MARKETING

COMUNICACIÓN

INTERNET

FORMACIÓN

RRHH

PUBLISHING & EVENTS

Q-LAWYER

DIRECTORIO

Noticias de Despachos

Operaciones

Vida Colegial Comunidad Legal Sistema Judicial Internacional
Arbitraje Mediación TIC Abogados Jóvenes Entrevistas Colaboraciones/Opinión Reportajes Agenda BLOGS LP emprende

 
 
 
27 de MAYO de 2015

OIT admite queja formulada por el derecho al descanso de Foro Judicial Independiente

LAWYERPRESS

El Consejo de Administración considerable admisible la reclamación presentada por la asociación, nombra un comité tripartito de expertos para su examen e informa de la posibilidad de efectuar alegaciones y proporcionar información complementaria.

De acuerdo con la comunicación que  recibió esta asociación judicial hace unos días hemos sabido que el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, en su 322ª reunión, de octubre-noviembre de 2014, acordó admitir a trámite la reclamación presentada con fecha de 19 de septiembre de 2014, por la asociación profesional de Jueces y Magistrados FORO JUDICIAL INDEPENDIENTE, en virtud del artículo 24 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, alegando el incumplimiento por parte del Gobierno de España del Convenio sobre el descanso semanal (comercio y oficinas), 1957 (106). En concreto, el Consejo de Administración considerable admisible la reclamación presentada por la asociación, nombra un comité tripartito de expertos para su examen e informa de la posibilidad de efectuar alegaciones y proporcionar información complementaria.

El propósito de la reclamación formulada por la asociación FORO JUDICIAL INDEPENDIENTE, es denunciar la vulneración de derechos de los Jueces y Magistrados españoles, relativos al descanso semanal, reconocidos y garantizados por el Convenio nº 106 de la OIT, derivado tanto de la actual regulación del servicio de guardia contenida en el Reglamento del Consejo General del Poder Judicial 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, como de la regulación de las sustituciones entre Jueces y Magistrados, contenida en los artículos 207 a 216 LOPJ, tras la modificación llevada a cabo por LO 8/2012, de 27 de diciembre. Se puede  encontrar un resumen de su reclamación en el propio documento emitido por el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo y que os incluimos como archivo adjunto.

Esta reclamación se enmarca dentro de la línea de actuación seguida por la asociación FORO JUDICIAL INDEPENDIENTE consistente denunciar ante organismos internacionales tanto los graves ataques a la Independencia Judicial sufridos en los últimos años  en nuestro país, como la vulneración de los derechos laborales de los Jueces y Magistrados españoles. En esta línea, además de esta reclamación ante la OIT, en el año 2013 formulamos una Queja ante el Consejo Consultivo del Consejo de Europa, por la falta de independencia judicial en España, así como en 2014 ante la Relatora de la ONU para la Independencia Judicial, en apoyo de la iniciativa impulsada por la Plataforma Cívica para la Independencia Judicial, con cuyo secretario general, Jesús Villegas esta publicación mantuvo una entrevista hace unos días.

Desde la asociación judicial, muy preocupada por defender el estatus de la carrera judicial se muestra satisfacción por esta admisión a trámite ante un organismo internacional del prestigio de la Organización Internacional del Trabajo, en la esperanza de que sea un primer paso en el reconocimiento y garantía de los derechos laborales de los Jueces y Magistrados españoles, tarea en la que siempre podrán contar con el compromiso de nuestra asociación.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
Nosotros  /  Nuestro Equipo  / Contacto 

copyright, 2015 - Strong Element, S.L.  -  Peña Sacra 18  -  E-28260 Galapagar - Madrid  -  Spain - 
Tel.: + 34 91 858 75 55
info@lawyerpress.com  -  www.lawyerpress.com - Aviso legal