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El
Tribunal
Supremo
ha
puesto
en
el
punto
de
mira
a la
Comisión
Nacional
de
los
Mercados
y la
Competencia
(CNMC).
De
acuerdo
a un
auto
del
3 de
julio
al
que
ha
tenido
acceso
el
diario
El
País,
la
creación
del
regulador
podría
ser
ilegal
al
ser
puesta
en
duda
la
supuesta
independencia
de
los
supervisores. De
esta
forma
el
Supremo
cuestiona
ahora
la
creación
del
organismo
en
sustitución
de
los
anteriores
cuya
responsabilidad
se
basa
en
la
regulación
de
los
sectores
industriales
y de
comercio.
Partiendo
de
esta
base,
el
Tribunal
ha
decidido
solicitar
a la
Justicia
Europea
que
aclare
tres
cuestiones
que
ponen
en
duda
el
ajuste
a la
legalidad
dentro
del
marco
europeo
de
la
medida
puesta
en
marcha
por
el
Gobierno
del PP
en
2013.
La
primera
de
las
cuestiones
que
se
plantean
es
si
la
CNMC
es
compatible
con
el
marco
regulador
común
en
el
que
se
recogen
las
redes
y
servicios
de
comunicación
electrónicos,
así
como
la
“creación
por
el
legislador
nacional
de
un
órgano
de
regulación
y
supervisión
que
responda
a un
modelo
institucional
de
carácter
no
especializado,
que
fusiona
en
un
solo
organismo
los
órganos
de
control
en
el
ámbito
de
la
energía,
las
telecomunicaciones
y la
competencia,
entre
otros,
existentes
hasta
entonces”,
tal
y
cómo
señalan
desde
El
País.
Las
otras
dos
cuestiones
se
enmarcan
dentro
de
las
condiciones
de
independencia
que
presentan
las
autoridades
nacionales
de
regulación
ante
la
pregunta
de
si
deben
ser
análogas
“a
las
requeridas
para
las
autoridades
nacionales
de
control
de
protección
de
datos
personales”,
tal
y
cómo
señalan
en
el
citado
diario.
En
el
momento
de
la
creación
del
organismo,
la
Comisión
Europea
ya
alzó
la
voz
y
criticó
a la
CNMC
señalando
que
afectaría
directamente
a la
independencia
en
sectores
como
la
energía
o
las
telecomunicaciones
electrónicas.
Esta
es
la
misma
línea
que
sigue
el
citado
auto
del
Supremo
señalando
como
“cuestionable”
la
fusión
de
los
anteriores
órganos
en
uno
sólo.
Hay
que
recordar
que
hace
dos
años
un
Consejo
de
Ministros
aprobó
un
Real
Decreto
por
el
que
se
regula
el
Estatuto
Orgánico
de
la
Comisión
Nacional
de
los
Mercados
y la
Competencia
(CNMC).
En
aquel
momento,
la
vicepresidenta
del
Gobierno,
Soraya
Sáenz
de
Santamaría
señalaba
que
este
el
organismo
tiene
por
objeto
“reforzar
la
independencia,
la
profesionalidad,
la
eficiencia
y la
seguridad
jurídica
en
las
decisiones
que
se
toman
en
relación
a
los
denominados
mercados
regulados
o
supervisados
y el
control
de
la
competencia”.
El
Estatuto,
según
Soraya
Sáenz
de
Santamaría,
era
aprobado
e
informado
por
todos
los
organismos
competentes,
así
como
por
el
Consejo
de
Estado,
y
suponía
“el
primer
paso
organizativo
para
que
la
comisión
entre
en
funcionamiento”.
Su
estructura
supone
un
importante
ahorro
de
costes,
ya
que
se
reducen
tanto
el
número
de
consejeros
como
de
cargos
directivos
y
sedes
debido
a la
fusión
de
cinco
organismos
en
la
nueva
CNMC.
La
vicepresidenta
ha
cifrado
este
ahorro
en
entre
20 y
30
millones
de
euros
mediante
“una
estructura
que
permite
responder
con
profesionalidad
y
agilidad
a lo
que
se
exige
a
este
organismo:
el
correcto
funcionamiento,
la
transparencia
y la
existencia
de
competencia
efectiva
en
todos
estos
sectores,
en
protección
última
del
consumidor”.
Además,
Sáenz
de
Santamaría
indicaba
que
el
Ejecutivo
ha
propuesto
al
Congreso
las
personas
que
formarán
parte
de
los
órganos
de
gobierno
de
la
CMNC,
seleccionando
perfiles
de
“máxima
profesionalidad
y
experiencia”.
De
esta
forma,
la
Comisión
Nacional
de
los
Mercados
y la
Competencia,
creada
por
la
Ley
de 4
de
junio
de
2013,
se
configuraba
como
un
organismo
público
adscrito
al
Ministerio
de
Economía
y
Competitividad,
con
personalidad
jurídica
propia
y
plena
independencia
del
Gobierno,
de
las
Administraciones
Públicas
y de
los
agentes
del
mercado.
Se
atribuye
a la
CNMC
la
consideración
de
Autoridad
Nacional
de
Competencia,
Autoridad
Nacional
de
Reglamentación
y
Autoridad
Reguladora
Nacional.
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