Deutsche
Bank
España
ha
negado
ante
el
Juzgado
de
Instrucción
número
56
de
Madrid
haber
dado
asesoramiento
a
sus
clientes
que
compraron
participaciones
preferentes
de
Lehman
Brothers
y
los
bancos
islandeses,
Landsbanki
y
Kaupthing,
todos
ellos
quebrados
en
2008.
Así
lo
aseguró
la
decena
de
comerciales
de
la
entidad
que
declararon
hoy
como
testigos
en
el
juicio
por
la
demanda
presentada
contra
Deutsche
Bank
España
por
36
clientes
afectados
por
la
quiebra
de
las
tres
entidades
y
que
le
reclaman
un
total
de 3
millones
de
euros,
según
fuentes
jurídicas.
La
primera
sesión
de
la
vista
oral
estuvo
marcada
por
el
veto
impuesto
a la
prensa
y a
los
afectados
por
parte
de
la
juez
Ana
Cristina
Lledó
para
estar
presentes
en
el
juicio.
Durante
la
sesión,
los
gestores
de
Deutsche
Bank
explicaron
que
siempre
actuaron
bajo
una
orden
directa
de
los
propios
clientes,
por
lo
que
no
tenían
la
obligación
de
asesorar
ni
evaluar
sus
conocimientos
financieros,
ya
que
todavía
no
había
entrado
en
vigor
la
normativa
Mifid,
de
noviembre
de
2007,
que
obliga
a
los
bancos
a
realizar
un
test
de
conocimientos
financieros
a
los
clientes.
El
letrado
de
los
afectados,
Fernando
Zunzunegui,
explicó
que
el
banco
incumplió
el
Real
Decreto
629/1993
sobre
Normas
de
actuación
en
los
Mercados
de
Valores
y
Registros
Obligatorios,
que
ya
obligaba
a
las
entidades
a
conocer
el
perfil
financiero
del
cliente
y a
ofrecerle
productos
adecuados,
advirtiendo
del
posible
riesgo.
Según
informaron
los
abogados
de
los
demandantes
de
los
bufetes
Zunzunegui
y
Jausas,
durante
la
vista
también
declaró
como
testigo
el
director
del
Centro
de
Inversiones
de
Deutsche
Bank
España,
Luis
Martín-Jadraque,
quien
explicó
que
la
entidad
sólo
garantiza
el
100%
los
productos
financieros
que
tienen
al
propio
banco
como
garante.
En
este
sentido,
el
responsable
de
productos
de
Deutsche
Bank
defendió
que
el
banco
no
tenía
la
obligación
de
informar
a
los
clientes
cuando
se
trataba
de
participaciones
preferentes
que
cotizan
en
mercados
secundarios,
como
las
de
Lehman
Brothers
y
los
bancos
islandeses.
JUICIO
SIN
PÚBLICO.
Antes
de
comenzar
la
sesión
del
juicio,
la
juez
obligó
al
público
a
salir
de
la
sala
sin
dictar
auto
motivado
para
justificar
la
celebración
de
la
vista
a
puerta
cerrada,
tal
y
cómo
establece
el
artículo
185
de
la
Ley
de
Enjuiciamiento
Civil.
Esto
se
produjo
después
de
que
el
letrado
de
Deutsche
Bank
mostrara
su
indignación
señalando
a
los
informadores
presentes
y
exclamando
"hay
dos
periodistas
en
la
sala".
La
magistrada
ordenó
entonces
el
desalojo
por
la
"falta
de
espacio",
dadas
las
reducidas
dimensiones
de
la
sala
y la
decena
de
testigos
que
estaban
citados.
Esta
actuación
vulnera
el
derecho
de
información
reconocido
en
el
artículo
20
de
la
Constitución
Española
y la
jurisprudencia
del
Tribunal
Constitucional,
que
en
sentencia
57/2004,
estableció
que
"las
audiencias
públicas
judiciales
son,
pues,
una
fuente
pública
de
información",
y la
prohibición
de
tal
derecho
"ha
de
realizarse
de
forma
expresa
en
cada
caso
por
el
órgano
judicial".
El
juicio,
señalado
desde
el
pasado
mes
de
octubre,
continuará
mañana
con
la
ratificación
de
los
informes
periciales
por
parte
del
catedrático
de
Economía
Financiera
de
la
Universidad
Autónoma
de
Madrid
Prosper
Lamothe
y el
catedrático
de
Economía
de
la
Empresa
de
la
misma
universidad
Juan
José
Durán.