El
pasado
14
de
abril,
Abanlex
ha
celebrado
el I
Desayuno
Formativo
enmarcado
en
su
Laboratorio
de
Innovación
Jurídica
(AbanlexLAB),
en
el
que
se
ha
debatido
sobre
los
aspectos
prácticos
y
jurídicos
del
Abandonware.
Los
miembros
del
despacho
Pablo
F.
Burgueño,
Joaquín
Muñoz
y
Pablo
Uslé
se
encargaron
de
analizar
la
situación
actual
del
Abandonware
en
clave
jurídica,
mientras
que
varios
miembros
de
la
Asociación
de
Usuarios
de
Informática
Clásica
(AUIC)
compartieron
sus
experiencias
sobre
la
labor
de
preservación
de
este
tipo
de
software.
“Abandonware”
es
un
término
que,
aunque
carece
de
relevancia
jurídica,
se
suele
utilizar
para
hacer
referencia
a un
determinado
tipo
de
software:
el
software
(i)
antiguo
(ii)
que
ya
no
se
comercializa.
Este
tipo
de
software,
especialmente
en
los
videojuegos
retro,
ha
experimentado
un
gran
aumento
de
demanda
en
los
últimos
años.
No
obstante,
la
oferta
legal
actual
es
insuficiente
para
cubrir
esa
necesidad,
lo
que
provoca
que
las
infracciones
de
derechos
de
propiedad
intelectual
en
el
sector
sean
frecuentes.
Ha
de
tenerse
presente
que,
como
cualquier
videojuego
original
y
expresado
en
un
soporte
material,
los
videojuegos
abandonware
están
protegidos
conforme
a la
normativa
de
propiedad
intelectual,
que
concede
a
sus
creadores
el
derecho
exclusivo
de
explotarlos
durante
cierto
tiempo.
Basta
poner
el
ejemplo
de
videojuegos
como
el
Pong
o el
Pac-man
que,
partiendo
de
su
consideración
como
obra
colectiva,
no
entrarán
en
dominio
público
hasta
2052
y
2060,
respectivamente.
A
pesar
de
la
operatividad
de
este
régimen
de
protección,
los
intervinientes
debatieron
sobre
la
posibilidad
de
utilizar
estas
obras,
en
ciertas
ocasiones,
sin
la
autorización
ad
hoc
de
los
titulares
de
derechos.
Y es
que
¿a
quién
se
solicita
una
licencia
si
la
empresa
desarrolladora
ha
desaparecido?
¿Y
si
ha
sido
absorbida
por
otra?
¿Qué
sucede
si
ha
liberado
los
derechos?
¿Y
si
ha
decidido
dejar
de
comercializar
por
sí
misma
el
videojuego?
En
el
caso
de
que
la
empresa
desarrolladora
haya
desaparecido,
el
videojuego
se
consideraría
una
obra
huérfana
a
los
efectos
del
nuevo
artículo
37
bis
del
TRLPI.
Un
videojuego,
como
cualquier
obra
protegible,
se
considera
huérfana
cuando
el
titular
de
los
derechos
no
puede
identificarse
o
localizarse.
En
este
supuesto,
cualquiera
puede
utilizarlo
(incluso
comercialmente)
siempre
que
(i)
fuera
publicado
por
primera
vez
en
Europa
y (ii)
haya
realizado
una
búsqueda
diligente
de
los
titulares.
Si
el
titular
del
videojuego
ha
decidido
dejar
de
comercializarlo,
ningún
individuo
podrá
entenderse
habilitado
para
cubrir
ese
vacío
de
oferta.
Los
derechos
de
propiedad
intelectual
del
titular
serán
un
activo
más
de
su
patrimonio
y,
como
tal,
sólo
él
podrá
decidir
qué
destino
les
da.
Podrá
optar
por
explotar,
o
podrá
optar
por
no
hacerlo.
En
todo
caso,
el
titular
sólo
estará
ejercitando
su
dominio
sobre
su
obra.
En
el
sector
de
los
videojuegos,
es
muy
habitual
que
tengan
lugar
absorciones
o
fusiones
entre
compañías.
En
2005,
Namco
se
fusionó
con
la
juguetera
Bandai
dando
lugar
a
NamcoBandai.
Por
su
parte,
Atari
fue
adquirida
por
Infogrames.
En
el
caso
de
que
la
entidad
titular
de
los
derechos
de
un
videojuego
haya
sido
absorbida
por
otra,
estos
derechos
se
integrarán
en
el
patrimonio
de
la
nueva
entidad
o de
la
entidad
absorbente,
pero
en
ningún
caso
quedarán
libres.
De
hecho,
los
derechos
de
los
videojuegos
son
el
principal
activo
de
este
tipo
de
compañías.
También
existe
la
posibilidad
de
que
el
titular
de
los
derechos
no
manifieste
su
dominio
impidiendo
a
terceros
la
explotación
de
sus
videojuegos
sino,
al
contrario,
permitiéndolo.
Ambas
alternativas
son
manifestaciones
de
su
poder
de
disposición
como
titular.
De
esta
manera,
una
empresa
desarrolladora
puede
decidir
que
los
derechos
de
propiedad
intelectual
de
sus
videojuegos
sean
libres.
Con
ello
la
empresa
no
está
renunciando
a
sus
derechos.
Al
contrario,
los
está
ejercitando.
Es
bastante
frecuente
que
empresas
tecnológicas
y de
desarrollo
de
videojuegos
liberen
sus
derechos
valiéndose
de
licencias
CC o
GNU
(GPL).
En
estos
casos,
realizar
actuaciones
como
hacer
copias
de
los
videojuegos,
modificarlos
o
subirlos
a
Internet
sería
posible.
Sin
embargo,
la
libertad
no
suele
ser
total,
ya
que
la
mayoría
de
los
desarrolladores
restringen
el
uso
comercial.
Por
tanto,
los
casos
en
que
puede
cubrirse
la
elevada
demanda
de
videojuegos
abandonware
sin
contar
con
la
autorización
expresa
de
los
titulares
son
muy
limitados. |