El Juzgado de lo Penal número 17 de Madrid ha absuelto, en firme, a un hombre acusado por un delito de estafa con Bitcoins, para el cual, el Ministerio Fiscal solicitaba 2 años de prisión.
Los hechos tuvieron lugar cuando una víctima interesada en el alquiler de una vivienda vacacional contacta, a través de un portal web, con el supuesto propietario de un apartamento, el estafador.
Éste pedirá, a la misma, que le facilite sus datos personales y copia de su DNI para formalizar la reserva del alojamiento que, además, debe señalizar efectuando un ingreso en una cuenta bancaria de la que no es titular. Dicha cuenta corresponde, en realidad, a un tercero al que el estafador usará como ‘tonto útil’ de la operación y a quien ha solicitado, previamente, la adquisición de Bitcoins, proporcionándole, a su vez, para la transacción, los datos de la primera víctima interesada en el alquiler vacacional.
Una vez recibido el dinero en la cuenta consignada, el ‘tonto útil’ (y propietario de la criptomoneda) enviará el pedido de ‘Bitcoins’ al estafador, creyendo que se trata de una transacción lícita cuando, en realidad, lo que se está produciendo es una doble estafa, casi perfecta.
Cuando la víctima inicial hace el ingreso, quien percibe el dinero es la víctima propietaria de dicha criptomoneda. Momento en el que el estafador recoge el dinero virtual y desaparece, pues este tipo de operaciones son muy complicadas de rastrear cuando se actúa con celeridad y precisión.
En el momento que la primera víctima, la arrendadora, se percata de que está siendo víctima de un proceso de estafa al no recibir respuesta una vez realizada la transferencia, decide denunciar al propietario de la cuenta donde realizó el ingreso, acabando el propietario de los Bitcoins en el banquillo, en vez del verdadero estafador.
La línea de defensa seguida por el letrado penalista Juan Gonzalo Ospina sirvió para demostrar ante el Juzgado de lo Penal 17 de Madrid que el acusado, el dueño legítimo de los Bitcoins, no actuó cumpliendo los elementos del tipo penal por estafa: ni engañó él a la víctima del alquiler, y mucho menos actuó con dolo, ya que previamente había pedido el supuesto DNI y pasaporte al comprador de Bitcoins, quien se hizo pasar por la arrendadora.
Así fue entendido por el Tribunal, que dictó sentencia absolutoria para otra víctima de los delitos por estafa online, cada día más en auge.