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03 de JUNIO de 2015

Alcoholismo y Derecho Laboral

LAWYERPRESS

Por Ana Gómez de Arteche Botas, Psicóloga Forense Nº Col: AA-00953, Mediadora en Asuntos Civiles y Mercantiles

 

Ana Gómez de Arteche Botas Psicóloga Forense Nº Col: AA-00953, Mediadora en Asuntos Civiles y MercantilesEn el mundo del Derecho, nos encontramos con una gran cantidad de problemas que derivan de trastornos ocasionados por el consumo de alcohol y que provocan la necesidad de una resolución legal. Para ello, ya fin de colaborar en la actividad profesional de Jueces y Tribunales, es necesario la realización de informes periciales por parte de los expertos, en los que se valore el estado del paciente y se les acerque a la situación real del sujeto, con el objetivo de dictar una resolución motivada.

Los problemas derivados del consumo de bebidas alcohólicas en el ámbito laboral tienen una importancia muy significativa. Se observa, en estudios realizados en diferentes países, como más de un 70% de los consumidores de alcohol tienen una actividad laboral activa y como la población con índices más altos de consumo es la masculina, con edades comprendidas entre los 25 y 44 años. Así, la población

trabajadora supera la prevalencia del consumo de alcohol en comparación con la población general. Por ejemplo, en España, aproximadamente el 24% de los trabajadores consume una cantidad de alcohol que se considera de riesgo potencial para la salud física.

De acuerdo con los resultados hallados por investigadores a nivel mundial, el consumo de alcohol se relaciona de forma directa con la accidentalidad laboral (en España alrededor del 25%), un mayor absentismo, un incremento en las bajas laborales, la disminución del rendimiento y con una mayor conflictividad (entre el 15-40% de sanciones disciplinarias relacionadas con consumo de alcohol); pudiendo llegar a ocasionar incluso el despido, al no cumplirse el acuerdo contractual estipulado, por no hablar de los altos costes sociales-económicos que implica, llegando a ascender al medio billón de las antiguas pesetas por año.

Señalar que, a parte de la pérdida de derecho a indemnización tras sufrir un accidente laboral en estado de embriaguez, por los TL pasan cada día más casos de “incapacitación laboral” por alcoholismo, alegando que un sujeto derivado de un consumo de alcohol, no cuenta con las aptitudes necesarias para responder de manera adecuada y efectivas a las exigencias de su puesto de trabajo.

Estos cuadros deben ser estudiados por el médico y/psicólogo legal con detalle, a fin de defender una incapacitación laboral permanente o absoluta, sea cual sea el trabajo de un individuo, puesto que ambas dejarán al paciente una pensión diferente, cantidad económica que no sólo repercute a éste, sino a toda su familia. Así, en relación al carácter de la incapacitación, Fuente, Pérez Urdaniz y col. (2001), proponen una valoración multiaxial, siguiendo los criterios del manual diagnóstico DSM-IV*, en la que se deben de cumplir esta serie de requisitos para obtener la invalidez absoluta:

- En el Eje I, se ha de reseñar otra sintomatología psiquiátrica.

- En el Eje II, ha de constar la base genética o trastorno de personalidad (patología orgánica).

- En el Eje IV, se han de contemplar problemas de corte psicosocial consecuencia del abuso de alcohol.

- En el Eje V, nivel previo y actual de funcionamiento familiar, social y laboral.

Entendemos el informe pericial, tal y como lo define Serrat (2003), como un documento de una extensión considerable y estructurado en una serie de apartados, que materializa la respuesta a las cuestiones sobre las que se pregunta al perito. Ha de elaborarse de forma concreta y precisa, procurando la mayor claridad y objetividad posibles, de forma que aporte a los juristas la información requerida con un vocablo comprensible y adaptado a sus necesidades.

Siguiendo a Carraco y Maza (1996), desde una perspectiva material, en un informe pericial relacionado con el consumo de drogas, independiente del ámbito del derecho en que se encuentre, se han de valorar los siguientes aspectos: Confirmar, o no, la existencia de trastornos derivados del consumo de sustancias. Se basará en el diagnóstico clínico que se fundamenta en la entrevista y en la exploración física. Rubio y Rosemberg (2001) proponen una serie de instrumentos para la evaluación de los trastornos por consumo de sustancias, por ejemplo: instrumentos de detección o cribaje, entrevista diagnósticas y/o escalas clínicas o instrumentos para cuidadores.

Es por ello necesaria una valoración del trastorno en cuanto a los efectos psicopatológicos generales y su repercusión jurídica. Tanto en el momento de los hechos como en el momento de la exploración.

El objetivo es el de realizar una aproximación  al estado del sujeto en el momento de los hechos, en base a dos criterios, uno de tipo psicopatológico (determinación de la situación médica del paciente atendiendo a las tres situaciones más comunes: intoxicación aguda, situación de consumo crónico, y de patología inducida por el consumo o situación clínica de síndrome de abstinencia), considerando siempre tanto la naturaleza de los síntomas y signos clínicos, como la gravedad del cuadro clínico y el aspecto cronológico.

El segundo criterio, médico-legal, que consiste en determinar la relación entre el estado psíquico del sujeto y los hechos que se presentan, lo que supone un análisis estructural de las funciones cognitivo-volitivas, así como la valoración de la gravedad de la toxicomanía.

Así como una valoración global de la personalidad y posible existencia de otras patologías asociadas sistemáticas o de tipo psiquiátrico. La coexistencia de un consumo de drogas y una patología psiquiátrica, obliga al profesional forense a afinar mucho más la evaluación, puesto que la complejidad aumenta considerablemente. Así, se muestra necesario realizar un correcto diagnóstico diferencial entre el trastorno inducido y el trastorno primario, y evaluar la influencia del consumo sobre otros trastornos psiquiátricos.

A modo de síntesis, un informe pericial vinculado a un consumo debiera dejar constancia del mayor número de datos posibles y de las fuentes de información de las que ha servido el perito, aumentando con ello el grado de fiabilidad técnica de la prueba pericial.

 

*DSM-IV (Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders), es el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales de la Asociación Psiquiátrica Americana (APA) y contiene  una clasificación de los distintos Trastornos Mentales con sus respectivas descripciones, síntomas y otros criterios para su correcto diagnóstico. Estos criterios diagnósticos proporcionan un lenguaje común entre los distintos profesionales (psiquiatras, psicólogos clínicos e investigadores de las ciencias de la salud).

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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