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La Asociación SCEVOLA, formada por juristas, en su mayoría abogados en ejercicio y que propugna tanto la Ética como la calidad en su cometido profesional, a la vista de los acontecimientos del denominado “Caso Dívar”, que afectan, como es notorio, al que ha sido el más alto representante del Poder Judicial y del Tribunal Supremo en un supuesto que, prima facie, constituye un claro ejemplo de falta de ética en el ejercicio de altas funciones públicas, se ve obligada a pronunciarse en los siguientes términos: PRIMERO.- Toda persona, y más aún si ostenta la condición de autoridad, tiene el deber de civilidad pública que la obliga ante sus conciudadanos a actuar de forma moralmente razonable y, por lo tanto, ejemplar, debiendo ser consciente de la trascendencia y la repercusión social de su función. SEGUNDO.- En este sentido, la utilización sin escrúpulo ni cuidado de los fondos públicos, que ya es una conducta incívica y reprobable de por sí, cuando además se gastan para actividades privadas por parte de quien ostenta dicha condición de autoridad, es un claro ejemplo de gravísima vulneración de dichos deberes de civilidad pública. TERCERO.- Si, además, quien incurre en dicha vulneración es un jurista que ostenta la más alta responsabilidad, como es el caso del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, el daño que se ocasiona a dichas instituciones y a la credibilidad de las mismas puede ser de enorme gravedad y, en alguna medida, irreparable. CUARTO.- En este sentido, SCEVOLA, en coherencia con los valores que propugna, se siente obligada a manifestar su honda preocupación por las informaciones sobre la conducta del Sr. Dívar, en el ejercicio de sus cargos y de las que, en principio, se desprenden actuaciones contrarias al correcto ejercicio de su labor y que afectan gravemente a bienes jurídicos fundamentales inherentes a su condición de autoridad y responsable público. QUINTO.- En coherencia con todo lo anterior, y a la vez que manifestamos nuestro rechazo más enérgico a dichas prácticas de gasto gravemente dispendioso del dinero público y, aún más, sin relación con la función pública para la que se encuentra presupuestado, solicitamos que, al margen de la obligada dimisión del Sr. Dívar, ya producida, se adopten las medidas necesarias, sean del signo que sean, para restablecer la situación gravemente alterada por las citadas conductas, y a la vez se exijan las responsabilidades en el ámbito que legalmente corresponda. SEXTO.- Por último, hacemos de nuevo un llamamiento a todos lo que participan en el servicio público de la Justicia a una reflexión y a unos pactos suficientemente amplios como para impedir definitivamente situaciones bochornosas como las mencionadas.
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