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18 de FEBRERO de 2015
El Supremo abre una causa contra Manos Limpias por abuso de derecho de la acusación popular

LAWYERPRESS

El alto tribunal rechaza la querella del sindicato contra dos magistrados de la Audiencia Nacional por absolver a 19 acusados del asedio al Parlament

El Tribunal Supremo ha rechazado este martes la querella de Manos Limpias contra dos magistrados de la Audiencia Nacional por prevaricación por la sentencia dictada en el caso del asedio al Parlament, en la que fueron absueltos 19 de lo 20 acusados.  Además del fallo, el  Supremo dice que no sólo no concurre base para admitir a trámite la querella, sino que puede haber habido un abuso procesal por parte de Manos Limpias (previsto en el artículo 247 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y sancionado con multa de entre 180 y 6.000 euros). Por ello, abre pieza separada para determinar si ha existido ese abuso de derecho o mala fe procesal, pieza en la que dará audiencia a la entidad querellante.

Abuso de la acusación popular, un término que Marcos García-Montes señalaba en la entrevista que le hacíamos hace unos días. El  Tribunal Supremo investigará si el sindicato Manos Limpias ha abusado de esta medida. Hay que recordar que la querella de Manos Limpias se presentó después de que la sección primera de la sala penal de la Audiencia Nacional absolviera a todos menos uno de los implicados por el asedio al Parlament el 15 de junio del 2011. La sentencia de absolución se dictó con un voto particular en contra del presidente del tribunal, Fernando Grande-Marlaska.

Manos Limpias presentó entonces una demanda contra los magistrados Manuela Fernández de Prado y Ramón Sáez Valcárcel, al considerar que habían prevaricado.

En su respuesta,  en un auto que hemos recibido hoy los medios informativos, el Supremo advierte al sindicato de que "se trata de imputaciones extremadamente graves y carentes de base objetiva". Y argumenta que "no es admisible que la parte procesal descontenta con la sentencia, responda no con la interposición de un recurso, sino con la presentación de una querella huérfana de fundamento", una actitud que si se generaliza, añade el alto tribunal, podría dinamitar "el clima de serenidad y sosiego que debe rodear a un tribunal a decidir".

"El legítimo debate procesal (...) no puede degenerar en una precipitada y alegre reconducción al terreno de la prevaricación", les dice también el alto tribunal a los querellantes. Por este motivo, señala que "no solo no concurre base para la admisión de la querella sino que prima facie (en principio) podemos encontrarnos ante un supuesto de abuso procesal" en relación con el cual abre una pieza separada en la que decidirá si castiga a los querellantes con una multa de cuantía todavía por determinar.

En el citado auto se indica que los jueces no pueden tener una querella sobre su cabeza a la hora de enjuiciar los hechos y se indica que “es una temeridad con efectos perversos pensar que se está prevaricando cuando hay un fallo contrario a la parte. Se observan divergencias valorativas que deben resolverse conforme al ordenamiento jurídico”, comenta el citado.  En estas circunstancias se abre una pieza separada para discernir si ha habido abuso procesal por parte de Manos Limpias sobre este asunto del asedio al Parlament.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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