Desde
el
pasado
sábado
ha
entrado
en
vigor
en
la
UE
una
nueva
normativa
que
facilitará
a
empresas
y
consumidores
la
resolución
de
litigios
transfronterizos
y
permitirá,
según
las
previsiones
realizadas,
un
ahorro
de
hasta
48
millones
de
euros
anuales.
Esta
normativa
suprime
los
costosos
y
prolijos
procedimientos
(en
la
actualidad
se
abren
10
000
todos
los
años)
para
obtener
el
reconocimiento
en
otros
países
de
la
UE
de
resoluciones
judiciales
en
materia
civil
y
mercantil.
Ahora
estas
resoluciones
transfronterizas
tendrán
automáticamente
fuerza
ejecutiva
en
todo
el
territorio
de
la
UE.
Los
consumidores
también
estarán
mejor
protegidos
cuando
compren
a
entidades
comerciales
de
fuera
de
la
UE y
las
empresas
disfrutarán
de
una
mayor
seguridad
jurídica
cuando
hagan
negocios
en
cualquier
punto
de
la
UE.
Las
nuevas
medidas
de
la
UE
constituyen
el
cumplimiento
de
su
compromiso
de
reducir
la
burocracia
y
reforzar
el
mercado
único
para
impulsar
el
crecimiento
económico
sostenible.
Ahora estas resoluciones transfronterizas tendrán automáticamente fuerza ejecutiva en todo el territorio de la UE. Los consumidores también estarán mejor protegidos |
«Es
una
excelente
noticia
para
los
ciudadanos
y
las
pymes
europeos»,
declaró
Věra
Jourová,
comisaria
de
la
UE
responsable
de
Justicia,
Consumidores
e
Igualdad
de
Género.
«Estas
nuevas
normas
podrían
suponer
un
ahorro
de
entre
2
000
y 12
000
euros
para
cada
caso
individual.
Se
trata
del
cumplimiento
satisfactorio
de
la
promesa
de
reducir
la
burocracia
y
reforzar
el
mercado
único
de
la
UE.
Esta
medida
constituye
un
cambio
significativo,
en
particular
para
las
pequeñas
y
medianas
empresas,
y
creará
muchas
más
oportunidades
para
las
empresas
en
toda
Europa».
Algunas
de
las
mejoras
concretas
son:
Una
resolución
judicial
ejecutoria
en
asuntos
civiles
y
mercantiles
en
un
Estado
miembro
tendrá
automáticamente
fuerza
ejecutiva
en
cualquier
lugar
de
la
UE.
Las
normas
suprimen
un
complicado
procedimiento
intermedio:
el
procedimiento
de
exequátur.
Este
procedimiento
suele
costar
entre
2
000
y 3
000
euros
dependiendo
del
Estado
miembro,
pero
puede
llegar
hasta
los
12
700
euros
si
se
incluyen
los
honorarios
de
los
abogados,
la
traducción
y
las
tasas
judiciales.
En
casi
un
95 %
de
los
casos,
este
procedimiento
era
una
mera
formalidad.
En
el
momento
en
que
se
dicte
una
resolución
en
cualquier
Estado
miembro,
el
acreedor
estará
en
condiciones
de
hacerla
ejecutiva
en
cualquier
otro,
lo
que
significa
que
empresas
y
ciudadanos
podrán
recuperar
su
dinero
de
forma
más
rápida,
sencilla
y
gratuita.
En
circunstancias
excepcionales
los
órganos
jurisdiccionales
seguirán
pudiendo
evitar
la
ejecución
de
la
resolución,
por
ejemplo,
si
el
tribunal
del
otro
Estado
miembro
ha
violado
el
derecho
a un
juicio
justo.
Los
consumidores
y
los
trabajadores
estarán
mejor
protegidos
en
los
litigios
que
impliquen
a
países
de
fuera
de
la
UE.
Hasta
la
fecha,
los
consumidores
a
menudo
no
podían
ejercer
sus
derechos
a la
hora
de
adquirir
mercancías
de
entidades
comerciales
de
fuera
de
la
UE
que
venden
productos
en
un
Estado
miembro
de
la
UE.
La
nueva
normativa
significa
que,
en
un
litigio
de
este
tipo,
un
consumidor
de
cualquier
Estado
miembro
de
la
UE
podrá
acceder
a
los
órganos
jurisdiccionales
de
su
país
de
residencia
y no
tendrá
que
acudir
a
los
del
país
de
fuera
de
la
UE.
Las
nuevas
normas
también
permitirán
a
los
empleados
que
trabajan
en
la
UE
emprender
acciones
judiciales
contra
sus
empleadores
situados
en
un
país
no
perteneciente
a la
UE
ante
los
órganos
jurisdiccionales
del
Estado
miembro
en
que
trabajan
habitualmente.
Aumentará
la
seguridad
jurídica
en
relación
con
los
acuerdos
entre
empresas
para
la
elección
de
los
órganos
jurisdiccionales
competentes.
En
el
pasado,
los
acuerdos
de
elección
del
órgano
jurisdiccional
podían
eludirse
mediante
la
interposición
del
litigio
ante
el
órgano
jurisdiccional
de
otro
Estado
miembro
de
la
UE
(y
no
en
el
foro
elegido)
para
retrasar
su
solución.
La
normativa
que
entrará
mañana
en
vigor
pone
fin
a
estas
tácticas
abusivas
garantizando
que
el
tribunal
elegido
obtenga
la
prioridad
en
caso
de
procedimientos
paralelos.
Las
nuevas
disposiciones
responden
a
una
encuesta
realizada
en
2010
que
reveló
que
casi
el
40 %
de
las
empresas
estarían
más
dispuestas
a
operar
fuera
de
su
mercado
nacional
si
los
procedimientos
para
la
resolución
de
litigios
judiciales
en
el
extranjero
se
simplificaran.
La
supresión
de
los
obstáculos
burocráticos
que
generan
costes
adicionales
e
inseguridad
jurídica
para
las
empresas
ha
sido
un
elemento
clave
de
la
acción
de
la
Comisión
destinada
a
facilitar
la
vida
a
las
empresas
y
los
ciudadanos
(véanse
IP/10/1390
y
MEMO/10/525).
La
Comisión
Europea
propuso
la
reforma
del
Reglamento
«Bruselas
I»
en
2010
(IP/10/1705).
Tras
el
respaldo
del
Parlamento
Europeo
(MEMO/12/875)
y de
los
Estados
miembros
(IP/12/1321),
las
normas
se
aplicarán
a
partir
de
mañana,
10
de
enero
de
2015,
dos
años
después
de
la
publicación
en
el
Diario
Oficial.
La
reforma
tiene
por
objeto
hacer
que
la
cooperación
judicial
en
materia
civil
en
la
Unión
Europea
sea
más
eficaz,
en
particular
permitiendo
el
reconocimiento
y la
ejecución
de
las
resoluciones
judiciales
en
otros
Estados
miembros. |