El administrador concursal, garantía de seguridad jurídica y eficiencia en los procedimientos judiciales

Publicado el lunes, 30 mayo 2022

Alicia Tabanera, directora legal de Asemar y experta en la gestión masiva de procedimientos concursales.

Alicia Tabanera

Alicia Tabanera

En una situación tan delicada como la insolvencia de una empresa, el papel del administrador concursal se hace más imprescindible que nunca, ya que es el profesional idóneo para evaluar, analizar y comprobar que la empresa declara el concurso cumpliendo con todas los requisitos y formalidades legales, lo que contribuye a reforzar las garantías legales de todo el procedimiento. Excluir la figura del administrador concursal para microempresas y la segunda oportunidad, como prevé el Anteproyecto de Ley Concursal, expone al deudor a una situación económica incierta y genera inseguridad jurídica para el acreedor.

Esto es especialmente relevante en un contexto de aumento de los concursos de acreedores, que llegaron casi a los 5.500 en 2021, presentando un incremento del 31% respecto al año anterior y que va a sobrecargar aún más a la Administración de Justicia. Una situación que además se ha visto agravada por la pandemia y la inflación, generando un contexto especialmente delicado para la pyme y la micropyme, que representan alrededor del 99% de nuestro tejido productivo y son la clave del funcionamiento de nuestra economía.

Es por ello que, desde las entidades especializadas en la subasta y venta de activos procedentes de los concursos, consideramos que las figuras profesionales implicadas en los procedimientos, y especialmente los administradores concursales, son esenciales para aportar seguridad jurídica, rapidez, transparencia y una publicidad efectiva de los activos en concurso. La falta de seguridad jurídica ante la supresión de figuras profesionales en el procedimiento como letrados, procuradores y entidades especializada genera una indefensión al deudor, principalmente en aquellas personas con menos recursos a su alcance, condenándolas a transitar solas en el procedimiento concursal en ocasiones inasumible. Además, provoca también una indefensión entre los acreedores, que se enfrentan a un proceso menos garantista.

Unas figuras profesionales que además redundan en una menor saturación de la Administración de Justicia. De hecho, el trabajo del administrador concursal contribuye a aliviar la sobrecarga de los juzgados gracias a una ágil gestión, para lo que también es importante el papel de las entidades especializadas, que tenemos el conocimiento y las herramientas para vender con la mayor celeridad posible los activos provenientes de procedimientos concursales. Así, ambas figuras descargamos al sistema judicial a través de procesos extrajudiciales, resolviéndolos en un proceso rápido, transparente, y que dota de seguridad jurídica a los implicados, sean deudores o acreedores.

En este sentido, desde las entidades especializadas asumimos en todo momento el necesario acompañamiento legal al deudor, inmerso en un duro proceso. Cumplimos así con nuestro deber de aportar seguridad jurídica a uno de los actores del procedimiento concursal y ofrecemos las debidas garantías a los acreedores.

Evitar suprimir figuras profesionales y concurrir con la plataforma de liquidación única

La falta de agilidad del procedimiento concursal vendrá provocada por la supresión de las figuras profesionales en el procedimiento concursal de pequeñas empresas. Esto dificultará su tramitación, dilatándose en el tiempo, y privando al proceso de transparencia y seguridad jurídica.

Asimismo, la creación de una plataforma pública de liquidación con el afán de reducir los procesos liquidatarios deja de lado toda la experiencia acumulada y que han podido demostrar las entidades especializadas hasta ahora, especialmente clave durante la crisis provocada por la pandemia. Durante este tiempo, entidades como Asemar han demostrado que son un gran valor añadido frente a las liquidaciones realizadas a través del BOE. Ahora el nuevo texto de ley contempla la creación de una plataforma pública que viene a reforzar la labor del BOE hasta ahora.

Desde entidades especializadas como Asemar, consideramos que existen elementos preocupantes ya que las empresas especializadas quedan expuestas, especialmente a través de la creación de esta nueva plataforma creada por el Estado, en un texto que desmonta la colaboración del sector público y el privado en el procedimiento concursal y que tampoco tiene en cuenta el papel del administrador concursal a la hora de reducir la sobrecarga de la Administración de Justicia, ni la seguridad jurídica de las partes. Además, supone un giro de guion respecto del escenario opuesto de hace un año, cuando sólo cabía la posibilidad de liquidar los activos mediante plataformas pertenecientes a entidades especializadas, generando inseguridad para todo el sector.

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