Dejando atrás la referencia al “buen padre de familia” del Código Civil

Publicado el lunes, 3 octubre 2022

Juan Carlos Martínez Ortega, Doctor en Derecho. abogado, profesor de Derecho civil

Juan Carlos Martínez Ortega

Juan Carlos Martínez Ortega

Nuestro Código civil vio la luz en el mes de julio del año 1889, su redacción tuvo una notable y clara influencia del Código civil francés de 1804. Han pasado más de 130 años desde que esta importantísima publicación ha regulado de forma sistemática las pautas que afectan a las personas en el ámbito civil.

En agosto del año 2014, el legislador francés ha eliminado de su código civil y de otras normativas la expresión “bon père de famille”, equivalente a nuestro “buen padre de familia” que recogen nueve artículos de nuestro CC (497, 1094, 1104, 1719, 1788, 1801, 1867, 1889 y 1903).  Pues bien, siguiendo a nuestros vecinos franceses, pero ocho años después, la actual ministra de Justicia, Pilar Llop Cuenca, en la sesión de control del Senado del día 8 de marzo de 2022 (Día de la Mujer) nos ha informado que es pretensión del ejecutivo “eliminar una expresión arcaica en nuestro código civil como es el de buen padre de familia”, al considerar que es “una reminiscencia que exige una adecuación improrrogable”. Dicho anuncio, aún pendiente de aplicación, ha suscitado varias controversias, tanto por parte de algunas “feministas” como por parte de algunos sectores conservadores.

Es justo referir que, en el año 2004, la Asociación de Mujeres Juristas Themis, con motivo de la reforma en materia de separación y divorcio, presentó unas conclusiones al Anteproyecto de la reforma del CC que, entre otras propuestas, planteaba la modificación de los citados artículos 1094 y 1903 de dicho cuerpo legal para cambiar la expresión “buen padre de familia” por no corresponderse con la realidad social.

Salvo Alemania, que se desprendió del bonus paterfamilias durante la codificación, otros países europeos aún lo conservan, como Italia (buen padre di familia) y Portugal (bom pai de familia).

En los países de corte romanista, como Francia y España, ha prevalecido el estándar patriarcal dominado por el llamado “cabeza de familia” que hoy está completamente superado. Pero ¿es tan necesaria la sustitución de la expresión `buen padre de familia`?

Para dar respuesta a la pregunta, debemos acudir a la realidad social de ámbito familiar. A este respecto, según establece la Organización Mundial de la Salud (OMS), podemos definir a la familia como el “conjunto de personas que conviven bajo el mismo techo, organizadas en roles fijos (padre, madre, hermanos, etc.) con vínculos consanguíneos o no, con un modo de existencia económico y social comunes, con sentimientos afectivos que los unen y aglutinan”. Desde luego, la configuración actual de la familia difiere muchísimo de la existente en el siglo XIX, e incluso, de la de unas pocas décadas atrás. Afortunadamente, existe una notable evolución social en el ámbito familiar, pudiendo encontrar hoy en día: familias biparentales sin hijos, familias biparentales con hijos, familias homoparentales, familias reconstituidas, familias monoparentales (de uno u otro sexo), familias de acogida, familias adoptivas y familias extensas.

Esta variedad en los tipos de familia debe abrir nuestra mente a aceptar modificaciones o sustituciones terminológicas acordes con la realidad social, que los juristas no podemos obviar, máxime estando en vigor la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, inspirada en el art. 14 de nuestra Carta Magna.

La expresión “buen padre de familia responde a la figura romana “diligens” o “prudenspaterfamilias, que no puede calificarse como estereotipo de orden sexual, ni siquiera familiar, salvo en su interpretación literal. Ciertamente toma su nombre de quien ejercía la potestas en el modelo de familia romana, que era una familia patriarcal, y también es verdad que el paterfamilias sólo podía serlo el varón, además de sui iuris, libre y ciudadano romano”[1]. Este es el origen del término y, evidentemente, por muchas razones, hoy ha quedado superado.

Si leemos los preceptos de nuestro Código civil podemos apreciar que la expresión “buen padre de familia” viene precedida de las palabras “cuidar”, “usos” y sobre todo “diligencia”.

El legislador francés ha sustituido la expresión “bon père de famille” por el estándar de origen anglosajón “reasonable person”, es decir, la persona razonable, con comportamiento, inteligencia y prudencia medias. Se ha utilizado la referencia al ciudadano del autobús de Clapham, que sería la persona normal y corriente que coge el autobús a diario para trasladarse al centro de Londres, aquella que es prudente, atenta, preocupada[2]. Por tanto, los términos “razonable” o “razonablemente” son utilizados en Francia en sustitución de la expresión “buen padre de familia”, para indicar cómo debe actuar una persona con el fin de evitar daños o perjuicios para con otros.

La definición que el Derecho europeo asigna a la expresión “razonable” consiste en lo que haría cualquier persona de buena fe, que se hallare en la misma situación que las partes contratantes. Además, debe tenerse en cuenta la naturaleza y objeto del contrato, así como las circunstancias del caso concreto.

Puedo corroborar por mi experiencia personal al impartir clases universitarias de Derecho civil de obligaciones, como al leer en clase algún artículo del Código Civil donde se recoge la expresión “buen padre de familia”, mis alumnos, futuros juristas, se quedan perplejos al observar la pervivencia de una expresión obsoleta y falta de aplicabilidad en la actualidad, lo que los lleva a ver el precepto como algo anacrónico, discriminatorio en algunos aspectos y alejado de la realidad social.

No sabemos que término se adoptará finalmente en España, si seguiremos la línea marcada por el legislador francés de “persona razonable” o se sustituirá por la propuesta uruguaya de “persona media, prudente y cuidadosa” u otra similar. Lo que es evidente es que cualquiera de las soluciones adoptadas recoge el estándar de debido cuidado y diligencia exigida a cualquier individuo, sea hombre o mujer, padre o madre. Se debe buscar un término neutro en aras de la igualdad que preconiza nuestra Constitución.

Es cierto que a los tribunales de justicia les corresponde aplicar los estándares de diligencia, razonabilidad y cuidado exigidos a los obligados al cumplimiento de los contratos y obligaciones, debiendo emitir juicios sobre situaciones concretas y valor si ha existido negligencia o falta de ética o no de los afectados.

Por otro lado, hay dos preceptos más en el Código Civil (arts. 917 y 1910) que hablan del “cabeza de familia” refiriéndose al varón, expresión igualmente, que tampoco debe tener cabida en nuestro ordenamiento. Este término fue suprimido en el año 1970 del Código Civil francés, hecho que verifica la ventaja que nuestros vecinos siempre nos sacan. Recordemos que como dispone el art. 66 CC “los cónyuges son iguales en derechos y deberes”, y, por ello, no existe cabeza o esposo dirigente, ni quien, utilizando una frase popular, “lleve los pantalones” en el hogar o en la familia.

El avance social en derechos y obligaciones que nos iguala a los seres humanos, seamos mujeres u hombres, solo se consigue ejercitando y conquistando los derechos día a día, no minimizando los avances legislativos por poco relevantes que parezcan.

No es nuestra misión juzgar el pasado ni las normas de convivencia que sirvieron en una época distinta, para personas menos libres y con pocos derechos. La sociedad y la familia, en este tiempo en que vivimos, ha evolucionado de forma extraordinaria y los textos legales deben ajustarse a la realidad que experimentan los ciudadanos, buscando un lenguaje idóneo y no discriminatorio con el que todos nos encontremos cómodos. Por eso, ¡adiós al `buen padre de familia` de nuestro Código Civil.


[1] TOMÁS MARTÍNEZ, G., La sustitución del “buen padre de familia” por el estándar de la “persona razonable”: reforma en Francia y valoración de su alcance. Revista de Derecho Civil, vol. II, núm. 1 (enero-marzo, 2015). Pág. 63.

 

[2] Entre los argumentos que se dieron en Francia para la modificación, según indica la Enmienda nº 249 de la Asamblea Nacional de 16 de enero de 2014 se encuentra: “Derivado del latinismo «bonus pater familias», la expresión «como buen padre» está contenida 15 veces en las partes legislativas de los códigos vigentes. Es una expresión obsoleta que se remonta al sistema patriarcal. Regularmente incomprendido por los ciudadanos, sin embargo, podría ser fácilmente reemplazado. Esta enmienda propone que la expresión “buen cuidado del padre” sea reemplazada por “cuidado razonable”, mientras que la expresión “en buen padre de familia” sería reemplazada por “razonablemente”.

 

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La redacción de Lawyerpress NOTICIAS la componen periodistas de reconocido prestigio y experiencia profesional. Encabezado por Hans A. Böck como Editor y codirigido por Núria Ribas. Nos puede contactar en redaccion@lawyerpress.com y seguirnos en Twitter en @newsjuridicas

2 Comentarios sobre este articulo. Comenta tu primero.

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    FERNANDO SERRANO NAVARRO 4 octubre, 2022 a las 16:55 - Reply

    Excelente artículo, claro, conciso y bien documentado.
    estoy totalmente de acuerdo con su contenido.
    Gracias, Juan Carlos.

  2. Avatar
    Juan Candela Cerdán 5 octubre, 2022 a las 09:38 - Reply

    Me ha parecido un artículo muy en boga, sobre la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer, es verdad que por ahí van los tiros de una igualdad en los ordenamientos jurídicos. Por algo hay que empezar. Me uno a la corriente de igualdad. Enhorabuena Juan Carlos, un artículo extraordinario.

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