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El
Tribunal
Supremo
ha
estimado
el
recurso
de
la
Generalitat
de
Cataluña
contra
el
Real
Decreto
535/2013,
de
12
de
julio,
por
el
que
se
establecen
las
bases
reguladoras
para
la
concesión
de
subvenciones
a
entidades
del
Tercer
Sector
colaboradoras
con
la
Secretaría
de
Estado
de
Servicios
Sociales
e
Igualdad,
donde
alega
que
la
Administración
General
del
Estado
no
respeta
la
"competencia
exclusiva
en
materia"
de
asistencia
social. La
Plataforma
del
Tercer
Sector,
codemandada
en
el
recurso,
alega
que
las
entidades
del
Tercer
Sector
son
entidades
colaboradoras
en
la
ejecución
de
políticas
públicas,
a
los
efectos
del
artículo
149
de
la
Constitución
Española,
y
que
el
Real
Decreto
impugnado
se
deriva
de
la
aplicación
del
Real
Decreto
Ley
7/2013,
de
28
de
junio,
de
medidas
urgentes
de
naturaleza
tributaria,
presupuestaria
y de
fomento
de
la
investigación,
el
desarrollo
y la
innovación,
no
impugnado
ante
el
Tribunal
Constitucional.
La
Abogacía
del
Estado
alegó
por
su
parte
que
la
competencia
estatal
ampara
la
creación
de
dichas
entidades
colaboradoras
y el
otorgamiento
de
subvenciones
como
las
previstas
en
el
Real
Decreto.
A
pesar
de
ello,
la
sentencia
difundida
esta
semana
por
la
Sala
III
del
Tribunal
Supremo
declara
nulo
dicho
decreto,
estableciendo
que
la
competencia
exclusiva
en
materia
de
asistencia
social
es
de
las
comunidades
autónomas
que
la
tengan
en
sus
estatutos,
como
es
el
caso
de
Cataluña.
La
decisión
afecta
a
todo
el
territorio
nacional,
ya
que
establece
que
el
Real
Decreto
impugnado
es
contrario
al
ordenamiento
jurídico
y,
en
concreto,
al
reparto
constitucional
de
competencias,
por
encontrarse
la
relativa
a la
"asistencia
social"
atribuida
con
carácter
exclusivo
a
las
Comunidades
Autónomas.
"GRAVÍSIMO
PERJUICIO"
La
Plataforma
del
Tercer
sector
"lamenta
profundamente"
este
fallo,
que
"supondrá
un
gravísimo
perjuicio
para
las
cerca
de
30.000
entidades
que
conforman
el
Tercer
Sector",
según
afirmó
en
un
comunicado
su
presidente,
Luciano
Poyato.
Poyato
se
mostró
"muy
preocupado
por
este
fallo",
contra
el
que
no
cabe
recurso,
que
"condiciona
al
sector
y
requiere
de
una
acción
inmediata"
por
parte
del
mismo,
ya
que
no
hay
que
olvidar
que
"casi
el
90%
de
las
entidades
que
lo
conforman
dependen
directamente
de
estas
subvenciones".
Como
medidas
inmediatas,
la
Plataforma
está
estudiando
los
efectos
inmediatos
de
la
sentencia
sobre
las
subvenciones
convocadas
y
otorgadas
al
amparo
del
Real
Decreto
anulado,
y
prevé
reunirse
con
responsables
de
Gobierno
y
grupos
políticos
para
la
búsqueda
de
una
solución
armonizada
y
coherente
para
un
sector
"que
se
enfrenta
a un
gran
dilema
tras
el
fallo
del
Tribunal
Supremo",
y
que
es
"fundamental
para
la
cohesión
social
y
atención
a
las
personas
en
situación
de
pobreza
y
riesgo
de
exclusión".
Poyato
advirtió
de
que
el
Tercer
Sector
en
España
beneficia
actualmente
a
más
de 6
millones
de
personas,
cuya
asistencia
"puede
quedar
gravemente
comprometida"
si
se
avanza
jurídicamente
en
esta
línea,
que
prima
"la
defensa
de
las
competencias
autonómicas
en
detrimento
del
bien
general".
La
Plataforma
del
Tercer
Sector
en
España
se
constituyó
el
10
de
enero
de
2012
como
una
entidad
sin
ánimo
de
lucro
que
pretende
defender
el
valor
de
lo
social
desde
una
voz
unitaria,
a la
vez
que
intenta
promover
soluciones
en
favor
de
los
colectivos
más
desfavorecidos,
proteger
los
derechos
sociales
e
impulsar
la
igualdad
entre
las
personas.
Fue
fundada
por
siete
de
las
organizaciones
más
representativas
en
el
ámbito
de
lo
social:
Plataforma
del
Voluntariado
de
España
(PVE),
Red
Europea
de
Lucha
contra
la
Pobreza
y la
Exclusión
social
en
el
Estado
Español
(EAPN-ES),
Plataforma
de
ONG
de
Acción
Social
(POAS),
Comité
Español
de
Representantes
de
Personas
con
Discapacidad
(CERMI),
Cruz
Roja
Española,
Cáritas
y la
Organización
Nacional
de
Ciegos
de
España
(ONCE). |