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De hecho, el ICAIB fue uno de los primeros en advertir que dicho incremento, así como su instauración en alguna orden jurisdiccional donde antes no existía, puede crear un efecto disuasorio y, a corto o medio plazo, favorecer la existencia de una justicia para ricos y otra para personas sin recursos
El Ilustre Colegio de Abogados de Baleares ha mostrado su total apoyo a la propuesta de enmiendas al proyecto de ley por el que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, que el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) remitió el viernes pasado a la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados. En sus alegaciones, el Consejo General considera que “la constitucionalidad o inconstitucionalidad de esta medida legislativa se verá en el futuro, con grandes riesgos debido a la exagerada cuantía del tributo” o a la ampliación de órdenes jurisdiccionales que se sujetan a las nuevas tasas, como el social, tradicionalmente excluido. Esta alegación de la Abogacía se sustenta en la sentencia 20/2012 del Tribunal Constitucional, que cuestiona la legalidad de este tributo “si se mostrase que la cuantía de las tasas establecidas son tan elevadas que impiden en la práctica el acceso a la jurisdicción o lo obstaculizan en un caso concreto en términos irrazonables”. De hecho, la abogacía balear fue una de las primeras en expresar su rechazo al importante aumento experimentado por las tasas o la imposición de algunas nuevas en jurisdicciones donde no existían, dado que, advertía la Junta de Gobierno en enero de este año, esta medida `puede acabar creando una brecha social y propiciar la existencia de una justicia para ricos y otra para personas con pocos recursos económicos. Para los miembros de la Junta, el incremento de las tasas puede disuadir a muchas personas, sobre todo a las que poseen recursos insuficientes, a pedir la revisión de aquellas resoluciones judiciales que consideran injustas o lesivas para sus intereses. En este sentido, la abogacía balear considera que las medidas pensadas para reducir los tiempos de la justicia deben ser bienvenidas, siempre y cuando, como sería el caso, no se realicen a costa de recortar los derechos de las personas o de limitar el acceso a la tutela judicial efectiva. En similares términos se expresa la abogacía española, para que la imposición de nuevas y más elevadas tasas tiene un “efecto disuasorio en numerosos casos, mucho más de los deseables y, sobre todo, en los de especial cuantía”. Para la Abogacía, esta situación determina “una inexorable imposibilidad de acceder a la Jurisdicción y, en consecuencia, un injusto desconocimiento del derecho a la tutela judicial efectiva”. Como ejemplo de la exagerada cuantía de las tasas, el Consejo General de la Abogacía Española ha remitido a los diputados varios ejemplos de la obstaculización al acceso a la Justicia. Ante una multa de tráfico por un importe de 100 euros, el proyecto de ley establece que el ciudadano que quiera acudir a la jurisdicción contencioso-administrativo para impugnar la sanción de la Dirección General de Tráfico debe abonar la cantidad fija de 200 euros. Esta situación es, cuanto menos, obstaculizar el acceso a la Justicia en términos irrazonables, señala el CGAE. La tasa no debe financiar la justicia gratuita Por otro lado, Abogacía Española considera en sus alegaciones que las tasas, de acuerdo con la Ley 8/1989 de Tasas y Precios Públicos, deben tender en exclusiva a cubrir el coste del servicio o de la actividad que constituya el hecho imponible. Este principio configura la obligación de pagar a la Administración Pública por haber prestado un servicio del que se beneficia el usuario, por lo que la “imposición de una tasa debe vincularse al servicio prestado y no a otro servicio distinto que afectará lógicamente a personas distintas de aquéllas que satisfacen la tasa en cuestión”. Por ello, concluye el CGAE, la afectación de la tasa, según prevé el artículo 11 del proyecto de ley, a la financiación de la asistencia de Justicia Gratuita “resulta exótica a las tasas como tributos en nuestro país”.
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