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12 de MAYO de 2015

Juan José Brenes, socio director y Vidal Vilches, socio de Brenes Abogados:
“Es urgente una reforma de la actual prisión preventiva que evite los abusos actuales”

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

Los despachos siguen buscando nichos de mercado y oportunidades de negocio. Es el caso del bufete  Brenes Abogados que con la incorporación de los letrados Guillermo Bendicho;  Vidal Vilches y de Carlos Besteiro, funcionario en excedencia de instituciones penitenciarias pone en marcha el área de derecho penitenciario de la firma con una jornada que tendrá lugar el próximo martes día 19 en Madrid, al más alto nivel, sobre la actualidad de esta práctica poco conocida para el abogado de a pie. “Nuestro trabajo empieza cuando la persona acusada de un delito empieza en prisión”, apunta Juan José Brenes. “A partir de ahí realizamos una labor importante tanto técnica como psicológica, en muchos de los casos que sigan nuestros consejos hace que estas personas, privadas de libertad, tengan antes beneficios penitenciarios”.  En opinión de Vidal Vilches, “está claro que ésta es una jurisdicción poco conocida y con menos marketing que cualquier área laboral o penal de un bufete. Aquí defendemos los derechos de las personas encarceladas:”. Ambos juristas ven peligrosa la entrada de la prisión permanente revisable y urgen al legislador a una mejor regulación de la prisión preventiva, hasta ahora sin criterios objetivos de aplicación, lo que hace que esté a la discreción del juez.

Sr. Brenes, Ustedes han decidido poner en marcha un área de derecho penitenciario dentro de su propia firma legal.

Es cierto, con la incorporación de tres grandes profesionales que han llegado al despacho es evidente que tenemos causa más que justificada que emprender en el llamado derecho penitenciario, una práctica no tanto nueva como desconocida para el abogado generalista.

En nuestro país, hay pocos especialistas que conozcan bien la legislación penitenciaria y sepan realmente tratar y motivar a los presos. En el libro de Mario Conde, el propio financiero resalta que cuando entró en prisión advirtió que nadie conoce el derecho penitenciario.

¿Y están bien defendidos los derechos de estos reclusos en la realidad, sabiendo que nuestras cárceles están llenas?

J.J. Brenes: Se hace lo que se puede pero es imposible llegar a todos. No podemos olvidar que estos reclusos se encuentran en una situación débil a todos los niveles, física y psicológicamente.

Vidal Vilches: La defensa de los derechos de estas personas tiene una parte técnica importante que, al mismo tiempo, lleva aparejada otro tratamiento más psicológico. La labor que hace el abogado de acompañamiento a lo largo de la pena es muy importante de cara a su incorporación al mundo exterior.

Hay que dejar claro que nuestro Código Penal es de los más duros de Europa y que el nivel de cumplimiento de las penas es uno de los más elevados del  Viejo Continente, si lo comparamos con Francia, Alemania, Italia, entre otros países

Frente a ello nuestro sistema penitenciario sí es garantista lo que sucede es que faltan medios y hay una población reclusa muy elevada. Nuestro trabajo se basa en que estas personas puedan acortar sus periodos de cumplimiento que en España son duros.

“Nos gustaría que con este tipo de jornadas lográsemos que nuestros abogados conozcan lo que es el derecho penitenciario, su actividad y alcance real”

¿Qué debe hacer un abogado para derivar a esa jurisdicción que es el derecho penitenciario, entonces?

J.J.Brenes: Tienes que conocer el derecho penal pero no hace falta que seas ningún fuera de serie en la materia para introducirte en el derecho penitenciario. Eso sí, conocer a fondo la legislación y normativa penitenciaria para poder moverte en este entorno.

El abogado penitenciario debe lograr marcar las pautas del comportamiento del reo. Al mismo tiempo realiza escritos para defender los derechos de su cliente. Es fundamental que se logre una buena relación entre ambas partes, así podrá acogerse antes a los beneficios que la ley otorga.

V.Vilches: Desde luego, es muy necesario saber qué tipo de normativa y legislación es el contexto de tu cliente, ahora preso.  Es fundamental para poder trabajar de manera intensiva e intentar que tu cliente responda y se deje asesorar durante los años que se encuentra en la cárcel.

Me imagino que con la entrada de la nueva figura, prisión permanente revisable, ha cambiado mucho el concepto de reinserción de las penas que todos teníamos.

V. Vilches: Desde luego, esa es una de las ideas de la puesta en marcha de esta jornada del próximo día 19 en Madrid. Choca frontalmente el concepto de esta figura con el principio de individualización científica de la Ley Orgánica Penitenciaria, la primera de nuestra democracia, 1/1979

En principio no sabemos cómo se va a resolver esta modificación legislativa del Código Penal con arreglo a la ley que marca la legislación penitenciaria. Tendremos que estar pendientes a como se desarrolle la citada reforma penal. Es atentatoria del espíritu del artículo 24 de la Constitución donde se habla de la reinserción de las penas si se habla de cumplir veinticinco años antes de tener cualquier beneficio penitenciario

J.J.Brenes: Con esta figura tan contestada por todos lo que se intenta es combatir cierto tipo de comportamiento delictivo muy extremo que escandalizan a la opinión pública. Lo que habría que hacer a este tipo de delitos es darle la condena que le correspondiese y no meternos en este tipo de experimentos. Nunca se debe de legislar pensando en la opinión pública.

Otro asunto de calado tiene que ver con los extranjeros que están en prisión, algunos de ellos se les repatria a su país.

V. Vilches: Hay que señalar, a la hora de contestar esta cuestión que en los dos últimos años, desde el punto de vista de la Delegación del Gobierno, a muchas personas extranjeras que están de forma irregular en nuestro país, se les progresa a tercer grado para luego expulsarles a sus países de origen.

J.J. Brenes: Esta medida está bastante reglamentada pero de lo que nadie dice nada y es denunciable es la prisión preventiva.

Una prisión preventiva que a veces el juez hace uso exagerado de la misma.

J. J. Brenes. Sin lugar a dudas. Hay un abuso por parte de los jueces porque no hay criterios estables a la hora de su aplicación. Es peligroso que esta medida se deje al arbitrio del juez sin marcar unas pautas mínimas lo que hace que se generen situaciones sangrantes. Algunos asuntos mediáticos hacen que el juez sea más proclive a extender esa prisión que en otros casos. Yo sería partidario que la medida que fuera tomada por un juez la ratificase otro de categoría superior.

V. Vilches: Sigue siendo muy delicado que esta medida quede a criterio del juez y del fiscal de turno cuando estamos hablando de algo tan sagrado como es la libertad del ciudadano. Todos nos acordamos de Luis Bárcenas que se ha tirado dos años en la cárcel sin que esa medida haya valido para nada. Es una lástima que la reforma penal no haya abordado este tema que realmente es capital para muchos ciudadanos.

¿Hay  algún trato de favor a aquellos famosos que ahora están en prisión y que suelen salir algunos en las revistas del corazón?

J. J. Brenes: Ahora mismo, el hecho de ser famoso no beneficia si acabas en la cárcel. Ahora mismo es un elemento perjudicial, sobre todo cuando los medios de comunicación irrumpen con sus campañas mediáticas y comentarios a veces no del todo bien informados.

V. Vilches: Es el caso del expresidente balear Jaume Matas que cumplió su pena integra pese a que en primer lugar le dieron el tercer grado. Fue tanta la presión de los medios informativos que le fue revocado ese beneficio. No ha tenido por esas presiones los beneficios que le pudieran corresponder.

Otra situación importante tiene que ver con los errores judiciales. Rocio Waninkof pasó casi dos años en la cárcel por un crimen que no cometió y así hay varias historias espeluznantes.

J. J. Brenes: Son errores judiciales que luego la compensación que reciben, cuando la reciben no es la más adecuada. Es impagable compensar la pérdida de libertad de un ser humano por algo que no ha cometido.

V.Vilches: Hay que darse cuenta de la precariedad de estas personas, con apenas recursos económicos lo que les hace estar en una situación compleja de cara a que se pueda revisar su caso. Y es que sin recursos no puedes contratar a un buen abogado.

El propio Servicio de Orientación Jurídica Penitenciario tiene medios muy escasos y apenas puede cubrir la demanda que recibe de peticiones de los propios presos. Sus recursos son muy limitados y dar capacidad respuesta a los internos es imposible.

J. J. Brenes: Es fundamental que se conozca el citado servicio y que las propias asociaciones de derechos humanos también luchen por los derechos de estas personas encarceladas en su propio país.  Nuestra labor no se trata de discernir si nuestro cliente es culpable o inocente sino sobre todo centrarnos en la defensa de sus derechos como reo.

Respecto a los beneficios penitenciarios, ¿son los adecuados o se podría hacer algo más?

V. Vilches: Se cumple la ley de forma estricta en este terreno aunque creo que hemos ido para atrás en este campo.  Hay que darse cuenta que el Código Penal de 1995 eliminó la rendición de penas por el trabajo y se ha retrocedido en este terreno.  Pese a ello sí decirle que nuestras cárceles son las mejores de Europa.

J. J. Brenes: Además deja al arbitrio del juez determinadas cuestiones donde entra la subjetividad del juez de vigilancia penitenciaria. Por eso mismo, el margen que tenemos los abogados que nos dedicamos a esto es muy amplio. De todas formas respecto a otras cárceles de otros países aún son mejores las nuestras en este sentido.

Terminamos, volvemos a la jornada del martes 19 en la Escuela de Técnica Jurídica. Una tarde con muchos especialistas.

V. Vilches: Desde luego, creo que el plantel de ponentes es de primera fila.  Podemos destacar a Enrique Sanz es uno de los principales expertos del país en derecho penitenciario quien se centrará en la nueva figura de la prisión permanente revisable y el derecho penitenciario.

Otro ponente a mencionar es Esteban Mestre, discípulo de Carlos García Valdés, quien creó la Ley Orgánica General Penitenciaria del la que hemos hablado, quien se centrará en el tema de la  “Sustitución y Suspensión de penas. Incidencia de la reforma del Código Penal en la población extranjera”.

Por último Gloria Corrochano  Ex. Subdirectora General de Tratamiento de Instituciones Penitenciarias, Psicóloga del cuerpo técnico, centrará su intervención en analizar el llamado “Tratamiento Penitenciario. Internos de Especial Seguimiento".

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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