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Cuatrecasas considera que la reforma laboral contiene elementos de posible inconstitucionalidad
MADRID, 14 de FEBRERO de 2012 - EUROPA PRESS
 

socio y presidente del Instituto Internacional de Estrategia Legal Cuatrecasas y catedrático de Derecho del Trabajo de la Facultad de Derecho de Esade, Salvador del ReyEl socio y presidente del Instituto Internacional de Estrategia Legal Cuatrecasas y catedrático de Derecho del Trabajo de la Facultad de Derecho de Esade, Salvador del Rey, ha considerado que la reforma laboral contiene elementos que podrían someterse al estudio constitucional, pero añadió que eso sucede en todos los cambios normativos.
"Más que razones de inconstitucionalidad, existen determinadas opciones que pueden ser discutidas a la luz de la Constitución Española", explicó Del Rey durante un encuentro con los medios de comunicación para analizar la reforma laboral, aprobada el pasado viernes por el Consejo de Ministros.
Sin embargo, el catedrático indicó que la posible inconstitucionalidad surge "en todos los cambios legales" y corresponde al Tribunal Constitucional analizar los posibles elementos que vulneren los derechos constitucionales y sacar conclusiones al respecto.
En este sentido, Del Rey se limitó a concretar que de las novedades que incluye la reforma laboral se podría "redefinir el periodo de prueba" de un año incluido en el nuevo contrato indefinido para empresas de menos de 50 trabajadores, que permite el despido procedente sin causa justificada.
Del Rey explicó que el periodo de un año puede nos ser compatible con el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que estipula que la duración del periodo de prueba no puede excederse de seis meses para los técnicos titulados, ni más de dos meses para los demás trabajadores y, en las empresas de menos de 25 empleados no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
El abogado especificó que el periodo de prueba "tiene que tener una justificación" legal más definida para que los jueces puedan aceptar el despido procedente transcurrido un año y, en este sentido, defendió que se deberían incluir las causas organizativas de la empresa para su justificación, que actualmente se basa solo en el mutuo conocimiento entre empleado y empleador.

"MINIMALISMO TOTAL" EN LAS CAUSAS DE DESPIDO
El presidente del Instituto Internacional de Estrategia Legal Cuatrecasas consideró que la reforma laboral imprime un "minimalismo total" a las causas económicas objetivas del despido procedente (20 días por año), ya que fija en tres trimestres la caída de las ventas en la empresa, pero no define el tiempo legal mínimo de pérdidas para justificar los despidos.
En este sentido, De Rey explicó que "no hay referencia en esa norma a la justificación del despido" y que el legislador "debería dar una mayor guía al juez porque el nivel de justificación queda a su criterio".
Por último, el catedrático afirmó que, teniendo en cuenta las previsiones económicas para 2012, durante este año "puede haber un incremento del paro, pero es difícil ver a una empresa despidiendo solo por la aprobación de la reforma".
En este sentido, Del Rey señaló que las consultas que está recibiendo por parte de los clientes, tras la aprobación de la nueva normativa laboral, en su mayoría se centran en cómo aplicar más flexibilidad interna para hacer frente a la crisis económica.


 


 




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