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Con el objetivo común de aunar esfuerzos para contribuir a mejorar la Justicia, los procuradores de los Tribunales y los secretarios judiciales han celebrado en Valladolid sus IV Jornadas Nacionales. En el encuentro, representantes de ambos colectivos buscaron y consiguieron importantes puntos de encuentro, plasmados en cinco conclusiones finales. Entre ellas, ambos colectivos profesionales, "demandan la reforma y modernización de la Administración de la Justicia", así como la necesidad de "introducir las modificaciones legislativas necesarias para una mayor eficacia de los actos de comunicación y del sistema de ejecución en nuestro ordenamiento jurídico procesal". Otra de las conclusiones de la IV Jornada, recoge "la necesidad de dotar de más funciones a secretarios y procuradores en materia de ejecución, configurando la Ley Orgánica del Poder Judicial como la norma básica reguladora de la estructura y funcionamiento de la Administración de Justicia". Tras dos días de intenso trabajo y debate, secretarios y procuradores piden que "la futura Ley de la Jurisdicción Voluntaria debe atribuir con carácter preferente la tramitación y resolución de todos los expedientes contemplados en la misma a los Secretarios Judiciales salvo aquellos que esta reserve a Jueces y Tribunales". Por último, los Secretarios Judiciales y Procuradores han coincidido en la vigencia de este tipo de jornadas, ya que no solo tienen como objetivo “aunar posiciones y buscar puntos de encuentro” para contribuir a “mejorar” la Administración judicial, sino que también esta mutua colaboración es imprescindible porque los ciudadanos “se merecen todos esfuerzos para mejorar la Justicia”. CONCLUSIONES 1.- Procuradores de Los Tribunales y Secretarios Judiciales demandamos la reforma y modernización de la Administración de Justicia tomando como base la Nueva oficina judicial, su consolidación y despliegue, y necesariamente: Configurando la Ley Orgánica del Poder Judicial como la norma básica reguladora de la estructura y funcionamiento de la Administración de Justicia. Adaptando la Planta, la Demarcación Judicial y la puesta en marcha de los Tribunales de Instancia. Implantando el expediente judicial electrónico. 2.- Introducir las modificaciones legislativas necesarias para una mayor eficacia de los actos de comunicación y ejecución en nuestro ordenamiento jurídico procesal, potenciando las funciones de los Secretarios Judiciales y de los Procuradores. Estos las ejecutarán con carácter de agente de la autoridad y bajo la dirección del Secretario Judicial. 3.- Las funciones encomendadas a los Secretarios Judiciales en la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial han incrementado la velocidad de respuesta de los procesos y resoluciones procesales, por lo que debe profundizarse en la atribución de competencias a los Secretarios Judiciales. 4.- La futura Ley de la Jurisdicción Voluntaria debe atribuir con carácter preferente la tramitación y resolución de todos los expedientes contemplados en la misma a los Secretarios Judiciales salvo aquellos que esta reserve a Jueces y Tribunales. 5.- Secretarios Judiciales y Procuradores de los Tribunales optan decididamente por el sistema organizativo que introduce en la L.O.P.J. la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, y por la mejora que al mismo pueda ofrecer la intervención, al inicio del proceso, del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales en la depuración de la pretensión , ya admitiendo las demandas, ya orientándolas a mediación o conciliación, o a sistemas monitorios y sumarios que deben generalizarse en agilización de los procesos judiciales.
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