Administrativando Abogados logra que el Supremo abra el debate sobre los límites del poder de la administración para denegar subvenciones

Equipo de Administrativando Abogados que ha intervenido en este asunto

Equipo de Administrativando Abogados que ha intervenido en este asunto

La admisión de un recurso de casación por parte del Tribunal Supremo constituye siempre un acontecimiento jurídico relevante. Pero cuando esa admisión tiene por objeto una cuestión susceptible de afectar al funcionamiento ordinario de las Administraciones Públicas en toda España, la trascendencia del asunto adquiere una dimensión muy distinta.

Eso es precisamente lo que ha ocurrido con el Auto dictado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en fecha 28 de mayo, mediante el cual se admite a trámite el recurso de casación dirigido por Administrativando Abogados frente a una resolución administrativa que privó a una empresa del derecho al cobro de una subvención financiada con fondos europeos y cuyo importe supera el millón de euros.

La cuestión jurídica que analizará el Alto Tribunal es aparentemente sencilla, pero de enorme impacto práctico: ¿puede una Administración retirar el derecho a percibir una subvención sin escuchar previamente al interesado?.

Antecedentes a tener en cuenta

La empresa afectada había recibido una ayuda para proyectos de conectividad financiados con fondos Next Generation EU. Posteriormente, la Administración consideró que existían diversas irregularidades relacionadas con la justificación y ejecución de la ayuda y acordó la pérdida del derecho al cobro. Todo ello sin abrir un procedimiento específico y sin conceder audiencia previa.

La Administración defendió que actuó correctamente porque la legislación foral aplicable no imponía expresamente esa obligación.

Sin embargo, la posición mantenida por Administrativando Abogados fue clara desde el inicio: ninguna Administración puede adoptar una medida tan gravosa sin permitir previamente que el afectado formule alegaciones y ejerza su derecho de defensa.

Alcance de la decisión del Supremo

La relevancia del caso ha sido reconocida por el propio Tribunal Supremo, que considera que la controversia presenta interés casacional objetivo y que la doctrina aplicada por la sentencia recurrida podría tener una incidencia general sobre numerosos procedimientos administrativos.

Según destacan desde Administrativando Abogados, el asunto va mucho más allá de una discusión técnica sobre subvenciones. En realidad, se trata de determinar cuál es el nivel mínimo de protección que el ordenamiento jurídico garantiza frente a decisiones administrativas desfavorables.

La futura sentencia permitirá aclarar si el trámite de audiencia constituye una garantía esencial indisponible o si, por el contrario, puede quedar excluido cuando una normativa autonómica guarde silencio sobre la cuestión.

El debate cobra una especial importancia en un momento en que miles de millones de euros procedentes de fondos europeos están siendo gestionados por distintas Administraciones. La interpretación que adopte el Tribunal Supremo podría condicionar la forma en que se tramitan futuras ayudas y subvenciones en todo el país.

Administrativando Abogados considera que la resolución que finalmente se dicte tendrá una enorme relevancia para la seguridad jurídica de empresas y particulares, al establecer los límites de actuación de las Administraciones cuando pretendan revocar o dejar sin efecto derechos previamente reconocidos.

El pronunciamiento definitivo se espera con gran interés entre los operadores jurídicos especializados en subvenciones, fondos europeos y procedimiento administrativo.

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