El impacto económico que ha supuesto la reciente reforma del sistema de valoración a la hora de cuantificar determinados perjuicios y el momento en el que debe solicitarse un informe pericial médico ante una reclamación sanitaria han sido los temas centrales de las sesiones que PROMEDE ha organizado en el marco del XXIX Congreso Nacional de Derecho Sanitario, celebrado en Madrid el pasado fin de semana. Durante el taller “El impacto en responsabilidad sanitaria de la reforma de las bases técnicas actuariales” moderado por Carlos Represas, director de Innovación y Expedientes Complejos en PROMEDE, y en el que han participado Javier López y García de la Serrana, presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro; María Gómez, tramitadora en el departamento de siniestros de responsabilidad civil en Berkshire Hathaway Specialty Insurance (BHSI); Rosa Martínez Cal, Directora del departamento de informes de lucro cesante de Promede y Daniel Arnanz, especialista en Valoración del Daño Corporal y Responsable de Responsabilidad Sanitaria del departamento de Pericia Compleja en Promede, se abordaron los criterios para las indemnizaciones en los casos más graves de responsabilidad civil sanitaria, como las parálisis cerebrales infantiles, los grandes lesionados neurológicos/medulares, amputados, etc. Por otro lado, se aclararon dudas sobre baremos y tablas de cálculo en función de la fecha de los hechos o de alta, los criterios para establecer estos perjuicios desde un punto de vista actuarial o la situación actual de los criterios médico-legales para su cuantificación, entre otros.
Informe pericial médico ante una reclamación sanitaria
En la mayor parte de las demandas y reclamaciones por responsabilidad sanitaria se solicita un informe pericial médico. Por ello, durante la tertulia jurídico-médica “Momento en que debe solicitarse un informe pericial médico ante una reclamación sanitaria”, en la que participaron juristas, abogados y peritos, se intercambiaron distintos puntos de vista sobre los casos en los que no es necesario este informe y el momento más adecuado para solicitarlo en el caso de que sí sea relevante. Juan Abarca, consejero delegado de PROMEDE, hizo la introducción de la tertulia, mientras que María Rodríguez de Alba Galofre, directora-médico del Departamento de Responsabilidad Sanitaria de Promede, moderó la sesión en la que Manuel S. Moya Mir, director de Docencia de PROMEDE, fue el relator. Ofelia De Lorenzo Aparici, presidenta de la Asociación Española de Derecho Sanitario y directora del Área Jurídico Contenciosa de De Lorenzo Abogados; Ignacio Boj, abogado y socio Director de MBE; Julio César Villanueva, director médico en el hospital HM Sanchinarro y responsable de la Unidad Jurídica Interdisciplinar (UJI) y José Pérez, abogado y director en Pérez Tirado Abogados, participaron como ponentes y tuvieron la oportunidad de señalar que la petición o no de este informe depende de diversos factores, según el informe lo solicite la parte actora o la demandada y dependiendo del tipo de demanda que se haya presentado (contencioso/administrativo, civil, penal, laboral).
Una de las principales conclusiones de la tertulia, en la que coincidían asistentes y ponentes, es que nos encontramos ante un cambio de paradigma y, por ello, es fundamental sentar las bases en cuanto a la gestión proactiva de siniestros, fomentar un cambio de filosofía para conseguir una relación fluida con el objetivo de ser más transparentes con las reclamaciones, y «judicializar lo que hay que judicializar». Asimismo, destacaron la importancia de que se introduzca un baremo específico para daños sanitarios que simplifique los criterios a la hora de fijar indemnizaciones, que exista una mayor formación, que los informes sean realizados por peritos especialistas en la materia y la relevancia de guiar a abogados y a peritos a caminar de forma conjunta en las reclamaciones para allanar el camino hacia la resolución extrajudicial de conflictos.