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El
pasado
jueves
el
Parlament
de
Catalunya,
en
una
sesión
histórica
ha
aprobado
la
Iniciativa
Legislativa
Popular
contra
los
desahucios
y la
pobreza
energética,
promovida
por
la
Plataforma
de
Afectados
por
la
Hipoteca,
la
Alianza
contra
la
Pobreza
Energética
y el
Observatorio
DESC.
Esta
ILP
se
ha
tramitado
en
un
tiempo
récord
y ha
conseguido
sumar
el
apoyo
de
todos
los
grupos
parlamentarios,
excepto
el
PP
que
se
ha
abstenido
en
algunos
de
los
puntos.
Desde
la
PAH
se
valora
positivamente
la
aprobación
de
esta
iniciativa.
Desde
su
punto
de
vista
“
con
esta
ley
se
aportan
por
fin
los
mecanismos
para
terminar
con
las
deudas
de
por
vida,
los
desahucios
de
hipoteca
y
alquiler,
garantizando
el
realojo
en
régimen
de
alquiler
social
y
los
suministros
básicos
a
todos
los
hogares,
a la
vez
que
se
movilizarán
los
pisos
vacíos
para
que
cumplan
su
función
social.
La
ILP
es
una
ley
de
emergencia
muy
necesaria
y un
punto
de
partida,
un
importante
precedente
a la
vez
hablar
de
derechos
al
servicios
básicos
para
ir
hacia
un
modelo
más
justo
de
acceso
a
vivienda
y
servicios.”
El
aprobación
de
la
ILP
vivienda
tan
sólo
ha
sido
posible
gracias
al
trabajo
incansable
de
muchísimos
afectados,
voluntarias,
activistas,
entidades
y
colectivos
que
han
apoyado.
Las
entidades
promotoras
de
la
ILP
no
queremos
esconder
nuestra
satisfacción
por
este
éxito,
que
culmina
más
de
seis
años
de
lucha
por
el
derecho
a la
vivienda
digna.
No
nos
podemos
olvidar
de
las
compañeras
de
todo
el
estado
que
también
han
sido
responsables
de
llegar
hasta
aquí
hoy.
Esta
ILP
no
tiene
voluntad
sólo
de
quedarse
en
el
Parlament
de
Catalunya,
sino
que
tiene
que
generar
un
efecto
dominó
en
el
resto
de
Parlamentos
Autonómicos
que
tienen
que
dar
respuesta
ante
un
estado
incapaz
y
secuestrado
por
el
poder
bancario
y de
las
suministradoras.
El
23
de
Julio
de
2015
pasará
a la
historia
como
el
día
en
el
que
la
ciudadanía,
harta
de
la
violación
de
derechos
humanos
y de
la
injusticia,
después
de
un
largo
camino
de
denuncia
y
autodefensa
de
los
derechos
fundamentales,
lleva
la
auto-tutela
de
derechos
hasta
la
redacción
de
una
ley
que
los
ampara
y
los
pone
por
ante
los
beneficios
de
pocos.
Uno
de
los
sueños
de
la
PAH
cuando
nació
al
2009,
precisamente
en
Barcelona,
era
cambiar
las
leyes
injustas
y
tener
de
justas
para
proteger
los
derechos
fundamentales.
Desde
este
colectivo
se
insiste
en
que
“Hemos
hecho
realidad
este
anhelo.
Seguimos
adelante,
porqué
se
ha
dado
un
paso
importantísimo
para
conseguir
el
derecho
a la
vivienda
pero
todavía
nos
queda
mucho
para
andar.
Hoy
sido
un
día
histórico
porque
demostramos
como
el
sentido
común
de
la
calle
puede
entrar
a
los
Parlamentos
de
la
mano
de
la
ciudadanía
organizada
para
hacer
leyes
que
transformen
las
realidades
injustas
y
que
defiendan
los
derechos
fundamentales
de
las
personas.”
Intenso
debate
parlamentario
El
debate
de
aprobación
ha
venido
precedido
por
la
intervención
de
dos
de
los
portavoces
de
la
Iniciativa
Legislativa
Popular.
En
una
intervención
emotiva
y
contundente
han
resumido
el
recorrido
de
lucha
que
ha
permitido
llegar
hasta
el
día
de
hoy:
“hemos
conquistado
nuestros
derechos,
hemos
desobedecido
leyes
injustas
y
hoy
estamos
aquí
para
cambiarlas”.
Las
portavoces,
se
han
dirigido
a
los
diputados
exigiendo
que
la
altura
de
miras
del
Parlamento
que
hoy
ha
aprobado
la
ILP
se
mantenga
y
que
haya
un
despliegue
urgente
de
todas
las
medidas
de
la
ILP
y
que
se
los
dote
de
recursos
suficientes
para
que
puedan
ser
efectivas.
La
ILP
aprobada
en
el
Parlamento
es
un
conjunto
de
medidasque
pretenden
dar
respuesta
a la
actual
situación
de
emergencia
habitacional
y
pobreza
energética
que
sufre
Catalunya.
Dada
la
emergencia
de
la
situación
y la
tardanza
en
legislar
para
parar
esta
sangría,
esta
ILP
se
ha
tramitado
con
urgencia
extraordinaria,
es
decir
que,
en
15
días
hemos
sido
capaces
de
hacer
todos
los
trámites
para
que
hoy
la
votación
haya
sido
posible.
Hay
que
destacar
que
todos
los
grupos
parlamentarios
han
mantenido
sus
compromisos
tanto
en
tempos
cómo
en
contenido.
En
los
próximos
días
explicaremos
a
fondo
qué
efectos
tendrá
esta
nueva
herramienta
legal
de
la
que
dispondremos
a
partir
de
ahora
en
Catalunya
para
hacer
frente
a la
emergencia
habitacional
pero
hoy
ya
hay
que
destacar
un
articulado
final
que
respeta
de
forma
íntegra
los
objetivos
y
efectos
que
buscaba
el
redactado
original,
que
ha
sido
concretado,
adaptado
o
incluso
mejorado,
para
poner
por
fin
sobre
la
mesa
las
tan
necesarias
herramientas
de
la
finalmente
bautizada
como
“Ley
de
medidas
urgentes
para
afrontar
la
emergencia
en
el
ámbito
de
la
vivienda
y la
pobreza
energética”.
Además,
el
articulado
aprobado
presenta
una
solidez
jurídica
impecable,
hecho
que
ha
sido
posible
gracias
al
trabajo
jurídico
hecho
desde
el
grupo
promotor
pero
también
gracias
a
las
aportaciones
de
los
servicios
jurídicos
del
Parlamento
y de
las
aportaciones
de
los
grupos
parlamentarios.
La
ley
aprobada
este
por
el
Parlamento
de
Catalunya
no
es
ni
mucho
menos
una
declaración
de
intenciones
legales
sino
una
batería
de
herramientas
útiles
y
efectivas
para
frenar
la
emergencia
habitacional
en
Catalunya:
Medida
1.
Mecanismos
que
otorguen
una
segunda
oportunidad
por
las
personas
sobre-endeudadas
y
deudoras
de
buena
fe.
Mediante
dos
procedimientos
(uno
de
extrajudicial
y
uno
de
judicial)
se
posibilita
que
las
familias
puedan
liquidar
sus
deudas
vinculadas
con
la
vivienda
habitual
para
poder
empezar
de
nuevo.
Medida
2.
Ningún
desahucio
para
las
familias
en
ejecución
hipotecaria,
estableciendo
la
obligación
en
las
entidades
financieras
de
conceder
un
alquiler
social
a
las
familias
en
situación
de
vulnerabilidad
residencial.
Medida
3.
Alquiler
social
para
familias
en
régimen
de
alquiler
en
riesgo
de
desahucio,
con
una
importante
distinción
entre
grandes
y
pequeños
tenedores
de
vivienda.
Cuando
el
propietario
del
inmueble
sea
una
entidad
financiera
o un
gran
tenedor
de
viviendas,
este
tendrá
que
parar
el
desahucio
y
ofrecer
un
alquiler
social
a la
familia.
Tanto
en
casos
de
lanzamientos
hipotecarios
como
en
los
de
alquiler
de
grandes
tenedores,
principalmente
bancos,
fondos
de
inversión
o
grandes
tenedores
que
han
comprado
viviendas
procedentes
de
ejecuciones
hipotecarias
y
desahucios;
el
incumplimiento
de
la
oferta
de
alquiler
social
comportara
una
sanción
económica
grave
(hasta
90.000
euros)
que
se
ha
incluido
en
el
articulado
de
la
ley
1/2007
catalana
del
derecho
a la
vivienda.
Medida
4.
Creación
de
parque
social
de
alquiler. Se
establece
la
posibilidad
de
resolver
la
cesión
temporal
de
los
pisos
vacíos
propiedad
de
entidades
financieras
y
grandes
tenedores
de
vivienda
para
aumentar
el
parque
público
de
alquiler
disponible.
De
este
modo,
se
añade
una
herramienta
importante
más
para
movilizar
el
parque
de
viviendas
vacías
que
con
el
tiempo
permitirá
realojar
todas
aquellas
familias
que
ya
han
sido
desahuciadas
sin
alternativa.
Medida
5.
Acceso
garantizado
a
suministros
básicos
de
agua,
luz
y
gas
con
garantías
para
parar
los
cortes
de
agua,
gas
y
luz
de
la
población
en
situación
de
exclusión
residencial a través de un protocolo
garantista
que
obliga
a la
administración
a
aplicar
las
ayudas
necesarias
para
evitar
el
corte
de
suministro,
en
caso
de
que
el
impago
sea
por
carencia
de
recursos
económicos,
a
asegurar
el
acceso
a
estos
suministros
básicos
mientras
dure
la
situación
de
exclusión
residencial
y a
establecer
acuerdos
con
las
empresas
suministradoras
para
que
pongan
ayudas
a
fondo
perdido
para
hacer
frente. |