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El
Grupo
de
Autoridades
europeas
de
protección
de
datos
(GT29)
ha
hecho
pública
una
declaración
conjunta
en
la
que
expresa
su
opinión
acerca
de
la
eventual
creación
del
Registro
europeo
de
datos
de
pasajeros
(PNR,
por
sus
siglas
en
inglés).
Las
Autoridades
de
los
Estados
de
la
UE
han
debatido
esta
cuestión
en
su
reunión
plenaria
celebrada
los
días
3 y
4 de
febrero
en
Bruselas
basándose
en
los
análisis
realizados
en
dictámenes
anteriores
del
Grupo.
Las
Autoridades
europeas
de
protección
de
datos
han
reafirmado
que
la
extensión
y el
carácter
indiscriminado
del
tratamiento
de
datos
previsto
en
el
PNR
europeo
para
luchar
contra
el
terrorismo
y la
delincuencia
grave
puede
debilitar
seriamente
los
derechos
a la
protección
de
la
vida
privada
y de
los
datos
personales
de
todos
los
viajeros,
derechos
estos
reconocidos
por
los
artículos
7 y
8 de
la
Carta
de
Derechos
Fundamentales
de
la
Unión
Europea.
El
uso
del
PNR
puede
debilitar
derechos
fundamentales
de
los
ciudadanos.
Nuestros
lectores
recordarán
como
hace
varios
días
en
ese
anuncio
de
Acuerdo
de
Estado
entre
el
Gobierno
y la
oposición
el
Ministro
del
Interior,
Jorge
Fernández
Diaz,
subrayaba
la
necesidad
de
implementar
esta
medida,
de
éxito
en
los
EEUU;
de
cara
a
conocer
la
identidad
y
movimientos
de
los
pasajeros
en
toda
Europa.
En
esa
intervención
ya
dejaba
claro
cuál
eran
sus
intenciones,
impulsar
el
PNR
en
nuestro
país
y
servir
de
locomotora
para
que
esta
práctica
se
desarrollase
en
la
UE a
través
de
la
pertinente
directiva
comunitaria.
De
momento
poca
aceptación
ha
tenido
este
ofrecimiento
en
el
resto
de
países
del
Viejo
Continente,
de
tal
forma
que
el
dictamen
del
GT29
deja
claro
que
es
ésta
una
práctica
que
hay
que
saber
graduar
de
forma
conveniente
para
no
dañar
derechos
fundamentales.
En
este
informe,
el
citado
Grupo
de
Autoridades
recuerda
que,
por
principio,
no
está
ni a
favor
ni
en
contra
de
esquemas
de
recogida
de
datos
de
viajeros
del
tipo
PNR.
Sin
embargo,
tal
interferencia
en
los
derechos
fundamentales
solo
resultaría
admisible
si
se
demostrase
su
necesidad
y se
respetase
el
principio
de
proporcionalidad.
De
esa
proporcionalidad
también
hablaba
para
nuestro
medio
Ricard
Martínez,
presidente
de
APEP
cuando
le
preguntábamos
por
el
uso
de
esta
herramienta
y de
otras
medidas
que
dan
más
seguridad
jurídica
pero
pueden
restringir
derechos
de
los
ciudadanos
el
pasado
28
de
enero
Dia
Europeo
de
la
Privacidad.
En
el
caso
de
que
se
acreditase
la
necesidad
de
un
PNR
europeo,
el
esquema
debería
ofrecer
suficientes
salvaguardas
de
protección
de
datos
a
fin
de
asegurar
la
proporcionalidad
tanto
de
la
recogida
como
del
uso
subsiguiente
de
los
datos
PNR.
El
Grupo
del
Artículo
29
ya
ha
señalado
algunas
de
esas
posibles
garantías
en
anteriores
opiniones.
Los
miembros
del
GT29
están,
por
tanto,
dispuestos
a
tener
una
participación
constructiva
en
las
discusiones
sobre
cualquier
futuro
esquema
PNR
y
asegurar
así
su
respeto
a la
Carta
de
Derechos
Fundamentales
y al
marco
europeo
de
protección
de
datos.
Ahora
lo
que
queda
por
ver
es
que
fuerza
tendrá
este
dictamen
a
nivel
europeo
cuando
es
solo
un
informe
consultivo
sin
ninguna
validez
o
fuerza
jurídica
real.
Hay
que
recordar,
además,
que
el
Grupo
de
Autoridades
europeas
de
protección
de
datos
-Grupo
de
Trabajo
del
Artículo
29-
es
el
grupo
consultivo
compuesto
por
representantes
de
las
autoridades
nacionales
de
protección
de
datos
de
los
Estados
miembros,
el
Supervisor
Europeo
de
Protección
de
Datos
y la
Comisión
Europea.
Sus
funciones
están
descritas
en
el
Artículo
30
de
la
Directiva
95/46/EC
y el
Artículo
15
de
la
Directiva
2002/58/EC.
El
Grupo
de
Trabajo
del
Artículo
29
está
facultado
para
examinar
cualquier
cuestión
que
esté
relacionada
con
la
aplicación
de
las
directivas
en
materia
de
protección
de
datos
para
contribuir
a la
aplicación
uniforme
de
las
mismas.
Desempeña
sus
funciones
emitiendo
recomendaciones,
dictámenes
y
documentos
de
trabajo
sobre
las
cuestiones
relevantes
que
afectan
a la
protección
de
datos
personales. |