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02 de MARZO de 2015
La nueva LOPJ buscará la especialización de los jueces y mejor equilibrio del reparto de asuntos

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

El Gobierno aprueba este Proyecto de Ley que ahora irá al Parlamento donde apuesta por las autosustituciones entre magistrados titulares y la ampliación de la Comisión Permanente del CGPJ de 5 a 7 miembros

Ni cambio de modelo judicial donde  los tribunales de instancia y la terna de jueces iban a ser los elementos clave de la nueva regulación de la administración de justicia y la carrera judicial. Al filo de concluir la legislatura Catalá ha preferido más que reformar de manera integral la LOPJ hacer cambios concretos y específicos. A este respecto en este viernes el El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha aprobado hoy el Proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial por el que se introducirán en el sistema judicial un paquete de medidas organizativas encaminadas a agilizar la instrucción de los procedimientos, a través de una mayor especialización en los tribunales y un mejor reparto de asuntos. Habrá cambios en la casación del Supremo a nivel contencioso, donde se admitirán pleitos por debajo de 600-000 euros, un nuevo régimen de sustituciones en la carrera judicial y el cambio sustancial en la Comisión Permanente de 5 a 7 miembros.

A petición del CGPJ, la Comisión Permanente de este organismo tendrá siete miembros y no cinco como hasta ahora, adelantó el Ministro Catalá

Catalá busca la agilización de la justicia en un sistema irregular donde hay juzgados más sobrecargados que otros. Ahora mismo reconocía a los periodistas que tras tumbar el Tribunal Supremo el modelo de carga de trabajo del CGPJ, se está trabajando con otro provisional para determinar cuál es el límite de asuntos que se pueden gestionar. A este respecto este cambio normativo se centra en cuatro pilares. La reducción de los tiempos de respuesta; la mayor especialización de juzgados y magistrados; la mejora de la calidad de las resoluciones y diferentes medidas para profesionalizar un sistema del que supimos que de un total de 45.000 funcionarios hay cerca de 9.000 interinos.

Respecto a la reducción de los tiempos de respuesta, Justicia busca en colaboración con el CGPJ, un sistema de reparto homogéneo de esas cargas de trabajo. A este respecto, y para superar esas irregularidades, las Salas de Gobierno de las Audiencias Provinciales  podrán revisar el reparto de asuntos. A este respecto y , sobre todo en aquellos juzgados más saturados, se permite que las víctimas de violencia de contra la mujer sean atendidas por órganos especializados

Desde Justicia se indica que esta posibilidad está ya prevista en la LOPJ vigente, pero exige una reforma de la Ley de Demarcación y Planta Judicial, lo que dificulta su desarrollo. Con la reforma, la extensión de la jurisdicción podrá acordarse por el Gobierno mediante real decreto, previa propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con informe de las administraciones afectadas.

Otro de los elementos que el Ministro Catalá quiere impulsar en esta reforma parcial de la LOPJ es la especialización de órganos judiciales para asuntos específicos como pueden ser despidos, preferentes, cláusulas abusivas. Para el titular de Justicia es clave que la carrera clave vaya hacia la especialización y que a medio plazo la propia formación del magistrado vaya en esa dirección

Sobre las causas complejas se indica que para auxiliar al instructor y una vez que el juez lo haya solicitado al CGPJ, el órgano de gobierno de los jueces podrá acordar la adscripción al órgano instructor de uno o varios jueces o secretarios judiciales, con o sin relevación de funciones, para que bajo la dirección del titular del órgano que conozca de esa causa compleja, puedan realizar labores de colaboración, asistencia y asesoramiento, pero sin funciones jurisdiccionales.

Calidad en resoluciones

En esta LOPJ de nuevo cuño reformada parcialmente se incluyen medidas para mejorar la calidad de las resoluciones. Se trata sobre todo que sentencias sobre un mismo asunto no sean contradictorias. La idea es que se puedan celebrar de forma periódica plenos jurisdiccionales donde se fijen esos criterios comunes. Otro asunto importante es que los jueces son equiparados a los funcionarios públicos con lo cual la responsabilidad patrimonial será de la Administración y se evitará que se puedan interponer querellas de forma directa contra los propios magistrados

El Ministerio de Justicia maneja unos datos de 45.000 funcionarios y 9.000 interinos que quiere ir reduciendo. Ya conocemos las medidas de diciembre del 2012 sobre los jueces sustitutos y su deseo que los jueces de carrera, cerca de 5.000 en toda España, se encarguen de todos los asuntos. Ahora con la nueva LOPJ se plantea la llamada autosustitución entre los propios profesionales, sobre todo en aquellos que tengan menos trabajo respecto a otros.  Al mismo tiempo se crea un cuerpo de gestión procesal sobre todo de cara a los embargos y lanzamientos. También tendrán funciones de protección y asistencia a las víctimas.

Para mejorar la lucha contra la violencia de género, el proyecto de ley aprobado hoy amplía las competencias del juez de Violencia sobre la Mujer, en primer lugar, a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de la mujer y, en segundo lugar, también conocerá del delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar. Al atribuir la competencia para el conocimiento de la instrucción de este delito al juez de Violencia sobre la Mujer se obtendrá una mayor eficacia a la hora de proteger a la víctima, porque éste tendrá muchos más datos que cualquier otro juez para valorar la situación de riesgo.

Estas medidas persiguen seguir introduciendo elementos, en toda nuestra legislación, que favorezcan la erradicación de la violencia contra la mujer, así como una mejor atención a las víctimas, tratándose de una política que ha de tener carácter transversal y en la que se debe incidir desde todos los ámbitos posibles. Son muchas las iniciativas impulsadas desde el Ministerio de Justicia con esta finalidad (Estatuto de la Víctima, reforma del Código Penal, nueva Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, protocolos médico-forenses, etc.); la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial no podía permanecer ajena a esta demanda de la sociedad.

Cambios en el Tribunal Supremo

Se prevé el recurso de revisión ante el Tribunal Supremo como mecanismo procesal para la revisión de las sentencias firmes dictadas por los tribunales españoles como consecuencia de una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en un asunto en el que España haya sido parte demandada y en el que se declare la violación de un derecho reconocido en el Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales. De esta forma, se compatibiliza el principio de cosa juzgada de las sentencias españolas con la obligación de dar eficacia a las sentencias del TEDH.

Se reconoce de forma expresa por primera vez que los órganos de la jurisdicción militar forman parte del Poder Judicial del Estado y se elimina el privilegio de presentación de ternas de que goza el Ministerio de Defensa para la designación de los magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.

Se regula el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo de forma más detallada. Estará formado por un director de gabinete, un coordinador de las áreas correspondientes a los diferentes órdenes jurisdiccionales y un número de jueces y otros juristas que determine el Ministerio de Justicia. Sus funciones serán de asistencia a la Presidencia y de apoyo a las distintas Salas del Tribunal Supremo.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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