El despacho, especializado en
Guinea
Ecuatorial,
analizó
el
pasado
ejercicio
y
las
perspectivas
del
2015.
Marta
López-Pena
y
Raquel
Serón,
socias
fundadoras
de
L&S
Abogados,
dieron
la
bienvenida
a
los
asistentes
y
presentaron
la
Jornada.
Tras
ello,
José
Miguel Corberá
y Sara
Ballester,
abogados,
abordaron
los
temas
de
Prevención
de
Capitales
y
Protección
de
Datos
de
Carácter
Personal
(LOPD ).
José
Miguel
Corberá
explicó
que
el
concepto
de
Blanqueo
de
Capitales,
de
acuerdo
con
el
Servicio
Ejecutivo
de
la
Comisión
de
Prevención
del
Blanqueo
de
Capitales
e
Infracciones
Monetarias
(“SEPBLAC”),
hace
referencia
a
los
“mecanismos
o
procedimientos
orientados
a
dar
apariencia
de
legitimidad
o
legalidad
a
bienes
o
activos
de
origen
delictivo”.
En
España,
esto
está
regulado
por
la
Ley
10/2010,
de
28
de
abril,
de
prevención
del
blanqueo
de
capitales
y de
la
financiación
del
terrorismo
(LPBC)
y el
Texto
Real
Decreto
304/2014,
de 5
de
mayo,
por
el
que
se
aprueba
el
Reglamento
de
la
Ley
10/2010,
de
28
de
abril,
de
prevención
del
blanqueo
de
capitales
y de
la
financiación
del
terrorismo
(RPBC);
mientras
que
Guinea
Ecuatorial
lo
regula
el
reglamento
de
la
CEMAC
sobre
la
prevención
y la
restricción
del
blanqueo
de
capitales
y de
la
financiación
del
terrorismo
en
África
Central
(RCEMAC)
y el
Decreto
Núm.
11/2007,
de 5
de
febrero
por
el
que
se
crea
la
Agencia
Nacional
de
Investigación
Financiera
(ANIF)
Abogados,
procuradores
u
otros
profesionales
independientes,
cuando
participen
en
la
concepción,
realización
o
asesoramiento
de
operaciones
de
empresas,
no
estarán
sometidos
a
las
obligaciones
de
los
artículos
7.3,
18
LPBC
y 21
LPBC,
pero
deberán
guardar
el
secreto
profesional.
(art.
22
LPBC).
Por
su
parte,
Sara
Ballester
explicó
la
Protección
de
Datos
de
Carácter
Personal,
que
depende
de
la
Ley
Orgánica
15/1999,
de
13
de
diciembre,
de
Protección
de
Datos
de
Carácter
Personal
(“LOPD”)
y
del
Real
Decreto
1720/2007
por
el
que
se
aprueba
el
Reglamento
de
desarrollo
de
la
LOPD
(“RDLOPD”).
Sara
expuso
las
actuaciones
que
tienen
que
tener
(con
carácter
obligatorio)
los
trabajadores
de
una
empresa,
como
la
inscripción
en
ficheros,
tomar
las
medidas
de
seguridad
adecuadas,
guardar
un
documento
de
seguridad,
calidad
de
datos,
solicitud
de
consentimientos
necesarios
y
Derechos
ARCO.
En
cuanto
a
los
colaboradores
externos,
Ballester
explicó
que
la
formalización
debe
de
ser
por
escrito,
y el
mailing,
bajo
consentimiento
previo
salvo
relación
contractual
previa.
En
lo
que
a
las
tarjetas
de
visita
se
refiere,
es
una
cuestión
pendiente
todavía.
Tras
una
pausa,
Juan
Carlos
Mallo,
Técnico
informático
de
Enervia
Soluciones
Informáticas,
impartió
un
curso
de 2
horas
y
media;
mientras
que
Antonio
López-Pena,
de
la
Asociación
Nacional
de
Grandes
Empresas
de
Distribución (ANGED)
explicó
cómo
se
consigue
el
éxito
en
un
proyecto.
Finalmente,
Marta
López-Pena
y
Raquel
Serón,
analizaron
el
ejercicio
de
L&S
Abogados
desde
su
apertura
en
2012:
progresión
en
volumen
de
negocio,
incremento
de
plantilla,
clientes
nuevos.
Para
el
2015,
ambas
vaticinaron
la
captación
de
nuevos
clientes
y
fidelización
de
los
que
ya
lo
son,
apertura
de
la
sede
de
L&S
Abogados
en
Bata
y el
incremento
de
facturación. |