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03 de SEPTIEMBRE de 2015

Modus operandi de la estafa piramidal

LAWYERPRESS

Por Elena Pernas Ciudad, Socia fundadora de SOCYAM Abogados, Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Ferrol

 

Elena Pernas Ciudad, Socia fundadora de SOCYAM Abogados, Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de FerrolDesde hace unos años, en especial desde que salieron a la luz pública casos como los de Fórum Filatélico y Afinsa en España o el caso Madoff en Estados Unidos, cada cierto tiempo se viene hablando de las estafas piramidales, ya que parece ser un “negocio” muy lucrativo y con muy poco riesgo para aquellos que lo llevan a cabo, a pesar del enorme perjuicio que generan y de la amplia variedad de delitos que cometen.

Es interesante explicar qué son este tipo de estafas, en qué consisten, en cómo las personas y empresas consiguen llevarlas a cabo, y, especialmente, en cómo es posible que las víctimas, en la era de la información y de los medios de comunicación, caigan en el engaño a pesar de parecer éste evidente.

Estas estafas están directamente vinculadas con la empresa o persona que pretende llevar a cabo el fraude. Y, en algunas ocasiones, la razón del nacimiento de la misma puede ser precisamente llevar a cabo este tipo de engaño. Aunque en otras, simplemente se trata del hecho de que la empresa no da los beneficios esperados, y por no querer admitir el fracaso, termina convirtiéndose en un entramado piramidal.

Su esquema es muy sencillo, siendo su estructura como una pirámide, en donde encontramos en la parte superior al fundador o fundadores de la compañía. En la parte intermedia se situarían los primeros inversores, que serían un porcentaje no muy elevado de personas, y en la parte inferior tendríamos a un gran número de personas, superior al anterior, que han invertido su dinero como consecuencia de las sugerencias y consejos de los inversores de la parte intermedia.

La persona o personas que están en la cúspide de la pirámide son las que urden y montan este timo. Serán las mayores beneficiadas de estas estructuras, y las responsables penal y civilmente  de un importante número de delitos, que abarcan desde el tipo básico, cual es la estafa, pasando por la falsedad documental o el alzamiento de bienes, hasta delitos societarios.

El fundador invita a otras personas a formar parte de este gran negocio que promete proporcionar importantes beneficios, con un riesgo prácticamente nulo, superior a cualquier otro ofrecido en el mercado financiero. Además, hay que tener en cuenta que esa o esas personas que están en la cima de la pirámide, no tienen porqué tener necesariamente conocimientos económicos o financieros, aunque sí darán la apariencia de poseerlos.

Por ello, en este primer momento, nos encontramos a esas personas de la cúspide que reciben las inversiones iniciales, y a una serie de primeros inversores que sí reciben los beneficios prometidos. Y es a partir de aquí cuando empieza a crecer este “negocio” tan lucrativo, ya que estos inversores se lo comentan a otras personas, siendo éstas muy cercanas, como familiares, amigos o socios, para que, a la vista de lo bien que les ha ido a ellos, inviertan también. Este segundo grupo de personas, que si la estafa se prolonga mucho en el tiempo se sumarán a la parte intermedia de la pirámide, pican debido a la facilidad de conseguir importantes sumas de dinero, que, como hemos dicho antes, no se ofrecen en el mercado financiero, y además, con la convicción de que el riesgo es mínimo. Por ello, y sin comprobar si la empresa está regulada o apoyada por alguna institución financiera, a nivel nacional o internacional, invierten sus capitales. De este modo, el negocio va creciendo, sumándose cada vez un mayor número de inversores y de capital.

Al ser la estructura piramidal, los primeros inversores van recuperando el dinero invertido, y, además, obteniendo los beneficios prometidos. Haciéndolo posteriormente los siguientes por orden de entrada, teniendo en cuenta que cuanto más cerca estén de la cúspide, mayores serán sus ganancias.

Solamente aquellas personas que se encuentran en la cúpula saben realmente lo que ocurre: que el dinero no se está invirtiendo en nada, que no existe ningún producto,  sino que el negocio consiste en pagar a los inversores anteriores con el dinero de los posteriores.

Esta pirámide va a experimentar un crecimiento exponencial, ya que cada nuevo inversor va a invitar a más personas a participar, por lo que se creando una gran red, que le supone a cada inversor una mayor rentabilidad. Aunque es importante señalar llegados a este punto, que estos inversores actúan de buena fe, ya que ignoran el entramado piramidal, y han sido unas víctima más de esta estafa.

El sistema se empieza a colapsar cuando no es capaz de captar a nuevos clientes, y, por lo tanto, llega un momento en que hay más inversores antiguos que nuevas inversiones. Los primeros en sospecharlo y darse cuenta, venden su parte y recuperan su dinero, además de los dividendos que ya habían obtenido. Pero el resto se queda sin nada, siendo los más perjudicados los últimos en llegar, que han invertido su dinero pero no han recibido nada de los intereses prometidos y ni siquiera recuperarán su inversión inicial.

Al inicio señalábamos que nuestro país no es ajeno a este tipo de estafas, ya que además de las citadas Forum Filatélica o Afinsa, existieron los casos Sofico y Gescartera, o en los últimos tiempos, un caso que está empezando a cobrar importancia es el de la empresa LibertàGià, de Rui Pires Salvador, del cual se han empezado a hacer eco los principales medios de comunicación, y que podrían estar afectados cientos de personas en España.

Esta empresa ofrecía rentabilidades anuales que podían llegar hasta el 350%, unas ganancias que ninguna entidad ni empresa financiera que operara legalmente podría prometer y ni tan siquiera acercarse lo más mínimo. No contaba con ningún tipo de apoyo financiero o institucional, por lo que actualmente el dinero de esas inversiones se ha esfumado, sin haberse pagado esos beneficios prometidos, y los primeros afectados empiezan a tomar acciones legales.

Ante este tipo de situaciones, la mejor estrategia es asociarse con las demás víctimas de la estafa, para así obtener mejores resultados, ya que nuestro vigente Código Penal, en su artículo 250, contempla un tipo agravado para estos tipos punitivos, llegando la pena de prisión hasta los seis años. Ello sin tener en cuenta que seguramente se hayan cometido otros tipos delictivos, como indicábamos anteriormente.

En cualquier caso, debemos ser cautos cuando una empresa nos ofrezca unos beneficios demasiado elevados con respecto a los demás productos que son ofrecidos en el mercado en ese momento. Y si nos decidimos a invertir nuestro dinero, debemos hacer primero las comprobaciones necesarias para asegurarnos de que esa empresa funciona de manera legal e informarnos de cómo opera, ya que hay algunas características típicas de estas estafas que nos indican que nos encontramos ante una, como, por ejemplo, que exista un período de permanencia obligatoria con penalizaciones excesivas por retirar el capital antes del vencimiento, que existan importantes comisiones para los que captan nuevos clientes o que su sede esté ubicada en un paraíso fiscal. Así que, ante la duda, es mejor no invertir para evitar problemas futuros.

 

 

 

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
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