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El Tribunal Supremo rechaza el recurso del expresidente de Funespaña para revisar el 'Caso Funeraria'
MADRID, 16 Marzo 2011 - EUROPA PRESS

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que rechaza el recurso presentado por el expresidente de Funespaña José Ignacio Rodrigo Fernández para revisar el 'caso Funeraria' tras la sentencia del 27 de octubre de 2009 de la Audiencia Provincial.
Dicha sentencia condenó a José Ignacio Rodrigo Fernández como cómplice de un delito consumado de prevaricación y como autor de otro delito consumado de tráfico de influencias con la concurrencia, en ambos casos, de la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
El auto, al que ha tenido acceso Europa Press, recoge un escrito del Ministerio Fiscal fechado el pasado 25 de enero en el que explica que "los tres documentos" aportados por la defensa del expresidente de Funespaña en la solicitud de esta revisión "ni son nuevos ni acreditan la inocencia del condenado".
"Carecen del requisito de la novedad aunque fueran desconocidos en las instancias judiciales, ya que todos son MADRID año 1993", explica el Fiscal en su escrito, en el que dice "no autorizar la interposición del recurso por no concurrir los requisitos en la legislación y jurisprudencia aplicables".
Así, la Sala de lo Penal del TS determina que "en el recurso de revisión no procede volver a valorar la prueba ya que no es una tercera instancia y es necesario que concurra el requisito de la novedad y de la evidencia". "Dichos documentos carecen del requisito de la novedad y aunque estos podían ser conocidos por el hoy solicitante en tanto en cuanto este conoce la operación de la privatización parcial de la empresa desde su origen y es nombrado consejero en enero de 1993", añade.
"El definitiva, tanto porque el medio de prueba no puede considerarse nuevo en sentido legal, como porque de él no se derivaría de manera evidente el efecto perseguido por el solicitante, su inocencia, no cabe dar lugar a lo que pide", añade el auto en su razonamiento jurídico.
El acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid del 22 de diciembre de 1992, con las objeciones del interventor general, aprobó la adjudicación a la oferta de Funespaña S.A. para la privatización parcial de la Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid S.A. (EMSFMSA), en concreto mediante la venta del 49 por ciento del Patrimonio Neto de la sociedad municipal.







 


 

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