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El Consell de l’Advocacia Catalana solicitará la suspensión cautelar del Turno de Oficio
MADRID, 02 de SEPTIEMBRE de 2011 - LAWYERPRESS
 

Consell de l’Advocacia CatalanaEl Consell de l’Advocacia Catalana solicitará la suspensión cautelar y presentará recurso contra la resolución de la Conselleria de Justicia de la Generalitat de Catalunya, publicada en el DOGC el pasado lunes 29 de agosto, según la cual los módulos de compensación económica de las actuaciones de los abogados inscritos en el Turno de Oficio para este año 2011 sufren un recorte de un 5%. El mismo recorte afecta a la subvención que Justicia abona a los Colegios para la gestión de los servicios del Turno de Oficio.
El Consell dels Il·lustres Col·legis d’Advocats de Catalunya (CICAC), que canaliza el pago del Turno de Oficio a los 14 Colegios de Abogados catalanes, se ha reunido hoy de urgencia para estudiar las medidas a adoptar ante la resolución de la Conselleria de Justicia. Los decanos de los catorce Colegios de Abogados catalanes han decidido, por unanimidad, pedir la suspensión cautelar y recurrir la resolución de la Conselleria.
A principios de este año, el CICAC estuvo negociando con el Departamento de Justicia la manera de contener el gasto de la partida presupuestaria correspondiente al Turno de Oficio y Asistencia al Detenido (TOAD), sin que se vieran afectadas las retribuciones que reciben los abogados que prestan estos servicios pero, al no llegar a ningún acuerdo, Justicia ha publicado la resolución en el DOGC que fija una rebaja de un 5% de los módulos del turno de oficio y de otro 5% de los gastos de gestión colegial, recortes que la abogacía considera totalmente inaceptables

Los pagos atrasados, aún pendientes
El último pago se llevó a cabo a mediados de julio, cuando se abonaron las cantidades correspondientes a los servicios efectuados durante los meses de marzo y el 55% de los de abril. El Consell ha vuelto a instar firmemente a la Conselleria el pago de los importes que se deben a los abogados por las actuaciones efectuadas en los meses de mayo, junio, julio y agosto, y exige la puntualidad de los futuros pagos.

 


 




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