MARKETING

COMUNICACIÓN

INTERNET

FORMACIÓN

RRHH

PUBLISHING & EVENTS

Q-LAWYER

DIRECTORIO

Noticias de Despachos

Operaciones

Vida Colegial Comunidad Legal Sistema Judicial Internacional
Arbitraje Mediación TIC Abogados Jóvenes Entrevistas Colaboraciones/Opinión Reportajes Agenda BLOGS LP emprende

 
 
 
30 de JULIO de 2015

Bonatti Penal & Compliance se expande a nivel nacional con un servicio de Legal Compliance a medida de empresas, pymes y microempresas

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

Pondrá a disposición de estas firmas canales éticos, claves en el cumplimiento normativo y aplicaciones con diferentes servicios alojados en la nube, todos personalizados.

Francisco Bonatti

Pymes y microempresas podrán asumir las responsabilidades del Legal Compliance, cumplimiento normativo que viene reflejado en la última Reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio y que produce una modificación importante en la llamada responsabilidad penal de las personas jurídicas. Ahora, según la nueva redacción del articulo 31 bis el contar con un sistema de cumplimiento normativo adecuado podrá aminorar o exonerar de la pena a esa empresa. Un despacho de abogados como Bonatti Penal & Compliance ha puesto en marcha un ambicioso plan de expansión dirigido sobre todo a pymes y microempresas. “Ofrecer a las empresas que tengan su canal ético a través de nuestra web les ayuda a cumplir con la normativa vigente a un razonable coste”, explica Francisco Bonatti, socio director de la firma.  El despacho, a partir de septiembre va a acometer una notable expansión nacional para dar a conocer sus servicios y productos en materia de Legal Compliance. Para ello ya cuenta con delegaciones en Cataluña, Madrid, Valencia, Murcia y Andalucía. En septiembre la firma pondrá en marcha un portal de servicios de Compliance para pymes y microempresas alojado en la nube que será personalizado en función de las necesidades de cada compañía. Bonatti Penal & Compliance también ha sido encargado por el ICAB de Barcelona de preparar diferentes programas formativos para los sus propios abogados colegiados.

“El Canal Ético es una especie de marcador ecológico y una herramienta importante dentro de cualquier sistema de cumplimiento. Puede indicar que este sistema es bueno y saludable”, afirma Bonatti, un abogado penalista estudioso de  la prevención del blanqueo de capitales y del Corporate Compliance. Ahora desde http://canaleticobonatti.com/ se articula este servicio para pymes o microempresas que no pueden asumir ni la obra tecnológica ni el esfuerzo inversor de ese desarrollo. “En este caso nosotros hemos desarrollado una seria de productos y servicios ajustados al tejido empresarial del país y que los puedan asumir en cuanto a sus costes”, indica.

Para este letrado, las empresas han dejado a nivel general para última hora el desarrollo de su modelo de cumplimiento normativo. “El cambio se ha notado en el mes de junio de este año cuando se presagiaba la reforma y las empresas preguntaban a sus asesores legales cuál era el calado de esta reforma penal”. Al mismo tiempo recuerda que la reforma de la Ley de Sociedades de Capital de diciembre del año pasado introducía diferentes herramientas sobre el Buen Gobierno Corporativo. “Es posible que la preocupación por el Legal Compliance tendrá un impulso importante ante las reformas tributarias que se avecinan desde la propia Ley General Tributaria”, aclara.

En septiembre la firma pondrá en marcha un portal de servicios de Compliance para pymes y microempresas alojado en la nube que será personalizado en función de las necesidades de cada compañía

Las empresas se van acomodando a esta práctica de cumplimiento aunque les cuesta entender qué rentabilidad o valor añadido tiene acomodarse a esta legislación de obligado cumplimiento para la mayor parte de las empresas: “El Compliance es una actividad que ha venido para quedarse y también microempresas y pymes tendrán que adaptarse a su dinámica y metodología”, señala Bonatti. Hasta ahora se ha hablado mucho del aspecto sancionador para las empresas si no disponían de este sistema de cumplimiento pero pocos han hablado de su utilidad o valor añadido. “Los empresarios perciben el Compliance como una obligación más a las que tienen a diario y es que creo que les hemos vendido el mensaje del miedo, por encima de cualquier otro”. Sin embargo, en muchas de las charlas o reuniones que este jurista y su equipo de trabajo realizan procuran hablar de la otra cara del Compliance, la de la rentabilidad: “Es un cambio de mentalidad en la gestión de la empresa que bien aplicado a cualquier firma logra su rentabilidad, no solo económica, sino en otras facetas”.

Como elegir el modelo de Compliance

Sobre cómo elegir ese modelo que necesita nuestra empresa, Francisco Bonatti explica que lo primero es que cumpla los estándares de calidad mundialmente aceptados “hablamos de modelos homologables en todo el mundo.  A partir de ahí tiene que adaptarse a las características de esa empresa y a su perfil. Y, por último, debe ser asumible por la empresa, de tal forma que no se detenga la empresa por la puesta en marcha de ese sistema de cumplimiento normativo”; recalca.  Y es que para este experto el Compliance no supone recargar a las empresas sino orientar a estas firmas hacia modelos de integridad. “A nadie se le escapa que asimilar este tipo de modelos puede generar cierto cambio cultural en el seno de las empresas que no todas se adaptan con facilidad”, recuerda.

Y es que hablar de Compliance es hacerlo de integridad y buen gobierno. La propia Estrategia 2020 de la UE señala la necesidad de impulsar ese Buen Gobierno en las empresas y que muchas de ellas cuenten con su Código Ético o de Conducta para gestionarse. “Hablar del Compliance Officer es personalizar las funciones de cumplimiento en una empresa. Es posible que en muchas empresas este profesional no exista nunca. Por tamaño o necesidades esas funciones las asumirá el órgano de administración de esa empresa delegando otra parte de las funciones en otros miembros del staff de la empresa”, subraya nuestro interlocutor, quien coloca a este profesional en el seno de la empresa más que como asesor externo. “Sabe lo que está pasando en la empresa y da soporte de forma interna para que se respeten todos los protocolos relacionados por el cumplimiento normativo.”

En un caso práctico de un posible delito en una empresa Bonatti nos explica que “el modelo de cumplimiento debe reaccionar de forma rápida cuando detecte ese incidente. Habría que ver de qué forma se descubre el problema; desde el Canal Ético, a través de irregularidades detectadas en los reportes internos o por una comunicación directa de la cadena de mando de la empresa. Al mismo tiempo habría que ver en qué momento de la comisión de delito estamos. “Desde su experiencia es fundamental tener un protocolo de actuación que defina la respuesta que vamos a dar en caso de infracción.  “Lo fundamental es que la investigación que se haga se pueda luego presentar a las autoridades pertinentes con las pruebas pertinentes extraídas sin vulnerar ningún derecho de los trabajadores”. Se trata, en definitiva, de afrontar la situación con el menos perjuicio posible. “Si la empresa detecta el delito y tras la investigación lo denuncia está demostrado que ese sistema de cumplimiento funciona y puede ser exonerada tal y como se indica en la normativa actual, ahora reformada”.

Esa ocultación del delito puede obedecer a dos factores, tal y como nos comenta nuestro entrevistado. El primero de ellos a que el daño reputacional sea importante y además la propia responsabilidad civil en la que se pueda incurrir. “Por mucho que te exoneren a nivel penal en un delito que se ha beneficiado la empresa, ésta siempre tendrá una responsabilidad civil que de eso el Compliance no le exonera a uno. Es posible que por ello se genere un dilema ético en la empresa: denunciamos o no denunciamos. Será una reflexión que dicha empresa tenga que asumir, casi siempre en concordancia con su propio Código Ético.” Para este experto mitigar ese daño reputacional pasa por una buena comunicación al exterior de lo que ha sucedido, acompañada de una buena reacción que exonera de responsabilidad penal y una adecuada protección a través de los seguros de responsabilidad civil, es bastante probable que las empresas pretendan comunicar ante los riesgos que conlleva no hacerlo”.

Respecto a la actualización de los sistemas de cumplimiento normativo, nuestro interlocutor también nos da pistas sobre este asunto: “Cada sistema de cumplimiento tiene una cadena de reporte interno con indicadores que nos da pistas si modelo funciona bien o no. Al diseñar el sistema se diseña la cadena de cumplimiento. Al mismo tiempo con la monitorización del sistema y el uso de los canales de comunicación y Ético, además de buscar el delito lo que hace es fomentar la comunicación de los llamados incidentes de cumplimiento, muchos de los cuales no son delictivos pero que permiten ajustar y mejorar el sistema”, subraya.  Al mismo tiempo afirma que el sistema debe revisarse cuando hay incidentes graves, al lanzar nuevos productos y servicios o cuando hay un cambio en la estructura de la empresa.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
Nosotros  /  Nuestro Equipo  / Contacto 

copyright, 2015 - Strong Element, S.L.  -  Peña Sacra 18  -  E-28260 Galapagar - Madrid  -  Spain - 
Tel.: + 34 91 858 75 55555
info@lawyerpress.com  -  www.lawyerpress.com - Aviso legal