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Con
las
últimas
reformas
del
Código
Penal
está
en
boca
de
todos
el
término
Compliance.
Hablamos
de
Corporate
Compliance
cuando
nos
referimos
a la
implementación
en
las
personas
jurídicas
de
programas
preventivos
en
relación
a
los
riesgos
concretos
del
sector
y
ámbito
geográfico
en
los
que
se
desarrollan.
Las
empresas
tienen
que
implementar
mecanismos
de
control
eficaces,
que
permitan
demostrar
que
la
persona
jurídica
ha
adoptado
y
ejecutado
eficazmente
un
modelo
de
organización
y
gestión
que
resulte
adecuado
para
prevenir
delitos
de
la
naturaleza
del
que
fue
cometido
o
para
reducir
de
forma
significativa
el
riesgo
de
su
comisión.
Una
de
las
herramientas
de
control
más
eficaz
y
necesaria
para
acometer
un
buen
plan
de
Corporate
Compliance
es
disponer
de
un
adecuado
canal
de
denuncias
(whistleblowing).
A
través
de
esta
herramienta
las
organizaciones
se
aseguran
promover
la
gestión
de
un
buen
gobierno
corporativo.
Siendo
fundamental
asegurar
siempre
al
denunciante
la
confidencialidad
de
su
denuncia.
Los
canales
de
denuncia
permiten
la
identificación
de
conductas
fraudulentas
dentro
de
las
organizaciones
y
dan
transparencia
a
las
estructuras
empresariales.
A la
hora
de
acometer
la
implementación
de
un
canal
de
denuncias
existen
distintos
modelos
de
gestión.
Los
canales
puedes
ser
gestionados
internamente
o
externamente.
La
externalización
del
canal
puede
suponer
una
mayor
confidencialidad
del
tratamiento
que
se
haga
en
relación
a
las
denuncias
y
los
denunciantes.
Por
otro
parte,
los
canales
de
denuncias
tendrán
que
adecuarse
al
marco
normativo
e
idiomas
en
función
del
país
o
países
en
los
que
opere
la
empresa.
El
canal
de
denuncias
debe
ser
una
herramienta
única,
conocida
por
todos
los
miembros
de
las
organización
y
accesible
desde
cualquier
lugar
y a
cualquier
hora.
En
relación
a la
accesibilidad,
las
empresas
optan
por
distintos
tipos
de
soluciones,
es
habitual
encontrar
canal
de
denuncias
a
través
de
un
enlace
web,
a
través
de
correo
postal,
un
teléfono…
Desde
nuestra
opinión
es
preferible
que
la
herramienta
sea
accesible
desde
un
enlace
web.
En
este
tipo
de
canales
desarrollados
a
través
de
una
web
es
aconsejable
que
se
recoja
una
normativa
sobre
el
uso
y
funcionamiento
que
tiene
ese
canal,
un
formulario
sencillo
(en
varios
idiomas
si
fuera
necesario),
e
incluso
proponer
al
denunciante
distintas
opciones
a
marcar
en
función
del
tipo
de
actuación
que
quiera
denunciarse,
permitiendo
además
poder
reflejar
en
la
denuncia
el
mayor
número
de
detalle
posibles,
incluso
dando
la
posibilidad
al
usuario
de
adjuntar
un
archivo
junto
a su
denuncia.
Respecto
al
anonimato
de
las
denuncias,
no
es
lo
más
adecuado,
ya
que
el
seguimiento
e
investigación
de
la
denuncias
se
podrá
hacer
de
manera
más
eficaz
si
la
denuncia
no
es
anónima.
Uno
de
los
aspectos
más
importantes
de
este
tipo
de
canales
es
garantizar
que
se
realizaran
las
gestiones
e
investigaciones
necesarias
siempre
que
se
demuestre
que
hay
indicios
razonables
de
estar
ante
una
posible
actuación
inadecuada.
En
función
de
las
tipologías
de
investigación
que
se
vayan
a
acometer,
los
despachos
de
detectives
son
los
únicos
habilitados
a
través
de
la
Ley
5/2014
de
Seguridad
Privada
para
realizar
con
“carácter
exclusivo
y
excluyente”
la
investigación
privada
de
determinados
supuestos
de
actividades.
Añadir,
que
muchas
de
las
pruebas
que
se
obtienen
en
este
tipo
de
investigaciones
son
evidencias
digitales
que
deberían
ser
siempre
obtenidas
por
un
perito
informático
habilitado,
que
garantizará
en
todo
momento
la
correcta
preservación
de
datos
y
recogida
de
pruebas. |