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El estudio pone de manifiesto que la carga impositiva de un país puede ser un elemento decisivo en la negociación de un contrato de un deportista
Garrigues analiza la tributación personal de los deportistas en diecisiete países
publicado el 13 de DICIEMBRE de 2010 a las 19:30 horas

Fiscalidad internacional de los deportistasGarrigues acaba de publicar Fiscalidad internacional de los deportistas, una obra que describe y analiza las cuestiones fiscales más relevantes que debe tener en cuenta un deportista en la negociación de un contrato cuando decide desplacerse a otro país. El libro supone una revisión y actualización de la publicación Guide on sportsperson taxation in certain relevant jurisdictions, impresa en inglés en el 2008. De hecho, una de las novedades que presenta esta reedición es su formato bilingüe (inglés y español), dada la importancia que ha adquirido el mundo hispanohablante en el ámbito deportivo. La obra ha sido coordinada por Félix Plaza (socio del Departamento Fiscal de Garrigues) y en su elaboración han participado más de treinta expertos de quince despachos de Taxand, la mayor organización global de asesores fiscales multinacionales, de la que Garrigues es miembro fundador.
El libro se centra en la tributación personal de los deportistas en diecisiete países: Bélgica, Brasil, China, Dinamarca, España, Francia, India, Italia, Luxemburgo, Malta, México, Portugal, Suiza, Reino Unido, EE.UU. y, como novedad en esta reedición, Alemania y Holanda. La obra compara los ingresos netos de los deportistas en estos países y pone de manifiesto las considerables diferencias existentes. Asumiendo como ejemplo unos rendimientos brutos de 3 millones de euros, el sueldo neto medio a nivel internacional −según el estudio− sería de 1,97 millones. En Reino Unido y Alemania un deportista podría obtener una renta neta de alrededor de 1,5 millones, mientras que en Suiza y Bélgica la cantidad neta podría superar los 2,4 millones de euros. En España los impatriados que hayan llegado antes del 1 de enero de 2010 percibirían un sueldo neto de aproximadamente 2,3 millones y, a partir de esa fecha, la tributación sería la correspondiente al régimen común; es decir, rondaría los 1,7 millones.
«Algunos países ofrecen regímenes especiales para deportistas, reconociendo cuestiones como, por ejemplo, la corta duración, por lo general, de sus carreras. Es importante que los deportistas o sus agentes conozcan estas normas de modo que puedan tomarlas en consideración al plantearse la posibilidad de trasladarse al extranjero», explica Félix Plaza.
La guía también examina las diferencias entre deportistas individuales y deportistas de equipo, así como cuestiones referentes al impuesto sobre sociedades que pueden entrar en juego cuando el deportista explota sus derechos de imagen a través de una sociedad. El enfoque de la obra está pensado de modo que sea de utilidad para cualquier disciplina deportiva, desde el patinaje hasta el motociclismo, baloncesto, fútbol, Fórmula 1, etc.
 


 

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