La Asociación Libre de la Abogacía denuncia al decano del Colegio de Abogacía de Madrid, Eugenio Ribón por vulneración del código deontológico al incluirse en la guía jurídica urgente para ayudar a las víctimas del accidente ferroviario de Andalucía un perfil profesional del decano.
ALA dice en su nota de prensa:
«Con fecha 19 de enero de 2026 el ICAM anuncia en su sitio web la publicación una guía jurídica urgente para ayudar a las víctimas del accidente ferroviario de Andalucía https://web.icam.es/guia–juridica–urgente–para–ayudar–a–las–victimas–del–accidenteferroviario–de–andalucia/
El documento contiene información jurídica sobre los derechos que asisten a las víctimas del accidente ferroviario, si bien, lo que debiera limitarse a ser una herramienta de apoyo jurídico a las personas afectadas, se ha convertido en un medio injustificado de promoción de Eugenio Ribón, incluyendo en la última página de dicha guía, su imagen y curriculum profesional, destacando, casualmente, su experiencia en derecho de consumidores y usuarios.
La publicidad del Sr. Ribón utilizando los cauces colegiales, vulnera lo previsto en el artículo 6.3, apartados b, c y f del Código Deontológico de la Abogacía Española que, en relación con la publicidad de los servicios de la abogacía, señala:
“LA PUBLICIDAD NO PODRÁ SUPONER:
b)La incitación genérica o concreta al pleito o conflicto.
c)La oferta de servicios profesionales, por sí o mediante terceros, a víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de personas afectadas y a sus herederos y causahabientes, en momentos o circunstancias que condicionen la elección libre de Abogado y, en ningún caso, hasta transcurridos 45 días desde el hecho. Tampoco podrá dirigirse, por sí o mediante terceros, a quienes lo sean de accidentes o infortunios recientes, o a sus herederos o causahabientes, que carezcan de la plena y serena libertad de elección.
f) La utilización de emblemas institucionales o colegiales”.
La actuación del Decano del ICAM, cuya trayectoria profesional no debe ser mencionada cuando actúa como representante de la institución, excede de cualquier estándar mínimo de ética y respeto a la institución que preside, generando la repulsa de las personas colegiadas que conforman esta asociación, que exigen la dimisión del Decano.»
