Reclaman tres millones por las gravísimas lesiones que sufrió su hijo recién nacido

Publicado el miércoles, 22 diciembre 2021

Un matrimonio de Yecla se querella contra una médico y un enfermero por supuesta negligencia, al no controlar el sangrado del bebé por el cordón. La familia pone el asunto en manos del mejor abogado penalista de Murcia, Pardo Geijo.

Las gravísimas secuelas que arrastra un niño yeclano como consecuencia de una supuesta negligencia sanitaria, ocurrida pocos minutos después de haberse producido su alumbramiento en 2017, han llevado a sus padres a presentar ahora una querella, ya admitida a trámite, contra la doctora y el enfermero a quienes hacen responsables de una deficiente atención sobre el pequeño, quien estuvo a punto de morir desangrado y al que le ha quedado una invalidez absoluta. Además de acusar a los dos profesionales sanitarios de un presunto delito de lesiones por imprudencia grave, reclaman una indemnización de tres millones de euros que, en una primera lectura, puede parecer

elevadísima, pero que lo es menos si se tiene en cuenta que la propia Administración ya reconoció el año pasado el derecho de este matrimonio a percibir casi 1,5 millones de euros.

Los hechos por los que ahora se instruirán diligencias en un juzgado de Murcia se remontan a la noche del 1 de junio de 2017, que fue cuando se produjo el alumbramiento del pequeño en el Hospital Virgen del Castillo de Yecla. El nacimiento fue prematuro y el bebé pesó solamente 1,3 kilos, lo que llevó al pediatra encargado de atender el parto a mostrar su preocupación ante la posibilidad de que el niño, debido a su precario estado de salud y a la sospecha de una enfermedad pulmonar, pudiera cansarse de respirar en el plazo de unas tres horas, lo que habría determinado su fallecimiento.

En esas circunstancias, lo que se hizo fue reclamar la presencia de una ambulancia medicalizada, UME, con el fin de que se procediera al traslado del bebé hasta el hospital Santa Lucía de Cartagena –La Arrixaca se descartó por falta de camas libres– para que fuera ingresado en la UCI neonatal. Sin embargo, según se reseña en la querella, durante largos minutos, desde las 20.54 horas en que se produce la petición del vehículo sanitario, hasta las 21.15 horas, la médico de la UME responsable del traslado habría dejado transcurrir «ese tiempo vital en meras disquisiciones burocráticas y organizativas», ya que en apariencia estaba empeñada en que fuera otra ambulancia la que se encargara de ese traslado, «en lugar de estar volcada en la asistencia» al pequeño.

Hemorragia de diez minutos. Indemnización record

El bebé no salió del hospital de Yecla hasta las 00.30 horas y, supuestamente, la pediatra, F.M.S., se sentó en el asiento del copiloto de la ambulancia, junto al conductor, mientras que quien viajaba junto al niño era un enfermero, M.A.S.M. Tal y como se reconoció por parte del Servicio Murciano de Salud (SMS) a petición del abogado penalista Raúl Pardo-Geijo en una orden dictada en diciembre del año pasado, por la que se admitía una mala asistencia sanitaria y se reconocía el derecho de los padres a ser indemnizados con 1,5 millones, «durante el traslado, el recién nacido sufrió un sangrado de más de diez minutos», que solo se detectó por la monitorización, a través de la alarma de bradicardia, ya que las pulsaciones de su corazón habían disminuido de manera crítica. Supuestamente, el niño estaba siendo trasladado con un pañal, algo que se recomienda evitar en estos casos, y esa prensa impidió que el enfermero se apercibiera de que el cordón umbilical, en el que se le había colocado un catéter, estaba registrando un abundante sangrado que comprometía la vida del pequeño.

Tal y como se reseña en la querella, «la recomendación ante neonatos con un catéter umbilical es que el pañal no tape la zona de inserción de ese catéter, precisamente para detectar de forma precoz una hemorragia u otra posible incidencia». Y añade que «la atención sobre ese catéter ha de ser máxima, extremando la vigilancia hasta la obsesión». Algo que en apariencia no se hizo, ya que solo se habría detectado el sangrado cuando se activó la alarma de bradicardia.  El bebé llegó a entrar en parada cardíaca durante el trayecto y hubo que comenzar a practicarle maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP), lo que motivó que la ambulancia se desviase hacia el hospital Virgen de la Arrixaca. Allí llegó el recién nacido en estado «hipotónico, no reactivo, bradipneico, pálido con acrocianosis y livideces», por lo que fue necesario intubarlo e ingresarlo en la UCI neonatal.

Según se relata en la querella que ha interpuesto el gabinete legal que dirige el penalista Raúl Pardo-Geijo Ruiz, el padre del pequeño tuvo que escuchar cómo un sanitario de La Arrixaca preguntaba al personal de la ambulancia, entre indignado y sorprendido, qué había pasado para que en el vehículo hubiera tanta sangre y les reprochaba que «con Seur hubiera venido mejor».

Infracción de la ‘lex artis’

El Consejo Jurídico de la Región de Murcia, tras analizar el asunto planteado por el prestigoso abogado penalista, ya admitió en su dictamen que «hubo en la actuación de los profesionales de la UME una infracción de la ‘lex artis ad hoc’ –esto es, de sus deberes profesionales–, por haber actuado tarde en el control de la hemorragia al no haber tenido visible en todo momento el catéter umbilical, siendo dicha hemorragia, con el shock hipovolémico consecuente y la parada cardiorrespiratoria que se produjo, la causa más probable de la encefalopatía hipóxico-isquémica neonatal y de la sintomatología neurológica derivada de la misma que presentó el recién nacido». A consecuencia de todo aquello, el pequeño ha quedado con gravísimas secuelas neurológicas, tetraparesia, alteración muy grave de las funciones cerebrales y otros perjuicios, lo que se traduce en una incapacidad absoluta.

De esta manera, «teniendo presente la imposibilidad de cuantificar el sufrimiento que supuso, supone y supondrá tan dolorosísimo suceso, perfectamente evitable de haber sido empleada la diligencia más esencial y elemental que compete a un profesional de la medicina, y muy especialmente a un profesional sanitario encargado de una ambulancia del 061, estimamos que la compensación siquiera material, que no moral, del daño debe ser cuantificada en 2,9 millones de euros», concluye en querella Pardo Geijo, y ello sin perjuicio de las penas de cárcel a las que haya lugar.

Sobre el autor
Redacción

La redacción de Lawyerpress NOTICIAS la componen periodistas de reconocido prestigio y experiencia profesional. Encabezado por Hans A. Böck como Editor y codirigido por Núria Ribas. Nos puede contactar en redaccion@lawyerpress.com y seguirnos en Twitter en @newsjuridicas

Comenta el articulo