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El ICAIB reitera la advertencia sobre el riesgo de brecha social que puede generar la imposición generalizada de tasas judiciales en la segunda instancia
MADRID, 02 de ABRIL de 2012 - LAWYERPRESS
 

La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Baleares ha reiterado hoy su rechazo a la revisión al alza, así como a la extensión de las tasas judiciales que fue aprobada el viernes por el Consejo de Ministros.
En el mes de enero, la corporación colegial ya advirtió de que la generalización del pago de tasas judiciales en la segunda instancia de las jurisdicciones civil, contencioso-administrativa y su instauración, por primera vez, en la segunda instancia de la jurisdicción social, podría acabar en la práctica por crear un sistema que propicie la existencia de una justicia para ricos y otra para pobres, aun cuando el anteproyecto prevea eximir del pago de las mismas a los beneficiarios de la justicia gratuita.
En este sentido, argumentó en su momento el ICAIB, la imposición de dicho modelo de tasas es, primero, como presuponer que los jueces nunca se equivocan y, segundo, y mucho más grave, podría llegar a disuadir a muchas personas, sobre todo a aquellas con recursos económicos más limitados, a pedir la revisión de las resoluciones judiciales que consideran injustas o lesivas para sus intereses.
El Colegio de Abogados considera que es factible establecer mecanismos para corregir o sancionar aquellos casos puntuales en los que se acredite la existencia de temeridad o mala fe en el uso de los recursos. Sin embargo, opina, suponer que todo el que pone un recurso está haciendo un mal uso de la Justicia es algo muy alejado de la realidad, máxime si se tiene en cuenta que la mayor parte de los ciudadanos que, además, contribuyen con sus impuestos al financiamiento del servicio público de la Justicia, preferiría no verse inmersos en un litigio en los tribunales.
Por este motivo, y aun cuando el órgano colegial considera plausible toda propuesta que pretenda reducir los tiempos de la justicia, advierte que la consecución de una justicia más ágil no puede ni debe hacerse a costa de un recorte de los derechos de las personas o de mermar sus posibilidades reales de solicitar la revisión en segunda instancia de las decisiones de los jueces.

 


 



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