El Juzgado de Primera Instancia número 6 (mercantil) de Lleida ha perdonado una deuda de 145.000 euros a un vecino de la capital del Segrià, T. M. S. M., que se vio inmerso en una situación de insolvencia al tener que cerrar su empresa porqué uno de sus clientes principales no le pagó sus facturas y para seguir adelante empezó a solicitar préstamos, a los cuales no pudo hacer frente, y por lo tanto no pudo remontar la situación. De este modo, el juez aplica la Ley de la Segunda Oportunidad al cliente de Bergadà Asociados y le exonera del pasivo insatisfecho.
En cuanto a los hechos, tal y como se ha mencionado, el hombre era administrador de una empresa de venta de ropa de trabajo y equipos de protección individual. Durante los primeros años el negocio era rentable y al ser un nicho especializado las expectativas de futuro eran positivas. Uno de los principales clientes a los que proveía entró en insolvencia y dejó de pagar facturas pendientes.
Al tratarse de un pequeño negocio no existían suficientes recursos para poder cubrir las obligaciones que tenía adquiridas, entre ellas las de deuda pública. «Con la intención de poner al día la situación económica empresaria y para poder abrirse a un nuevo mercado, y así conseguir nuevos clientes, solicitó financiación, la cual fue avalada personalmente», explica la abogada y socia fundadora de Bergadà Asociados, Marta Bergadà, quien ha llevado el caso.
«La empresa funcionó durante 12 años y cuando no cobré lo de aquella empresa todo se empezó a desmoronar, ya que recibí un mal asesoramiento. Ya no remonté y me dolieron las palabras de un conocido, que me manifestó que había muerto de éxito”, comenta el cliente. Así, al final tuvo que dar el “persianazo” después de aguantar cuatro años malos y de invertir todos sus ahorros en ese negocio.
Asimismo, también recuerda que, «debido a esa situación, un día estaba en la tienda, me dio un ataque de ansiedad y caí desplomado. Suerte que entró un cliente y me encontró. Rápidamente, me llevaron al Hospital Arnau de Vilanova y allí me dijeron que todo era fruto de lo que estaba que estaba viviendo. Siempre he tenido mucha dedicación al deporte, pero entonces entré en un bucle de malos horarios, mala alimentación y muchas preocupaciones, generados por el estrés».
Finalmente, y tras no poder reflotar el negocio, busco trabajo como asalariado para poder cubrir las deudas que había asumido. Cabe decir que por parte de la TGSS y Hacienda le fueron derivadas responsabilidades de las deudas impagadas. Paralelamente, también las llamadas de los bancos fueron una constate. «Por suerte, mi pareja me ha ayudado mucho a salir adelante», expone el cliente de Bergadà Asociados.
También recuerda que «en el año 2021 uno de mis mejores amigos se encontraba en la misma situación que yo y me dijo que conocía a Bergadà Asociados. En ese momento, fueron muy atentos conmigo y me dieron mucha confianza, algo que no me había dado un abogado anterior con el que contacté. Pero no continué porque pensaba que podía perjudicar a una tercera persona, cuando en realidad no era así».
Pero el pasado mes de marzo, «tras volver a hablar con mi amigo tomé la decisión de poner fin a aquella situación de calvario y reemprender todo con Bergadà Asociados, porque las sensaciones que me dieron desde el primer momento fueron muy buenas». Así, en poco más tres meses el juez le exoneraba de las deudas que tenía.
Además, el hombre hizo un gran esfuerzo y logró liquidar las deudas con Hacienda y alcanzó un acuerdo de pago con la Seguridad Social en junio de 2022, «el cual cumple rigurosamente», señala Marta Bergadà.
Finalmente, el hombre manifiesta que «tan sólo puedo dar las gracias al equipo de Marta Bergadà por todo lo que ha hecho por mí. En todo momento, me han asesorado y explicado lo que se estaba haciendo. La Ley de la Segunda Oportunidad realmente te da una segunda oportunidad, ya que por suerte ahora tengo trabajo estable y esta noticia ha sido muy importante para olvidar las pesadillas del pasado y pasar página».
Por su parte, Marta Bergadà reflexiona que «a día de hoy todavía hay personas que siguen arrastrando deudas de empresas que cerraron hace años y esto les hace muy difícil salir adelante. Es fundamental que sepan que si son deudores de buena fe la Ley de la Segunda Oportunidad les ayuda a salir a flote, olvidándose de la pesada mochila de las deudas».
Uno de los requisitos para acceder a la exoneración, o al perdón de las deudas, es que no se haya dictado acuerdo firme de derivación de responsabilidad por parte de Hacienda y/o la Seguridad social en los 10 años anteriores a la solicitud del perdón de las deudas.
Este tema es muy controvertido y contraviene la normativa europea sobre insolvencia, por lo que varios juzgados españoles han remitido cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuestionando si ello cumple con la Directiva Europea de Insolvencia. A la espera de que se pronuncie, desde Bergadà Asociados defienden que «no hay segunda oportunidad posible si no se da acceso a ello, por motivos de deudas con acreedores públicos, puesto que los mayores afectados son los emprendedores y empresarios, y es para ellos que opera el espíritu de la Ley de la Segunda Oportunidad».