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Resulta
por
completo
reprobable
pretender
centrar
la
atención
mediática
en
una
supuesta
negativa
judicial,
mediante
filtraciones
interesadas
y
tendenciosas
a la
prensa,
realizadas
por
la
finalidad
evidente
de
eludir
su
propia
responsabilidad
en
este
lamentable
suceso”
es
la
conclusión
a la
que
llegan
asociaciones
como
Foro
Judicial
Independiente,
Asociación
de
Jueces
Francisco
de
Vitoria
o
Jueces
para
la
democracia
molestas
con
la
caza
de
brujas
mediática
que
se
ha
generado
contra
una
jueza
de
Ourense
que
no
tomó
ninguna
medida
para
detener
a un
octogenario
que
luego
presuntamente
asesinó
a su
mujer
estando
ingresada
en
un
hospital.
Para
estas
asociaciones
no
se
puede
poner
en
tela
de
juicio
la
labor
de
la
citada
magistrada.
Es
más
se
subraya
que
en
un
Estado
democrático
como
el
que
vivimos
son
las
propias
Fuerzas
y
Cuerpos
de
Seguridad
quienes
tienen
también
poder
de
detención
de
cualquier
sospechoso.
Queda
por
saber,
a
corto
plazo
cuál
va a
ser
el
pronunciamiento
del
propio
CGPJ
en
este
tema,
si
hará
algún
tipo
de
declaración
o si
incluso
puede
estudiar
desde
el
Promotor
de
Acción
Disciplinaria
alguna
sanción
para
la
citada
magistrada
que
ahora
se
encuentra
en
el
ojo
del
huracán.
A lo
largo
este
fin
de
semana,
numerosos
medios
de
comunicación
se
han
hecho
eco
de
una
información
relativa
al
crimen
de
violencia
de
género
ocurrido
en
el
Hospital
de
Orense
el
pasado
día
8 de
mayo,
según
la
cual
la
Juez
encargada
del
caso
no
habría
accedido
a
detener
a la
persona
que,
finalmente
y
según
esta
misma
información,
cometió
el
crimen.
Desde
diferentes
asociaciones
judiciales
se
ha
puntualizado
en
el
papel
de
la
magistrada
que
ante
la
falta
de
indicios
hizo
lo
que
tuvo
que
hacer,
según
fuentes
jurídicas.
Ambas
asociaciones
muestran
su
sorpresa
por
la
falta
de
actuación
del
CGPJ
“que
en
este
tipo
de
casos
tiene
la
oportunidad
de
explicar
a
los
ciudadanos
algunos
aspectos
de
nuestro
trabajo”,
comentaba
a
Lawyerpress
Joaquín
Bosch,
portavoz
de
Jueces
para
la
Democracia.
|
“Diferentes asociaciones consultadas por Lawyerpress subrayan la extrañeza porque las propias Fuerzas de Seguridad del Estado no detuvieran al presunto agresor, sabedoras que tienen facultad para hacerlo, como así lo realizan en el 90 por cien de los delitos” |
Desde
esta
entidad
la
versión
policial
que
se
da
sobre
este
asunto
es
incomprensible
“sobre
todo
porque
las
propias
Fuerzas
de
Seguridad
pueden
ordenar
esas
detenciones
sin
pedir
esa
autorización
judicial
de
la
que
se
habla
en
la
información”.
También
recuerda
que
cualquier
solicitud
para
que
el
juez
establezca
con
posterioridad
medidas
cautelares
debe
pedirse
por
escrito
al
propio
juez
para
que
decida
lo
antes
posible.
“No
es
habitual
que
la
policía
plantee
ese
tipo
de
peticiones
de
forma
verbal,
no
es
la
práctica
habitual
sino
que
se
hace
de
forma
motivada
con
el
procedimiento
adecuado.
Si
no
se
ha
pedido
es
complicado
que
la
juez
lo
pueda
poner
en
marcha”,
recuerda.
Bosch
recuerda
que
este
tipo
de
medidas
cautelares
solo
las
puede
aplicar
el
juez
si
realmente
hay
indicios
sólidos
de
cometerse
el
delito
“es
impensable
que
sin
ninguna
justificación
un
magistrado
tomara
medidas
que
coartasen
derechos
fundamentales
de
los
ciudadanos”,
aclara.
Y es
que
la
actuación
judicial
se
mueve
en
otros
ámbitos
que
tienen
que
ver
con
la
petición
escrita,
elementos
indiciarios
y
siempre
actuar
dentro
de
los
ámbitos
de
la
ley.
Para
el
portavoz
de
Jueces
para
la
Democracia
tanto
en
este
delito
como
en
otros,
la
policía
podría
haber
actuado
de
forma
anterior
a la
acción
de
juez.
“En
el
90
por
cien
de
los
casos
es
la
propia
policía
quien
actúa
cuando
hay
indicios
de
comisión
de
delitos”,
advierte.
Desde
la
Asociación
Profesional
de
la
Magistratura,
Pablo
Llarena,
su
portavoz
nacional
y
presidente
lamenta
el
sucedo
ocurrido
y
destaca
que
no
se
trata
de
buscar
culpables
a
esta
muerte
sino
de
evitar
que
vuelvan
a
producirse
hechos
similares
“
Por
lo
que
sabemos
no
existían
marcadores
claros
ni
indicios
de
una
participación
del
presunto
asesino
en
la
primera
agresión
a su
esposa.
Y
mientras
no
existan
este
tipo
de
acreditaciones
resulta
legalmente
imposible
actuar
vía
judicial
de
cara
a
restringir
ciertos
derechos”,
aclara.
Desde
la
asociación
mayoritaria
de
jueces
no
se
quiere
entrar
en
si
la
policía
podría
o no
haber
detenido
a
esta
persona
y a
haberse
evitado
esa
muerte
“por
desgracia
la
falta
de
actuación
oficial,
que
no
concreto
en
unos
u
otros,
del
llamado
aparato
de
protección
del
Estado
ante
la
falta
de
indicios
ha
evitado
que
vía
judicial
se
establecieran
medidas
de
restricción
de
sus
derechos,
como
se
hace
en
otras
ocasiones”
subraya.
Respecto
a la
no
entrada
en
liza
del
CGPJ,
Llarena
señala
que
no
es
necesario
que
se
pronuncie
sobre
estos
temas
“no
creo
que
haya
eludido
este
tipo
de
asuntos
en
estos
momentos,
lo
normal
es
no
intervenir
en
los
procesos
judiciales
a no
ser
que
existan
razones
muy
marcadas”.
Asunto
complejo
sin
indicios
claros
de
criminalidad
Para
Marcelino
Sexmero,
portavoz
nacional
de
Asociación
de
Jueces
Francisco
de
Vitoria
el
tea
también
es
delicado
y
hay
que
considerar
varias
cuestiones
“
Sabemos
que
la
agresión
por
la
que
se
encontraba
la
víctima
en
el
Hospital
, se
estaba
investigando
como
un
caso
de
robo
con
violencia
y no
como
un
acto
de
violencia
sobre
la
mujer”,
comenta
y
que
a
tenor
de
las
informaciones
disponibles
“en
ningún
momento
se
solicitó
formalmente
una
medida
de
protección
ni
por
el
Fiscal
ni
por
las
propias
Fuerzas
del
Orden
Publico.”
A
juicio
de
este
magistrado
si
las
Fuerzas
del
Orden
tenían
alguna
sospecha
sobre
la
actuación
precedente
del
marido
y
sobre
la
posible
actuación
de
futuro
de
éste,
podía
haber
adoptado
las
medidas
de
protección
necesarias
en
el
propio
hospital
como
la
vigilancia
de
la
habitación,
incluida
la
detención
del
agresor
si
fuera
necesario
y
que
no
requería
de
autorización
judicial
de
haber
existido
indicios
constatables,
y si
no
se
hizo
es
porque
no
había
indicios
suficientes
para
adoptar
dicha
medida
policial
“
Por
este
motivo
es
difícilmente
exigible
al
juez
de
instrucción
que
adoptara
medidas
restrictivas
de
la
libertad
sin
claros
indicios
expuestos
por
escrito
por
la
Policía
Judicial.
El
juez
de
instrucción
no
puede
solventar
la
ausencia
de
indicios
policiales
a
través
de
un
mero
voluntarismo
judicial
sin
tener
sustento
en
las
investigaciones
reflejadas
en
las
actuaciones
penales
derivadas
del
atestado
inicial”,
subraya.
Desde
Foro
Judicial
Independiente
también
se
ve
con
preocupación
este
caso
donde
da
la
sensación
que
se
busca
un
culpable
del
citado
crimen.
E
indican
en
un
comunicado
que
reproducimos
a
continuación
como
las
Fuerzas
de
Seguridad
del
Estado
tienen
también
la
potestad
de
detener
a
aquellos
ciudadanos
sobre
los
que
exista
algún
indicio
de
posible
delito.
En
ese
citado
comunicado
se
insiste
en
que:
La
potestad
de
las
citadas
Fuerzas
y
Cuerpos
de
Seguridad,
por
las
facultades
que
tienen
atribuidas
y de
acuerdo
con
lay,
detener
a
cualquier
persona
si
hay
indicios
razonables
de
posible
delito
o
crimen,
así
como
adoptar
medidas
de
vigilancia
para
la
protección
de
una
posible
víctima,
y
todo
ello
sin
necesidad
de
pedir
autorización
previa
al
juez.
Esto
es
tan
claro
que
casi
no
necesitaría
explicarse.
Sólo
en
aquellos
casos
en
que
la
Policía
Nacional
o la
Guardia
Civil
entiende
necesario
que
se
adopte
alguna
medida
más
excepcionalmente
limitativa
de
derechos
fundamentales
(por
ejemplo
registro
domiciliario
o
intervención
telefónica)
debe
pedir
previa
autorización
al
Juez,
señala
el
citado
comunicado.
Otro
tema
que
nos
destacan
es
que
tanto
esas
peticiones
como
cualquier
otra
que
un
cuerpo
policial
quiera
dirigir
al
Juez,
deben
hacerse
por
escrito,
como
una
de
las
garantías
procesales
propias
de
un
Estado
de
Derecho.
Un
escrito
además
en
el
que
no
se
reflejen
sólo
"sospechas",
sino
que
las
mismas
deberá
estar
fundadas
en
indicios
suficientemente
relevantes.
Para
Foro
Judicial
Independiente
que
la
guardia
Civil
pidiera
verbalmente
medidas
cautelares
a la
jueza
sobre
la
detención
de
su
éxpareja
no
era
suficiente
porque
esa
forma
de
actuar
es
propia
más
de
regímenes
totalitarios
y
policiales.
No
basta
con
ese
comentario
sino
que
eran
necesario
presentar
indicios
de
un
posible
crimen.
Tampoco
entienden
desde
esta
asociación
judicial,
si
había
indicios
porque
no
procedieron
a
detener
al
presunto
asesino,
cuando
la
ley
les
permite
esa
acción
sin
autorización
judicial.
Desde
esta
entidad
se
condenan
esas
filtraciones
en
las
que
se
quiere
que
aparezca
la
jueza
como
culpable
de
este
crimen,
cuestión
que
rechazan.
Al
mismo
tiempo
ofrecen
apoyo
“a
la
compañera
que
se
ha
visto
absolutamente
señalada
este
fin
de
semana,
con
muy
impactantes
titulares
en
numerosos
medios
de
comunicación,
en
detrimento,
por
desgracia,
del
hecho
realmente
noticiable,
como
es
la
desoladora
realidad
de
una
nueva
mujer
muerta
a
manos
de
su
pareja,
suceso
que,
por
supuesto,
condenamos
y
lamentamos
desde
esta
asociación.”
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