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20 de FEBRERO de 2015
El Pleno del Congreso aprueba la propuesta del PP y PSOE sobre la lucha contra el terrorismo yihadista

LAWYERPRESS

El texto original se modifica con la introducción de seis enmiendas. Se excluye de las acciones que puedan ser consideradas delitos de terrorismo los desórdenes públicos, modificando así el apartado primero del artículo 573.

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó este jueves la Proposición de Ley Orgánica de reforma del Código Penal en materia de delitos de terrorismo por 277 votos a favor, 27 en contra y 19 abstenciones. El texto no ha pasado por Ponencia ni por Comisión ya que el martes pasado se acordó su tramitación por el procedimiento de lectura única. El texto se enviará ahora al Senado, donde si no se introduce ninguna modificación, quedará definitivamente aprobado. PP y PSOE no han logrado sumar nuevos apoyos al texto durante esta tramitación por vía de urgencia en la Cámara Baja en la que tan sólo han contado con el respaldo de los minoritarios UPN, CC y Foro Asturias, firmantes también de la proposición de ley. Todos los demás grupos han votado en contra de la iniciativa, excepto UPyD y CiU que se han abstenido con críticas a la actuación de los dos mayoritarios.

En la votación de ayer, el Congreso ha incorporado al texto seis enmiendas y ha rechazado el resto de las presentadas por los grupos. Las enmiendas aprobadas son las cinco pactadas por los grupos Popular, Socialista y dos diputados del Mixto, Carlos Salvador (UPN) y Ana Oramas (CC) -de la 60 a la 64-. Además, se ha admitido la enmienda 45 del CiU, que introduce una mejora técnica en uno de los apartados.

Entre las modificaciones que establecen las enmiendas aprobadas, destaca que se excluye de las acciones que puedan ser consideradas delitos de terrorismo los desórdenes públicos, modificando así el apartado primero del artículo 573.

La nueva redacción de la norma aclara que los desórdenes públicos, así como la sedición y rebelión, sólo serán considerados delitos de terrorismo cuando los cometa una organización terrorista o un individuo amparado por ella, y por consiguiente serán castigados con penas más altas.

Además, el texto ha incorporado mayores penas contra la trata de mujeres "con la finalidad de obligarlas a contraer matrimonio o explotarlas sexualmente por parte de miembros de una organización terrorista".

El resto de la Proposición de Ley se mantiene sin apenas cambios, y recoge una serie de acciones que serán consideradas delitos de terrorismo cuando tengan objetivos como subvertir el orden constitucional, alterar el funcionamiento de las instituciones, obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo o alterar gravemente la paz pública. También serán considerados terrorismo los delitos informáticos que se comentan con los objetivos mencionados antes.

En cuanto a la imposición de penas, la norma contempla que los delitos de terrorismo que provoquen la muerte de una persona serán castigados con el tiempo máximo de prisión contemplado en el Código Penal, mientras que los que provoquen lesiones o los secuestros serán castigados con penas que van de los quince a los veinticinco años.

Nuevas penas de prisión

La reforma también establece penas de prisión de entre ocho y catorce años a quienes promuevan o constituyan organizaciones terroristas, y de entre seis y doce a quienes integren y participen en dichas organizaciones.

Además, la norma recoge penas de prisión para quienes reciban entrenamiento militar con el objetivo de cometer actos terroristas, incluyendo quienes lo hagan a través de contenidos alojados en internet, o a quienes para ese fin se desplacen a un territorio extranjero controlado por una organización terrorista.

Los grupos proponentes justifican esta Proposición de ley Orgánica en la necesidad de reformar el Código Penal en el apartado de los delitos de terrorismo por el recrudecimiento de la actividad terrorista, en especial de corte yihadista, y por la intensificación del llamamiento a cometer atentados en todas las regiones del mundo.

La exposición de motivos de la reforma hace referencia también a la Resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas 2178, aprobada el 24 de septiembre de 2014, en la que se apela a los estados miembros de esta organización a que aseguren el enjuiciamiento de toda persona que participe en la financiación, planificación, preparación o comisión de actos de terrorismo o preste apoyo a esos actos, realizando para ello las modificaciones legislativas necesarias.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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