración (interrogatorio) del menor enjuiciado.
Los expertos elogian la labor de los equipos de mediación y consideran que esta técnica, por su celeridad y sus ventajas resolutivas, es idónea para solventar satisfactoriamente más de la mitad de los asuntos penales de menores.
La psicóloga forense del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat, Silvia Sicilia, advierte de que el fracaso escolar es uno de los más importantes predictores de las conductas delictivas, un factor alarmante en el caso de la Comunitat Valenciana, que presenta una de las tasas más altas de fracaso escolar de toda España.
Abogados de la Sección de Derecho del Menor del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) han reclamado en el seno del XII Curso de Especialización en Derecho de Menores del ICAV, que se celebra durante hoy y mañana, su derecho a participar “activamente” en todo el proceso de enjuiciamiento a menores, desde el momento en que son acusados de un delito hasta la ejecución de la medida una vez dictada. “A veces se considera que con la sentencia finaliza la intervención del letrado, cuando el derecho a la defensa del menor exige que estemos con él durante todo el proceso”, explica la abogada Antonia González, secretaria de la Sección del Menor del ICAV. “Hemos ido avanzando muy poco a poco. Por ejemplo, ahora intervenimos ya en la detención, mantenemos entrevista reservada con él y se nos llama más a menudo para asistir a las pruebas testificales, pero en las ejecuciones todavía se tiene poco en cuenta a los abogados”, añade esta experta. El abogado Francisco Javier de Miguel, vocal primero de la Sección de Menores del ICAV, ha explicado que los abogados de menores no deben permanecer como “convidados de piedra” en la exploración del menor (interrogatorio inicial), sino que podrá intervenir activamente para asesorarle sobre sus derechos y defender sus intereses. “Varias sentencias del Tribunal Constitucional dice expresamente que el letrado ‘asegurará con su presencia personal que los derechos del detenido sean respetados. La libertad de declaración del menor tendrá el debido asesoramiento técnico sobre su conducta en los interrogatorios’”, añade. Mediación penal La abogada Antonia González ha elogiado también la labor de los equipos de mediación penal en la resolución de los procesos de menores. “Más de la mitad de los casos de menores podrían resolverse por la vía de la mediación, por su mayor rapidez con respecto al procedimiento judicial ordinario. La celeridad en los trámites puede suponer que el menor cumpla satisfactoriamente la medida y pueda reinsertarse sin el riesgo de volver a delinquir, porque no existe lapso de tiempo entre el dictado de la medida y su aplicación. Con la mediación el caso se podría resolver incluso en el mismo día, si la previa exploración del menor y su valoración por el equipo técnico lo permiten”, subraya esta letrada. El interés del menor En esta primera sesión del Curso de Especialización en Derecho del Menor, inaugurada por el presidente de la Sección de Menores del ICAV y miembro de la Junta de Gobierno Rafael Iniesta, ha participado también la psicóloga del Equipo de Menores del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Silvia Sicilia. Esta experta ha analizado la valoración psicológica del menor y la labor del equipo técnico en este tipo de intervención señalando que una de las principales dificultades es detectar cuál es el mejor interés de ese menor en el proceso. “En ocasiones existen tantos criterios para definir cuál es el mejor interés del menor como equipos profesionales que intervenimos en el procedimiento, juristas o no”, explica. “Por nuestra parte, consideramos que el interés del menor es conseguir que asuma su responsabilidad en la comisión de los hechos, que entienda las consecuencias negativas de sus actos y que desarrolle capacidades para sustraerse de ese tipo de comportamientos, con el fin de que busque conductas alternativas”, subraya Silvia Sicilia. La psicólogo forense ha añadido que la mayoría de menores delincuentes son “estacionales”, dado que el comportamiento es puntual y no reiterado, pero que existe un grupo reducido de menores que presentan rasgos para ser delincuentes habituales. Para esta experta, los factores que pueden derivar en una conducta delictiva por parte del menor son la influencia negativa del grupo al que pertenece, el contexto familiar en el que se ha desarrollado el menor o el estilo educativo empleado por los padres (especialmente la excesiva concesión de caprichos y la falta de imposición de límites). Sin embargo, para Silvia Sicilia el factor más importante que puede condicionar una conducta delictiva es el fracaso escolar, que suele derivar en absentismo. “En muchos casos, la escuela o el instituto es el único ámbito en el que el menor percibe que existen normas que hay que cumplir para la correcta convivencia. Por ello, el fracaso y el absentismo escolar son considerados como predictores de las conductas delictivas. Este factor puede ser especialmente alarmante en la Comunitat Valenciana, que es una de las autonomías con mayor índice de fracaso escolar de toda España”, apunta esta experta. Al hablar de los casos de maltrato de menores a sus progenitores, la psicóloga del equipo técnico del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana apunta que la causa directa es, por un lado, un estilo educativo inconsistente e incoherente por parte de los padres, y por otro, la ausencia de una figura paterna activa. “Si los padres nunca antes han puesto límites a la conducta del menor, la adolescencia es el peor momento para hacerlo, porque el menor atraviesa una etapa de incesantes cambios entre los cuales figura la rebelión ante las figuras de autoridad”, concluye Silvia Sicilia.
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