|
En la ponencia de la
mañana
han
intervenido
Violeta
Ruiz
Almendral,
Letrada
del
Tribunal
Constitucional,
Cesar
García
Novoa,
catedrático
de
la
Universidad
de
Santiago
de
Compostela
y
Javier
Gomez
Taboada,
abogado
y
miembro
de
la
AEDAF.
La ponencia ha girado
en
torno
a la
prescripción
en
el
ámbito
tributario.
A
este
respecto,
la
letrada
Violeta
Ruiz
Almendral,
que
se
ha
centrado
en
la
vertiente
constitucional,
ha
recordado
que
el
legislador
tiene
libertad
para
configurar
el
sistema
de
prescripción,
pero
que
ha
de
estarse
muy
pendiente
de
que
la
prescripción
tributaria
es
bastante
distinta
a la
prescripción
clásica
del
derecho
civil.
Asimismo,
se
ha
mencionado
que
parece
lógico
poner
un
"lazo"
al
poder
sancionador,
y
por
ende,
a
las
potestades
de
investigación,
del
Estado
con
el
objetivo
de
conseguir
un
alto
grado
de
seguridad
jurídica.
En relación con la modificación
prevista
en
el
art.
115
del
Proyecto
de
ley
de
modificación
parcial
de
la
LGT,
que
actualmente
se
encuentra
en
trámite
parlamentario,
se
han
subrayado
los
posibles
problemas
en
el
futuro
que
puede
ocasionar
el
hecho
de
otorgar
facultad
a la
Administración
para
comprobar
y
calificar
hechos
ocurridos
en
ejercicios
prescritos.
Si
se
permite
calificar
hechos
del
pasado
puede
ocasionar
problemas
en
el
futuro,
ya
que,
evidentemente,
ya
no
se
cuenta
con
los
medios
de
defensa
y de
prueba
oportunos.
En este sentido, García
Novoa
ha
subrayado
que
la
prescripción
tiene
su
fundamento
en
la
seguridad
jurídica
y
que
todo
aquello
que
suponga
que
lo
dicho
por
la
administración
tributaria
o lo
aceptado
por
ella
vía
declaraciones
o
autoliquidaciones,
no
es
definitivo,
después
de
un
determinado
plazo,
supone
un
quebranto
de
la
seguridad
jurídica
en
detrimento
de
los
contribuyentes.
García Novoa ha incidido
a
este
respecto
con
las
declaraciones
resúmenes
anuales
del
IVA
que
no
deberían
en
ningún
caso
interrumpir
la
prescripción
al
no
ser
declaraciones
tendentes
a la
liquidación
y
pago
del
impuesto.
Lo
contrario
supone
dar
una
dimensión
anual,
a
efectos
de
la
interrupción
de
la
prescripción,
a un
tributo
cuyo
periodo,
por
definición,
es
mensual
o
trimestral.
A
estos
efectos,
se
recuerda,
que
el
referente
anual
en
el
IVA
ha
sido
declarado
por
el
TEAC
un
vicio
sustancial.
Como
conclusión,
afirma
el
ponente,
que
la
tesis
que
sostiene
que
la
declaración
resumen
anual
del
IVA
interrumpe
la
prescripción
implica
una
alteración
del
cómputo
del
plazo
de
prescripción,
ampliando
el
plazo
que
tiene
la
Administración
para
comprobar,
por
lo
que
sería
conveniente
reconsiderar
dicha
postura.
La ponencia de la
tarde
ha
estado
dedicada
a un
tema
tan
polémico
como
es
el
de
las
costas
procesales
en
la
jurisdicción
contencioso-administrativa,
contando
como
ponentes
con
el
Magistrado
del
Tribunal
Supremo,
Rafael
Fernández
Montalvo;
con
Juan
Martin
Queralt,
catedrático
de
la
Universidad
de
Valencia;
y
con
Rafael
Llorens
Sellés,
abogado
y
miembro
de
la
AEDAF.
Entre
los
problemas
denunciados
destacan
el
de
su
cuantificación
y la
falta
de
publicidad
en
los
criterios
para
ello
y se
cuestiona
si
realmente
se
está
cumpliendo
la
finalidad
pretendida
con
su
introducción,
que
era
acabar
con
la
litigiosidad
excesiva.
Además, se invita a
reflexionar
sobre
quien
soporta
las
costas
procesales
pues,
en
el
ámbito
tributario,
parece
que
siempre
recae
sobre
el
contribuyente,
ya
sea
éste
la
parte
perdedora
como
la
parte
exitosa
en
un
procedimiento
contencioso,
en
tanto
en
cuanto
de
un
modo
u
otro,
acabará
recayendo
en
él
el
efecto
de
la
condena
en
costas,
ya
que
si
es
la
Administración
la
condenada,
en
última
instancia
el
gasto
lo
soporta
el
ciudadano,
a
través
de
sus
impuestos,
que
sirven
para
financiar
(aunque
sea
parcialmente)
a la
Administración. |