Más de 40 personas llenaron el pasado jueves, 22 de marzo, una de las aulas del Centro Cívico Isabel de Farnesio en Aranjuez para escuchar al Dr. Fernando González Torralba, neumólogo del Hospital del Tajo de Aranjuez, y a tres abogadas del Colectivo Ronda, especialistas en enfermedades laborales.
Marta Barrera, Raquel Lafuente y Esther Pérez, letradas del Colectivo Ronda (despacho con más de 30 años en la defensa de los derechos de los trabajadores en el campo de las enfermedades laborales), desgranaron porqué el sur de Madrid es la zona ‘cero’ del amianto en la Comunidad de Madrid: “Entre los años 70 y el año 2000, unos 15.000 trabajadores estuvieron expuestos en la Comunidad Autónoma de Madrid. Y en esta zona del sur de Madrid, la exposición fue diez veces mayor”, relató Marta Barrera. “Femsa, Fibro Tubo, Uralita, Bosch…le llamamos genocidio ‘laboral’ porque las empresas sabían el peligro al que estaban exponiendo a sus trabajadores. Pero el amianto era un material muy barato y eso les permitió lucrarse”, se lamentó.
Algo que los trabajadores, los familiares de estos y los vecinos de estas fábricas han pagado muy caro durante estos años. “Las empresas incumplieron la normativa a sabiendas. Una normativa que empezó ya en los años ’40, pero muchas miraron hacia otro lado”, explicaron desde Colectivo Ronda. “Muchas esposas e hijas de trabajadores también han enfermado y muerto al encargarse de lavar la ropa de sus maridos y padres. Ropa que no se debía lavar en casa”, recordó Barrera.
Y todavía no se ha llegado a la punta de afectados. El amianto tiene un largo periodo de latencia. “Pueden pasar entre 25 y 50 años hasta que las enfermedades derivadas del amianto, como la asbestosis, cáncer de pulmón y mesotelioma o cáncer de pleura, entre otras. A los médicos nos resulta difícil diagnosticar este tipo de enfermedades”, explicó el Dr. González Torralba. “Hay varios factores a tener en cuenta que pueden modular las consecuencias: el tiempo de exposición, el tipo de esta exposición… se prevé que se produzcan muertes por culpa del amianto hasta el año 2040”.
Entre los asistentes, una de las mayores incógnitas era saber cómo reclamar. De hecho, muchos de los afectados que hay en toda España no saben que en determinadas circunstancias existe la posibilidad de reclamar en los juzgados a pesar de que haya transcurrido el tiempo: “Por ejemplo, puede haber el caso de una viuda del año, pongamos, 1977, y si demostramos que su marido fue víctima del amianto, seguir con la demanda haga los años que haga que esa muerte se produjo”, explicó Marta Barrera a los presentes.
“A nivel de derecho laboral, lo más importante es que la Seguridad Social reconozca una incapacidad”, señaló Raquel Lafuente. “En caso de que se reconozca que la causa de la defunción es una enfermedad profesional, la viudedad no prescribe» como explica Marta. Un segundo paso es conseguir el recargo de prestaciones. Significa que la pensión que se nos ha concedido se incremente, y que este recargo lo abone la empresa. Puede ser un 30% o un 50% más. Eso dependerá del grado de negligencia que hayan cometido las empresas. Para ese segundo paso, tenemos cinco años”, aseveró Lafuente.
Lafuente también expuso el tercer procedimiento posible: la indemnización por daños y perjuicios. Tenemos un año desde que se reconoce la enfermedad profesional. “Lo bueno es que la carga de la prueba es de la empresa. Es decir, laboralmente, es la empresa la que tiene que demostrar que el cáncer, por ejemplo, es por el tabaco, no por el amianto. Y eso es imposible”, aseguró Lafuente.